Las empresas según su forma jurídica.
Resumen de características de cada forma jurídica:
Empresario individual (autónomo):
No tiene personalidad jurídica propia (no se inscribe en el Registro Mercantil). No hay que pagar la inscripción de la escritura en el notario y los trámites de constitución son muy sencillos.
Tributa a través del IRPF (mínimo exento y máximo 47%) en lugar del Impuesto de Sociedades (25 %).
La responsabilidad es ilimitada (responde con su patrimonio presente y futuro ante los resultados de su actividad empresarial)
No tiene capital social mínimo.
Sociedad Limitada:
Tiene personalidad jurídica propia (hay que inscribirla en el Registro Mercantil). Por tanto hay que pagar la inscripción de la escritura en el notario y los trámites de constitución son largos y complicados.
Tributa a través del Impuesto de Sociedades.
La responsabilidad social es limitada (solo pueden perder el capital social que cada socio ha aportado)
El capital social mínimo es de 1 € (antes 3.000 €).
El capital está dividido en Participaciones (no acciones), que no son libremente transmisibles, o sea que hace falta el consentimiento de los demás socios para venderlas. Esto es así porque los socios no quieren perder el control sobra la sociedad.
Sociedad Anónima:
Tiene personalidad jurídica propia (hay que inscribirla en el Registro Mercantil). Por tanto hay que pagar la inscripción de la escritura en el notario y los trámites de constitución son largos y complicados.
Tributa a través del Impuesto de Sociedades.
La responsabilidad social es limitada (solo pueden perder el capital social que cada socio ha aportado)
El capital social mínimo es de 60.000 €.
El capital está dividido en Acciones, que son libremente transmisibles (NO hace falta permiso del resto de los socios).
Os incluyo a continuación un cuadro que refleja el nº de empresas según su forma jurídica en España. Observamos el alto nº de autónomos, no sólo frente a otras sociedades apenas utilizadas, sino frente a las SL