Artículo 3. Fines.
Son fines de la Fundación:
La preservación, estudio, catalogación y difusión del patrimonio intelectual, científico y académico vinculado al conjunto de la obra de carácter cultural, científico y académico asociado a su fundador.
El fomento de la investigación en estudios sobre literatura, humanidades, ciencias sociales, teoría literaria y disciplinas afines.
La promoción del conocimiento científico mediante actividades abiertas de divulgación, formación y debate académico.
La cooperación con universidades, centros de investigación y entidades culturales nacionales e internacionales.
El desarrollo de actividades de difusión del conocimiento en beneficio de la comunidad científica y la sociedad en general.
En ningún caso los fines podrán interpretarse como orientados al beneficio particular de los patronos o personas físicas determinadas.
Artículo 4. Actividades.
Para la consecución de los fines mencionados en el artículo anterior, la Fundación realizará las siguientes actividades:
Organización de congresos, seminarios, jornadas y cursos de carácter científico, académico o cultural.
Desarrollo de proyectos de investigación en los ámbitos relacionados con sus fines fundacionales.
Edición, publicación y difusión de obras científicas, académicas y culturales en cualquier soporte.
Gestión, conservación y catalogación de archivos, fondos documentales y recursos bibliográficos.
Celebración de convenios de colaboración con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales.
Difusión del conocimiento mediante plataformas digitales y otros medios de comunicación.
Gestión de derechos de propiedad intelectual conforme a la normativa vigente.
Todo ello en el marco de la normativa aplicable y para el cumplimiento de los fines fundacionales.
1. Los fines fundacionales de la Fundación se dirigen, con carácter genérico, a la comunidad científica, académica y el público en general:
2. El Patronato, a la hora de determinar los beneficiarios de la actividad de la Fundación, actuará con criterios de imparcialidad y no discriminación basándose en criterios de objetividad, mérito, capacidad e interés científico.