II. Motivos para redactar la constitución


II.1,0

Una pregunta al escribir la constitución: ¿qué forma de Estado social es posible y se adecúa mejor a nuestra realidad económica y política?.

La mayoría pide un Estado capaz de asegurar prestaciones básicas no sólo a los más pobres. Tal anhelo surge de tener una clase media mayoritaria demasiado pobre para el mercado y demasiado rica para el Estado. Desde Evelyn Matthei hasta Gabriel Boric, todos quieren algo así como un Estado social.

Pablo Ortúzar, antropólogo social e investigador del Instituto de Estudios de la Sociedad. ¿El tipo de Estado debe estar en la constitución? o ¿solo debe estar el mecanismos para tomar la decisión? https://www.ieschile.cl/2020/09/hacia-un-estado-social/


II.1,1


Una pregunta para escribir la constitución: ¿qué forma de Estado social debe establecerse en la constituciòn?

Para la derecha lo ideal es un Estado social subsidiario. Para la izquierda lo ideal es un Estado social de bienestar.

Pablo Ortúzar, antropólogo social e investigador del Instituto de Estudios de la Sociedad. ¿El tipo de Estado debe estar en la constitución? o ¿solo debe estar el mecanismos para tomar la decisión? https://www.ieschile.cl/2020/09/hacia-un-estado-social/


II.2,0


Diferencias entre Estado de bienestar y subsidiario:

El Estado de bienestar reclama exclusivamente para sí ciertas prestaciones. El Estado subsidiario, en cambio, incentiva y respeta la participación de la sociedad civil y del mercado en el esfuerzo por lograr la cobertura necesaria.

Pablo Ortúzar, antropólogo social e investigador del Instituto de Estudios de la Sociedad. ¿El tipo de Estado debe estar en la constitución? o ¿solo debe estar el mecanismos para tomar la decisión? https://www.ieschile.cl/2020/09/hacia-un-estado-social/


II.2,1


Diferencias entre Estado de bienestar y subsidiario:

La preferencia por el Estado subsidiario apunta al valor de las organizaciones intermedias en la realización humana. Se considera que el Estado está al servicio de la sociedad concreta y no de individuos abstractos, y que el impulso homogeneizador termina por destruir las organizaciones que le dan sentido y propósito a la vida de las personas.

Pablo Ortúzar, antropólogo social e investigador del Instituto de Estudios de la Sociedad. ¿El tipo de Estado debe estar en la constitución? o ¿solo debe estar el mecanismos para tomar la decisión?

https://www.ieschile.cl/2020/09/hacia-un-estado-social/


II.2,2


Diferencias entre Estado de bienestar y subsidiario:

Ambos extremos pueden ser indiferentes a las desigualdades. El extremo de un Estado subsidiario puede ser indiferente a las desigualdades que exigen legítimamente más igualada ya que las procesa como diferencia legítimas y naturales del mundo. El extremo de Estado de bienestar es indiferente a las desigualdades que son de utilidad para la sociedad ya que las procesa como privilegio. Acordar, y plasmar en la constitución, una forma básica y compartida de Estado social implica, entonces, un gran esfuerzo intelectual y político.

Pablo Ortúzar, antropólogo social e investigador del Instituto de Estudios de la Sociedad. ¿El tipo de Estado debe estar en la constitución? o ¿solo debe estar el mecanismos para tomar la decisión?

https://www.ieschile.cl/2020/09/hacia-un-estado-social/


II.3,0


¿Debería, la nueva constitución, explicitar que el Estado debe garantizar la provisión de prestaciones sociales para cumplir con el Artículo 1 de la constitución de 1980?

El artículo 1, de la constitución de 1980, que dice que “las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

En este modelo constitucional de Estado subsidiario nunca vamos a conseguir que el Estado cumpla con tal artículo.

Eric Palma Doctor en Derecho, historiador del Derecho y especialista en Historia Constitucional

https://www.cnnchile.com/plebiscito2020/derechos-y-deberes-capitulo-1-bases-de-la-institucionalidad_20201003/


II.3,1


¿Debería, la nueva constitución, explicitar que el Estado debe garantizar la provisión de prestaciones sociales para cumplir con el Artículo 1 de la constitución de 1980?

Tienen razón los críticos del actual Capítulo I de la Constitución de 1980 respecto de que ... buscó plasmar una cierta filosofía constitucional basada en la subsidiariedad en el ámbito económico y social, una visión de familia tradicional, y un modelo político basado en una democracia protegida, autoritaria y de pluralismo político limitado, comprometida con la seguridad nacional y el combate al terrorismo.

Horizontal. EVOLUCIÓN CONSTITUCIONAL Bases conceptuales y propuestas para pensar la nueva Constitución Octubre 2020 pp.34

https://www.horizontalchile.cl/wp-content/uploads/2020/10/ECV3.pdf


ECV3.pdf