REGLAMENTO BREVETS DE RANDONNEURS MONDIAUX
De 200, 300, 400, 600 i 1000 km.
Artículo 1
Solamente el Audax Club Parisien tiene la potestad de homologar los Brevets de Randonneur Mondiaux en todo el mundo. Cada brevet realizado a partir del año 1921 ha estado registrado bajo un número de homologación atribuido por orden cronológico de recepción.
Artículo 2
Estos Brevets están abiertos a todo cicloturista con licencia federativa de ciclismo con el seguro correspondiente. Se acepta la participación de menores si presentan una autorización paterna, librando de responsabilidad al Audax Club Parisien, Randonneurs Catalunya y a la Penya Cicloturista Cambrils, así como un certificado médico de aptitud física de menos de 6 meses, en el que quede plasmado la aptitud del menor para realizar el brevet Se admite todo tipo de máquina (bicicletas) movidas solamente por la fuerza muscular. Los participantes deben ir equipados con el casco protector reglamentario.
Artículo 3
Para participar en un brevet, el excursionista debe rellenar un boletín de inscripción y satisfacer un derecho de participación fijado por el club organizador.
Artículo 4
Cada participante debe estar asegurado en responsabilidad civil, las licencias de la Federación de Ciclismo incluye este seguro obligatorio. Al recoger la documentación del participante se debe presentar la licencia con la información sobre el seguro de responsabilidad civil. El responsable del club organizador no debe aceptar ninguna inscripción de cualquier participante sin licencia.
Artículo 5
Cada participante es considerado como un excursionista personal, y debe respetar el código de circulación y todas las señalizaciones oficiales. Audax Club Parisien, Randonneurs Catalunya como asociación referencia, Penya Cicloturista Cambrils como organizador, así como el representante ACP y cualquier representante de la Penya Cicloturista Cambrils NO pueden en ningún caso ser tomados como responsables de los accidentes que pudieran sobrevenir a lo largo de un brevet
.Artículo 6
Durante la circulación de noche, las máquinas deben estar provistas de un alumbrado delantero y trasero fijado sólidamente y que pueda ponerse en marcha en cualquier momento. Se debe prever doble juego de luces. Las luces situadas en el casco o en otros lugares que no sean la bicicleta se consideran luces accesorias. Se prohíbe el alumbrado trasero intermitente. Los organizadores rehusaran la salida a los participantes que su alumbrado no esté conforme a lo indicado. Cada participante debe conectar su alumbrado al anochecer, así como en todo momento donde la visibilidad no sea suficiente (lluvia, niebla, túneles, ....), tanto si se circula en solitario como en grupo, cada uno debe conectar sus luces de alumbrado. Se recomienda los vestidos claros y los brazaletes reflectores para la circulación de noche y es obligatorio llevar puesto un chaleco o una casulla reflectante. Toda infracción a estas medidas, constatadas en un control, comportará la no homologación del brevet.
Artículo 7
Cada excursionista debe proporcionarse el mismo todo lo que necesite para la realización de su brevet. No se autoriza sobre el recorrido del brevet, a excepción del lugar de los controles, ningún servicio organizado de entrenadores, preparadores y otros servicios con coche seguidor, a exepcion de los sitios indicados en la salida como lugar de control. Los participantes que incumplan este artículo, serán excluidos i no se les homologara el brevet. En el momento de la salida, los organizadores pueden agrupar a los participantes hasta la salida de la ciudad, en este caso nadie puede adelantar al vehículo que abre la ruta, a partir de este momento los grupos son libres y nadie puede obligar a circular en grupo dado que la velocidad es libre, los participantes tienen el derecho absoluto de salirse de este grupo en todo momento. Ningún excursionista se podrá erigir como director de un grupo. Los signos distintivos (brazaletes, maillots, etc...) así como los títulos “capitán de ruta” no son autorizados. La cantidad de individuos que formen un grupo ha de estar conforme a la legislación vigente. Cada participante ha de vestir y comportarse de forma correcta.
Artículo 8
A la salida, cada participante recibirá un carnet de ruta y un itinerario, en el que figurarán un cierto número de lugares de control, donde el participante tendrá la obligación de hacerse controlar el mencionado carnet de ruta. Los organizadores pueden igualmente prever uno o varios controles secretos; por esta razón los participante está llamado a respetar el itinerario propuesto.
Artículo 9
En caso de no encontrar un control asistido por el club organizador, el excursionista tendrá la posibilidad de:
1. Sellar el carnet de ruta en cualquier comercio, estación de servicio, etc., en el que se pueda leer el nombre de la localidad de este control.
