I. ¿Qué es la constitución? y ¿cómo está constituida?
I.1,0
¿cuáles son las preguntas y distinciones, que debo tener claras como ciudadano, para exigirle a mis constituyentistas que construyan la constitución que más posibilidades abran para el Chile que quiero?
I.2,0
El sueño que tenemos para Chile no basta para escribir nuestra constitución:
La constitución debe entregar las herramientas para construir el Chile que queremos.
I.3,0
¿Por qué cambian las constituciones?
La razón de por qué las constituciones cambian —o deben cambiar— puede ser explicada en una sola frase: todos los países poseen una constitución sociológica (una cierta estructura social, valores compartidos), y cuando esta es modificada, la constitución jurídica (es decir, el conjunto de normas que organizan al poder y señalan sus límites) también debe cambiar. Con algo de exageración puede decirse que la constitución no guía a las sociedades, sino que las sigue. ( Carl Schmitt, Teoría de la constitución. Madrid: Alianza Editorial, p. 46). Así, la pregunta de por qué debe cambiar la constitución tiene una respuesta sencilla (pero a la vez compleja): lo que ocurre es que la sociedad que la sostenía ha cambiado. Si la constitución fuera una simple herramienta neutral, un medio para alcanzar los más diversos fines colectivos, la sociedad podría cambiar y ella mantenerse incólume, pero no es el caso.
Peña, Carlos. Abogado, rector de la Universidad Diego Portales. El desafío constitucional (p. 78). Penguin Random House Grupo Editorial Chile.
https://www.youtube.com/watch?v=1IK15zGKSYY
I.3,1
¿Por qué cambian las constituciones?
Cuando la estructura íntima de la sociedad, el poder colectivo que la sostiene (lo que llamaríamos la constitución en sentido sociológico) se modifica, entonces la constitución escrita inevitablemente debe modificarse.
Peña, Carlos. Abogado, rector de la Universidad Diego Portales. El desafío constitucional (p. 11). Penguin Random House Grupo Editorial Chile.
I.4,0
Algo de historia sobre la constitución:
El nuevo orden establecido en la Constitución de 1980 rompió drástica y definitivamente con el proyecto liberal de nación. La voluntad popular no podía ser el único mecanismo que determine el curso del país. Sobre el deseo que circunstancialmente manifiestase el electorado, existía una serie de valores referidos a la esencia del alma nacional que la Carta del ochenta garantiza sobre los deseos de los electores.
Como señaló Jaime Guzmán, el criterio que la Constitución de 1980 estableció, perseguía: “que el sufragio universal de un día no pueda ignorar impunemente el legado obligatorio que una nación impone,...”. De esta manera, la Constitución dejó de tener una neutralidad valorativa, que se adapta a la voluntad mayoritaria del electorado, para optar por un tipo de orden económico, por una idea de propiedad, por una idea de familia.
Sobre el proyecto liberal de nación que identifica a nuestra tradición constitucional, la Constitución de 1980 establece un criterio conservador.
Este cambio axiológico es el salto más drástico que se haya dado en nuestra historia constitucional, desde que Chile alcanzó la vida independiente.
FRANCISCO SOTO BARRIENTOS, Universidad de Chile
I.4,1
Algo de historia sobre la constitución:
En el año 1974 se cambió drásticamente de posición, el criterio dominante, al interior de la Comisión Ortúzar, propone desvincular el término nación con el de pueblo. Las constituciones chilenas si bien recogieron tradicionalmente el principio de la soberanía nacional, siempre entendieron que la nación era sinónimo de pueblo elector. El concepto de la soberanía, nacional tradicionalmente igualado al pueblo elector por todas las constituciones desde la independencia de Chile, es desechado en forma abrupta por el constituyente en la constitución de 1980.
FRANCISCO SOTO BARRIENTOS, Universidad de Chile
I.4,2
Algo de historia sobre la constitución:
La tendencia mundial, desde una perspectiva comparada, es cada vez más liberal: se inclinan a la búsqueda de mecanismos que permitan profundizar el principio de la soberanía popular y a garantizar un sistema crecientemente pluralista y tolerante. Desde esta perspectiva, la Constitución de 1980 es un alejamiento de la evolución constitucional occidental; se trata de un fenómeno anacrónico que no tendría más fundamento que la fuerza de algo impuesto.
