Una de las vías, junto con el procedimiento administrativo, por las que puede imponerse una pena en derecho canónico. Es el acto jurídico realizado por el tribunal o algunas de las partes en el ámbito de un proceso, con la intención de causar efectos jurídicos en el mismo.
La finalidad de estos actos es iniciar alguna de las relaciones jurídico-procesales (demanda), desarrollarlas (actos de instrucción) o extinguirlas (sentencia, renuncia, etc.). Es el modo de tramitar el proceso, que se extinguen al concluir el mismo.
En el procedimiento judicial se deben cumplir los requisitos formales que la ley establezca para cada caso.
Véase:
CIC c. 1341
Bibliografía:
Carvajal, J., & Álvarez, S. (2018). Acto procesal. Lexicon-Canonicum. https://www.lexicon-canonicum.org