Los ciudadanos de la Unión Europea (UE) no necesitan de una visa para ingresar a Francia.
En virtud de los Acuerdos de Exención de Visas de Turismo vigentes con Francia, los ciudadanos argentinos, brasileros, chilenos, colombianos, mexicanos, peruanos y venezolanos, titulares de pasaportes comunes no requieren visa para ingresar a Francia por motivos de turismo, para estadías no superiores a los 90 días (dentro de un plazo de 180 días corridos).
A solicitud a la policía de fronteras cuando llegues a Francia, deberán presentarse los documentos justificativos siguientes:
Un pasaporte vigente, expedido desde hace menos de 10 años y válido al menos tres meses después de la fecha de salida prevista;
Un justificante de alojamiento que cubra la totalidad de la estancia (reserva de hotel y/o certificado de acogida en casa de una persona próxima validado en el ayuntamiento, prueba de domicilio en Francia- comprobante de luz, agua, etc);
Recursos económicos suficientes. La valoración de los medios de subsistencia se hace en función de la duración y del objeto de la estancia y por referencia a los precios medios en materia de alojamiento y alimentación en función de los Estados miembros;
Tu billete de regreso o los medios económicos para adquirirlo en la fecha de regreso prevista;
Cualquier documento que aporte precisiones sobre la profesión o sobre la calidad del viajero, así como sobre los establecimientos u organismos situados en territorio francés que le esperan, si te encuentras en viaje profesional.
Debes disponer de un certificado de un seguro que cubra todos los gastos médicos, hospitalarios y de defunción que puedan originarse durante toda la estancia en Francia, incluidos los gastos de repatriación por motivos médicos.
¿En que casos está dispensado de presentar justificantes en la frontera?
Si eres titular de un título de estancia válido en Francia o de un documento de circulación para extranjeros menores (DCEM) o de un título de identidad republicano (TIR);
Eres cónyuge de un ciudadano francés ;
Eres titular de un visado de larga duración que incluye la mención «carte de séjour à solliciter à l’arrivée en France»;
Eres portador de un documento que acredita una de las funciones siguientes:
-Miembro de misiones diplomáticas y de puestos consulares que asume sus funciones en Francia;
-Miembro de las asambleas parlamentarias;
-Funcionario, oficial o agente de los servicios públicos extranjeros, con una orden de misión de tu gobierno;
-Funcionario de una organización intergubernamental de la que es miembro Francia, con una orden de misión de dicha organización;
-Miembro de la tripulación de buques y aeronaves que realizan desplazamientos de servicio.
Los ciudadanos de la Unión Europea (UE) pueden permanecer más de 90 días sin visado en Francia.
Para cualquier estancia en Francia con una duración superior a los 90 días, deberás obtener previamente un visado de larga duración, si no estas exento por tu nacionalidad.
Independientemente de la duración de la estancia prevista, el visado de larga duración tiene una duración limitada, comprendida entre 3 meses y un año. Deberás solicitar un título de estancia en la prefectura para proseguir tu estancia una vez finalizado el período de vigencia del visado.
Durante su período de vigencia, el visado de larga duración es equivalente a un visado Schengen que te permite circular y permanecer en el espacio Schengen (comprende 26 países Europeos), fuera de Francia, durante períodos máximos de 90 días en cualquier período de 180 días, en las mismas condiciones que si fueras titular de un visado Schengen.
Verifica antes si por tu nacionalidad o por tu situación de estancia en Francia estas exento de solicitar un visado (auxiliar de visado) e infórmate sobre las condiciones de expedición de un visado que te permitirá:
Permanecer de manera duradera como turista o a título privado;
Ejercer una actividad profesional;
Realizar estudios;
Reunirte con tu familia.