FRANCISCO SOTO BARRIENTOS, Abogado, Magíster y Doctor en Derecho, Académico del Programa de Doctorado, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile

I.4,3
Algo de historia sobre la constitución:
Se supone que las constituciones proporcionan una estructura duradera para la política. Sin embargo, solo la mitad de las constituciones vive más de diecinueve años. ¿Por qué algunas constituciones perduran y otras no?
Explora en qué fecha los países han construido nuevas constituciones y las sus enmiendas: https://comparativeconstitutionsproject.org/chronology/
The Comparative Constitutions Project
I.4,4
¿sabías que ...?
La constitución de Chile tiene 25,821 palabras, 46 derechos sociales.
Explora el ranking de Chile en materia de: Poder ejecutivo, Poder Legislativo, Independencia judicial: https://comparativeconstitutionsproject.org/ccp-rankings/#1
The Comparative Constitutions Project
I.5,0
La cuestión constitucional es, también, una cuestión de índole práctica:
intenta responder la pregunta de cómo debemos organizar la vida en común.
Peña, Carlos. Abogado, rector de la Universidad Diego Portales. El desafío constitucional (pp. 4-5). Penguin Random House Grupo Editorial Chile.
https://www.youtube.com/watch?v=1IK15zGKSYY
I.5,1
Cuando se observa el diseño constitucional hay dos dimensiones de las que se ocupa, notoriamente.
I.6,0
¿Qué es la constitución?Módulo 1 - ¿Por qué nos afecta la constitución? - UAbierta "La Constitución en debate"
En un sentido amplio toda sociedad que establezca de manera permanente reglas básicas de conductas para un territorio determinado, tiene una constitución. No obstante, en la actualidad las normas de conducta básicas tienden a ponerse por escrito en un texto que contiene principios y normas que regulan la organización del Estado, su funcionamiento y los derechos que se les reconoce a sus ciudadanos.
La Constitución en Debate: un texto pensado para profesores, estudiantes y organizaciones sociales” (2019) Material del curso “La Constitución en Debate”, impartido en UAbierta el 2020, Universidad de Chile: Módulo 1 - ¿Por qué nos afecta la constitución? (https://www.youtube.com/watch?v=_0yxKK7bhd4&feature=youtu.be).
I.6,1
¿Qué es la constitución?Módulo 1 - ¿Por qué nos afecta la constitución? - UAbierta "La Constitución en debate"
Otra característica de las constituciones modernas es que buscan establecer un vínculo indisoluble entre el Estado, sus instituciones y su pueblo. En épocas anteriores los reyes basaban su legitimidad en la voluntad de dios, la que le había sido transferida, sin necesidad de preocuparse por la opinión de sus súbditos. Hoy el pueblo elige sus autoridades y ellas deben actuar en el marco de la ley, que se elabora por y para el beneficio colectivo de los ciudadanos. Con esto se busca que las personas se identifiquen con sus representantes y con las instituciones que ejercen las funciones básicas de todo Estado, tales como los Municipios, gobiernos regionales y Congreso.
La Constitución en Debate: un texto pensado para profesores, estudiantes y organizaciones sociales” (2019) Material del curso “La Constitución en Debate”, impartido en UAbierta el 2020, Universidad de Chile: Módulo 1 - ¿Por qué nos afecta la constitución? (https://www.youtube.com/watch?v=_0yxKK7bhd4&feature=youtu.be)
I.6,2
¿Qué es la constitución?Módulo 1 - ¿Por qué nos afecta la constitución? - UAbierta "La Constitución en debate"
Estas normas básica permiten a las personas contar con mínimas certezas de su posición, con respecto a los demás. Es decir, los niveles de coordinación y respeto básicos entre los miembros de una sociedad. Normas que no sólo les permiten interactuar entre ellas como privados; sino que, también, reconocerse como parte de la sociedad, determinar sus derechos y la forma en que actúa y organiza el Estado.
La Constitución en Debate: un texto pensado para profesores, estudiantes y organizaciones sociales” (2019) Material del curso “La Constitución en Debate”, impartido en UAbierta el 2020, Universidad de Chile: Módulo 1 - ¿Por qué nos afecta la constitución? (https://www.youtube.com/watch?v=_0yxKK7bhd4&feature=youtu.be)
I.6,3
¿Qué es la constitución?Módulo 1 - ¿Por qué nos afecta la constitución? - UAbierta "La Constitución en debate"
La Constitución es, en definitiva, la norma jurídica de mayor jerarquía de un Estado que regula la organización y funcionamiento de los poderes públicos, limitando el poder político y garantizando derechos y libertades a las personas. Como dijimos, la Constitución es la norma fundamental del Estado. Sin ella, los poderes públicos y los derechos de las personas serían confusos, no se podrían exigir ciertos derechos o realizar ciertas actuaciones.
