Normas y condiciones de la Peña

NORMAS Y CONDICIONES DE CUALQUIER PEÑA DE LOTOMAGIC

TITULAR Y DEPOSITARIO:

Admón de Loterías nº 1 - www.lotomagic.es

Titular: Daniel Gamisans Garrigó CIF/NIF: 39872540-Q

Dirección: Calle Mayor, 47 - Sant Joan de Vilatorrada(Barcelona). España

Teléfono: 938726511 - Correo electrónico: info@lotomagic.es

1.EL FONDO QUINIELÍSTICO PEÑA CLANDESTINA 1X2:

La Peña es un producto exclusivo de Lotería Sant Joan, está estructurado mediante un fondo de capital que se nutre con las aportaciones de sus participantes para apostar en el juego de “La Quiniela”, ofrecido por Loterías y Apuestas del Estado, y que es compartido con el resto de partícipes, así como sus posibles premios, en la proporción que participan y sujeto a las reglas y condiciones previstas en la CGU de la WEB “Lotomagic”, las reglas propias del juego de “La Quiniela” y por las normas y condiciones aquí previstas.

Antes del inicio de la temporada Quinielística 2022/2023 se constituirá dicho fondo en forma de participaciones, cada una de ellas otorga el derecho a participar durante unas determinadas jornadas de la quiniela (entre 15 y 20), mayoritariamente aquellas jornadas dónde de 1ª y 2ª división de la liga española. El gestor y titular de la administración se reserva el derecho a ampliar

El capital obtenido en premios será también depositado en la cuenta abierta en dicha entidad bancaria hasta el momento de la liquidación de las participaciones que se efectuará al del ciclo. Lotomagic informará con detalle los premios en el apartado privado de la peña en la web.

Toda la gestión del fondo quinielístico será llevada a cabo por Daniel Gamisans Garrigó, con DNI 39351429Q, más adelante, el Gestor:

2.LA PARTICIPACIÓN:

Para participar en la peña es obligatorio estar registrado como usuario en www.lotomagic.es , además se deberá acreditar el usuario mediante copia del DNI y certificado de titularidad de la cuenta bancaria depositada en entidad financiera con sede abierta en el Estado Español, donde el participante quiera cobrar (en el caso que así sea) el importe obtenido en premios que le corresponda al finalizar lel ciclo y aceptar de manera previa y expresamente las Condiciones Generales de Usuario de la WEB Lotomagic y las presentes normas de funcionamiento de la Peña Clandestina 1X2.

Sólo mayores de 18 años y con plena capacidad de obrar.

El hecho de participar en esta peña implica que el participante entiende y acepta todas las normas expuestas en este documento.

3.PARTICIPACIONES Y PRONÓSTICOS:

3.1 El pronóstico es llevado a cabo a partir de un sistema matemático en el cual el pronosticador/gestor realizará los pertinentes reajustes y toma de decisiones para adaptarlo a cada jornada.

3.2 El precio de cada participación es de 999,00€ y cada participante puede adquirir, siempre que estén disponibles, el número de participaciones que quiera.

3.3 La duración de cada participación es para un ciclo que correspondera entre 10 y 20 jornadas según el criterio del gestor.

3.4 El capital del fondo se repartirá para apostar dichas jornadas, y el ciclo finalizará con previo aviso del gestor, no obstante, el pronosticador se reserva el derecho de:

A) Distribuir el capital del fondo de la forma y número de jornadas que crea más conveniente. Pudiendo variar el importe a jugar para cada jornada.

B) Jugar solo en las jornadas que crea conveniente.

C) Dar por finalizado el ciclo en el momento que estime oportuno, aunque no se hubiera acabado de apostar todo el capital del fondo, en cuyo caso se procedería a la devolución del importe no apostado a su participante en su parte proporcional.

3.5 Al finalizar el 1er ciclo, no se reinvertirán los beneficios obtenidos de los premios de cada jornada.

Todo el importe que se obtenga en premios se guardará en la cuenta bancaria del fondo para el reparto a la finalización del ciclo.

