Es un pecado contra el primer mandamiento de la ley de Dios, que consiste en profanar o tratar indignamente los sacramentos y las otras acciones litúrgicas, así como las personas, las cosas, y los lugares consagrados o dedicados a Dios, o bendecidos.
Para que haya sacrilegio penalmente imputable ha de haber dolo o intención de irreverencia o desprecio; es decir, la malicia específica de querer profanar a una persona, cosa o lugar.
Véase:
CIC c. 1382 § 2
Bibliografía:
Carvajal, J., & Álvarez, S. (2018). Sacrilegio. Lexicon-Canonicum. https://www.lexicon-canonicum.org