La Constitución en Debate: un texto pensado para profesores, estudiantes y organizaciones sociales” (2019) Material del curso “La Constitución en Debate”, impartido en UAbierta el 2020, Universidad de Chile: Módulo 1 - ¿Por qué nos afecta la constitución? (https://www.youtube.com/watch?v=_0yxKK7bhd4&feature=youtu.be)
I.6,4
¿Qué es la constitución?Módulo 1 - ¿Por qué nos afecta la constitución? - UAbierta "La Constitución en debate"
Una Constitución es necesaria para declarar los principios básicos de organización de un Estado, para señalar los derechos y garantías que se consideran esenciales para toda persona, para indicar las normativas mínimas de la organización del Gobierno y demás instituciones públicas, entre otros.
La Constitución en Debate: un texto pensado para profesores, estudiantes y organizaciones sociales” (2019) Material del curso “La Constitución en Debate”, impartido en UAbierta el 2020, Universidad de Chile: Módulo 1 - ¿Por qué nos afecta la constitución? (https://www.youtube.com/watch?v=_0yxKK7bhd4&feature=youtu.be)
I.7,0
¿Qué es la constitución?
El Estado no es la sociedad por lo que la constitución no es un contrato social es simplemente una arquitectura del poder del Estado disperso en una serie de instituciones a lo largo del territorio.
Pablo Ortúzar, antropólogo social e investigador del Instituto de Estudios de la Sociedad.
I.7,1
¿Qué es la constitución?
La constitución nos permite definir las reglas para organizar el poder: cómo resolveremos nuestros conflictos.
I.7,2
¿Qué es la constitución?
¿Cuáles son las diferencias entre una regla, una ley y una constitución?
Una regla es una pauta que le indica qué está permitido y qué no en una situación. Por ejemplo, tenemos reglas escolares.
Una ley es una regla hecha y aplicada por el gobierno de una ciudad, estado, país, etc.
Una constitución es un documento escrito que incorpora los principios y leyes básicas de una nación, estado o grupo social que determina los poderes y deberes del gobierno y garantiza ciertos derechos a las personas bajo su jurisdicción. También establece cómo se hacen las leyes ordinarias.
The Comparative Constitutions Project
https://comparativeconstitutionsproject.org/wp-content/uploads/Constitute-Teaching-Guide.pdf?6c8912
I.7,3
¿Qué es la constitución?
Temas tratados en las constitución: 462 tópicos al a analizar todas las constituciones del mundo.
The Comparative Constitutions Project
Cultura e Identidad: Grupos Indígenas, Idioma, Nacionalidad, Raza y Etnicidad,Religión. Derechos y Deberes: Deberes Ciudadanos, Deberes Generales, Derechos Civiles y Políticos, Derechos Económicos, Derechos Procesales, Derechos Sociales, Derechos a la Integridad Física, Derechos de Igualdad, Género y Minoría, ,Ejecución Ejecutivo: Estructura del Ejecutivo, Fuerzas Armadas, Gabinete, Independencia y Facultades del Ejecutivo, Jefe de Estado, Jefe de Gobierno. Elecciones: Normas y Procedimientos Electorales, Partidos Políticos, Referendos e Iniciativa Sufragio y Participación Electoral, Supervisión Electoral. Enmienda: Disposiciones constitucionales no sujetas a reforma, Procedimiento de reforma constitucional. Federalismo: Estructura del Estado, Facultad Legislativa, Secesión y Anexión. Judicial: Autonomía y Facultades del Judicial, Corte Suprema, Estructura del Poder Judicial, Revisión Judicial, Tribunal, Constitucional, Tribunal Electoral, Tribunales administrativos, Tribunales ordinarios. Legislativo: Destitución y Sustitución, Estructura de las cámaras legislativas, Independencia y Facultades del Legislativo.Legislación: Legislación Especial, Primera Cámara, Reglas y Restricciones Legislativas, Segunda Cámara. Normas Internacionales: Política Exterior, Referencias Explícitas al Derecho Internacional, Tratados. Principios y Símbolos: Definición del Estado y Símbolos, Principios Básicos. Regulación y Supervisión: Elecciones, Medios de comunicación, Órganos Autónomos y Comisiones, Secciones Especiales. Disposiciones transitorias. Preámbulo
https://www.constituteproject.org/search?lang=es&key=amend&status=in_force&status=is_draft
I.7,3
¿Qué es la constitución?