El participante no podrá solicitar reintegros con la temporada en curso, solo podrá hacerlo cuando el 1er ciclo haya concluido, previamente el gestor va a comunicar en que jornada finalizará.

3.6 La combinación de cada jornada es sellada mediante soporte electrónico en el despacho receptor nº 13880 correspondiente a la administración de loterías propietaria de esta web y punto de venta oficial LAE.

Los resguardos de las apuestas quedarán en depósito en las cajas de seguridad del Despacho o Administración de Loterías del Titular de La Web. Las apuestas realizadas por el gestor participan en el juego de “la Quiniela” según sus normas y repartos oficiales.

El gestor declina cualquier responsabilidad sobre errores humanos o fallos electrónicos que pudieran surgir en el sellado de jugadas.

3.7 El gestor se reserva el derecho a publicar la jugada de cada jornada incluso hasta cinco minutos antes del inicio del primer partido de la jornada.

3.8 El gestor tendrá la obligación de hacer pública la jugada de cada jornada y proporcionar como mínimo un medio de descarga de las columnas jugadas al participante.

3.9. Los medios de comunicación seran el el espacio reservado a la peña en la web https://www.lotomagic.es/jugar-penas o bien a traves del grupo Whatsapp privado.

4.PREMIOS Y COMISIONES

Loterías Llotomagic declina cualquier responsabilidad y no asume ningún gasto, comisión o tasa que pudiera gravar el depósito o gestión del fondo, como pudieran ser las devengadas por las entidades bancarias, las cuales, de producirse, serán asumidas por los partícipes en proporción a su participación.

4.1 Loterías Lotomagic no cobrará ninguna comisión o precio por gastos de gestión o administración, bien del fondo, o bien de las apuestas gestionadas.

4.2 En caso de haber gastos de notario para apoderamiento en el cobro de premios mayores, y comisiones bancarias para la transferencia de los premios, el gestor se reserva el derecho a descontar del fondo dichos importes del fondo, previa comunicación a todos los miembros de la peña.

5.TRIBUTACIÓN:

De acuerdo con la normativa vigente a los premios obtenidos en la quiniela se le aplica un gravamen especial:

A) A partir del 1 de Enero de 2020 el gravamen es del 20% del excedente de 40.000€.

Antes del cobro de los premios, LAE se encarga de aplicar esta retención, por tanto, los premios que puede cobrar esta peña ya son netos.

Una vez el participante recibe el importe correspondiente a su participación este ya está exento de cualquier gravamen adicional por el IRPF por lo que, en principio, y salvo mejor y superior criterio de la AEAT, no deberían consignarse en la declaración de la renta como ingresos imputables en el ejercicio.

Loterías Lotomagic no se hace cargo de cualquier responsabilidad fiscal o tributaria adicional en la que el participante pudiera incurrir, por lo que cada partícipe es libre de actuar al respecto y conforme al criterio técnico-fiscal que posea o recabe de terceros profesionales.

El Titular no se responsabiliza de ninguna relación, gestión u operación, que pudiera realizarse particularmente entre el Usuario y otros participantes fuera del marco establecido en esta peña.

6.GESTIÓN DE COBROS:

El participante acepta y autoriza y apodera, expresamente, a D.Daniel Gamisans Garrigó con DNI 39351429-Q, para que pueda representarlo, con mandato expreso para ello, así como que queda autorizado para hacer uso de sus datos personales facilitados, tanto de forma particular como en forma de cesión a terceros (entendiéndose como terceros a SELAE o cualquier entidad bancaria pagadora de premios) y para cualquier gestión de cobro y pago de los premios que puedan producirse.