2.Control fotográfico. En la foto debe ver-se la bicicleta y el cartel de la localidad. En la casilla del carnet de ruta debe poner la palabra “FOTO”, el dia y hora de paso.
3. Facilitar un ticket bancario donde salga el nombre y apellidos del participante.
En el carnet de ruta, dentro de cada casilla de control, el participante debe indicar la hora de paso, así como el día para los brevets de más de 24 horas.
La falta de un solo sello, una hora de paso no indicada o la pérdida del carnet de ruta (aunque sea en los últimos tramos) comportará la NO homologación del brevet. Cada participante debe hacerse controlar personalmente su carnet de ruta.
Artículo 10
Los tiempos empleados para efectuar cada brevet están en función de la distancia: 13h30 para los 200 km, 20h para 300 km, 27h para 400km, 40h para 600 km y 75h para1000 km. El paso dentro de cada control se efectuará entre una hora de apertura y una de cierre mencionadas sobre la carta de ruta, calculadas sobre unas velocidades medias extremas de 15 y 30 km/h para los controles situados entre 1 y 600 km, entre 601 y 1000 km los margenes de control sera de 11,4 y 30 km/h. Si un excursionista llegase retrasado en un punto de control, el organizador le permitirá continuar si este retraso es debido a un acontecimiento imprevisto e independiente de la voluntad del excursionista, como una parada para ayudar un accidentado o una carretera cortada. Un problema mecánico, la fatiga, la falta de forma física, las “pájaras” etc. no son razones válidas para excusar un retraso.
Fuera de los casos precedentes, el excursionista debe respetar este abanico horario intermedio, no hacerlo significa la NO homologación del brevet, igualmente si este se pretende efectuar dentro del tiempo límite.
Artículo 11
Todo fraude comportará la exclusión del participante en todas las organizaciones del Audax Club Parisien.
Artículo 12
A la llegada cada participante tendrá que firmar su carnet de ruta y entregarlo a los organizadores. Se devolverá después de la homologación. En ningún caso se facilitará ningún duplicado ni por pérdida de este documento. Estos brevets Randonneur no son competiciones, no se establecerá pues clasificación por tiempos. El participante podrá adquirir una medalla especial cuando el brevet esté homologado, para lo cual se tendrá que hacer el pedido y liquidar su importe en el momento de entregar el carnet de ruta a la llegada.
Artículo 13
Las medallas que constatan la realización de un brevet imitan los colores olímpicos; bronce (200 Km.), plata (300 Km.), oro mate (400 Km.), oro brillante (600 Km.) y platino (1000 Km.). El modelo cambia el año después de la PBP. El precio de las medallas será indicado por los organizadores. Súper Randonneur: distinción reconocida a los excursionistas que hayan completado, dentro del mismo año, la serie de brevets 200, 300, 400 y 600 Km, consiste en una medalla indicando esta distinción. El excursionista que la pida a su club organizador de brevets, indicando los números de homologación de sus brevets y haciendo efectivo el importe de esta medalla.
Artículo 14
Un participante no puede efectuar otra prueba kilométrica sobre todo o parte del recorrido de un Brevet de Randonneur Mondiaux.
Artículo 15
Todos los montajes y actividades alrededor de los BRM dentro de una zona geográfica, tales como juegos, listados, records, “challenges” (campeonatos), etc, tanto sea para los excursionistas tomados individualmente como para los clubes, son exclusivamente de la competencia del representante ACP y de su asociación de referencia.
Artículo 16
Los brevets (BRM) y los organizadores solo podrán figurar, dentro del calendario ACP, en su zona geográfica de origen, cualquiera que sea el lugar de salida efectiva o la residencia de los miembros afiliados al club organizador.
Artículo 17
El echo de participar en un brevet (BRM), os excursionistas aceptan la publicación de su identidad y del tiempo empleado dentro de los resultados publicados por los interventores. En ningún caso su identidad podrá ser utilizada con fines comerciales o ser tramitados a un tercero para este fin.
Artículo 18
El hecho de inscribirse y tomar la salida de un brevet implica por la parte interesada la aceptación sin reserva del presente reglamento. Toda queja o reclamación, cualquiera que sea el motivo, se formulará por escrito y se enviará, dentro de las 48 horas siguientes a la prueba, a los organizadores, los cuales la examinarán y la tramitarán con sus opiniones al responsable ACP del pais para examinarlo antes de decidir.
Artículo 19
En caso de apelación del interesado, la carpeta se enviará al Comité Director del ACP. El Comité Director del ACP regulará, sin posibilidad de réplica, los casos y los litigios que este reglamento pudieran haber omitido.