Explora las constituciones del mundo (traducidas): Cada año se escriben nuevas constituciones. Las personas que redactan estos importantes documentos necesitan leer y analizar textos de otros lugares. Constitute ofrece acceso a las constituciones del mundo para que los usuarios puedan comparar de una manera sistemática a través de una amplia gama de temas - usando una interfaz clara y amistosa.
I.8,0
Constitución y democracia: ¿la regla de la mayoría o los principios independientes de la democracia?
Si usted piensa que la democracia se justifica por la regla de la mayoría porque esa (como sugiere Jeremy Waldron) es la mejor forma de zanjar los desacuerdos inherentes a la democracia, entonces no hay nada que en principio límite a la mayoría, nada que la anteceda. La mayoría sería el fundamento del orden político, y su valor provendría de la mayor agregación de voluntades que logró en su favor. Si, en cambio, usted cree que el valor de la democracia proviene de principios independientes que la democracia realiza, entonces la mayoría no tendría la última palabra.
Esa discrepancia refleja en realidad los dos puntos de vista que son predominantes, y a veces encontrados, en la experiencia moderna: por un lado está aquel estrictamente democrático para el cual la comunidad política —la voluntad común— tiene la primera y última palabra (su representante más egregio sería Rousseau) y, por otro lado, se encuentra el punto de vista liberal para el cual hay derechos anteriores a la comunidad política que esta debe proteger (su representante más conspicuo y clásico sería Locke).
Peña, Carlos. Abogado, rector de la Universidad Diego Portales.El desafío constitucional (p. 21). Penguin Random House Grupo Editorial Chile. https://books.google.cl/books?id=AEX_DwAAQBAJ&pg=PT65&dq=Pe%C3%B1a,+Carlos.+El+desaf%C3%ADo+constitucional+(p.+21).+Penguin+Random+House+Grupo+Editorial+Chile.&hl=es-419&sa=X&ved=2ahUKEwjD2NHH2NfsAhV-JLkGHX0TC7sQ6AEwAHoECAYQAg#v=onepage&q=Pe%C3%B1a%2C%20Carlos.%20El%20desaf%C3%ADo%20constitucional%20(p.%2021).%20Penguin%20Random%20House%20Grupo%20Editorial%20Chile.&f=false
I.9,0
Artículo 1 de la constitución de 1980 dice que “las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”
En la actual Constitución, el Capítulo I comprende 9 artículos que establecen principios básicos, como la libertad e igualdad con que nacen las personas, el régimen político y el rol y la administración del Estado, entre otras.
¿Debería, la nueva constitución, explicitar que el Estado debe garantizar la provisión de prestaciones sociales para mantener dicha dignidad y derechos no sólo al momento de nacer, sino también a lo largo de la vida de cada persona?
I.9,1
En la Constitución de 1980, el Capítulo IV comprende artículos sobre la forma de organizar el Estado:
Un régimen presidencialista que considera tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Las atribuciones del presidente están el artículo 32 de la actual de la constitución. El presidente tiene poder e injerencia en diferentes áreas concernientes al país y tiene, de hecho, 20 atribuciones que son exclusivas de su cargo.
¿qué significa que el régimen sea presidencialista?
Chile tiene una “tradición” de ser presidencialista, sin embargo, eso se ha ido atenuando en el tiempo. En ese contexto, insta a que “lo que hay que hacer es mejorar la comunicación entre los poderes del Estado”.
Constanza Hube, profesora de Derecho Constitucional de la Universidad Católica,,
I.10,0
¿Por qué necesitamos una nueva constitución?
La carta fundamental del 1980 perjudicó al sistema político porque instituyó una democracia tutelada y obstruye las demandas ciudadanas hacia la esfera de la toma de decisiones políticas.
https://www.youtube.com/watch?v=jBoDFyACR24
Claudia Heiss, del Instituto de Asuntos Públicos de la U. de Chile. Libro ¿Por qué necesitamos una nueva Constitución?