7.ESPECIAL COVID-19

El pronosticador tiene previsto como máximo finalizar la temporada el 31/07/2023 alargando al máximo el número de jornadas para apostar, no obstante, puede darse la circunstancia de no poder apostar íntegramente todo el capital del fondo por razones ajenas al pronosticador o de fuerza mayor, en cuyo caso, tal como se especifica en diferentes apartados de estas normas, se procederá a la devolución del importe no consumido o no apostado a cada partícipe en la proporción en la que interviene en el fondo.

8. PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES.

Al objeto de cumplir con lo dispuesto en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo y en el Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba su reglamento, por parte del administrador de loterías, gestor de cobros o empresa gestora del fondo quinielístico podrá solicitar al PARTÍCIPE, y éste se obliga a facilitar, información y documentación adicional que sirva para complementar la identificación y el conocimiento del partícipe, así como para acreditar la procedencia de los fondos empleados en las apuestas.

En particular, se le traslada que la señalada obligación de información incluirá, como mínimo, la acreditación por el PARTICIPE de los siguientes extremos: (I) Origen de los fondos que vayan a destinarse al pago de la/las participación/es que se jueguen; (ii) Licitud del origen de los fondos y del patrimonio; (ii) Propósito de la relación de negocio; y (iv) Titularidad real del Cliente.

En todo caso, se podrá requerir cualquier otra información o documentación que resulte adecuada para verificar la lógica económica de la operación y su congruencia con la información disponible del PARTICIPE, lo que, comprenderá, asimismo, la actualización de la información y documentación que se hubiera podido entregar con carácter previo a la firma del contrato.

El incumplimiento de este compromiso por parte del PARTICIPE facultará al GESTOR a no admitirle como socio de la peña.

9. PROTECCIÓN DE DATOS.

Los datos que aparecen reflejados en el presente contrato, están sujetos a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1.999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

A estos efectos, los comparecientes quedan informados y autorizan al GESTOR DEL FONDO, A LA

ADMINISTRACION DE LOTERIAS “LOTOMAGIC” DE TITULARIDAD DE D. DANIEL GAMISANS GARRIGÓ o AL GESTOR al tratamiento informatizado de los datos de carácter personal, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición sobre los mismos mediante escrito al responsable del tratamiento de sus datos dirigido a:

Daniel Gamisans Garrigó, Calle Mayor, 47 13880 Sant Joan de Vilatorrada (Barcelona)

El GESTOR informa al PARTICIPE que a los efectos de que la entidad bancaria depositaria del fondo y los posibles premios, conozca la identidad de los partícipes y su cuota de participación en el fondo y pueda gestionar y verificar la operativa derivada del mismo, en su condición de entidad depositaria, el

PARTICIPE autoriza a ceder sus datos a la entidad “Caixabank" a través de la oportuna cláusula de cesión de datos.

10. TENGA EN CUENTA:

Por favor, tenga en cuenta que “la Quiniela”, como juego de azar o de apuestas, puede ser tenido como una inversión donde pueden obtenerse altas rentabilidades, no obstante, el riesgo al que expone su capital también es muy alto, pudiendo dar lugar a su total pérdida, en cuyo caso, ni el titular de la web ni el gestor se responsabilizan de cualquier perjuicio económico o pérdida económica que el partícipe pueda sufrir por su participación en este fondo o peña quinielística.

Tenga también en cuenta que rentabilidades pasadas no aseguran rentabilidades futuras, por muy buen sistema de juego que se tenga.

11.- JURISDICCION Y FUERO.

Para todas las cuestiones que pudieran surgir derivadas de la interpretación y aplicación de estas normas y contrato, las partes con renuncia del fuero propio que pudiera corresponderles, se someten desde este momento a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Manresa (Barcelona) y se regirán conforme al derecho español.

12. OTRAS PEÑAS EN LA WEB DE LOTOMAGIC

Lo expuesto en estas normas y condiciones de La Peña Clandestina 1X2, son validas para cualquier otra peña que pudiera adquirir en la web de Lotomagic, aun siendo de diferentes juegos comerzializados por loterías y apuestas del estado, como Euromillones, Primitiva o el Gordo de la Primitiva.