Fuero sacramental o extrasacramental no público.
Es el ámbito de los actos que de por sí pasan ocultos. Se habla en derecho de potestad de fuero interno cuando la potestad de régimen se ejerce de manera reservada, sin la normal publicidad. El fuero interno y el fuero externo son dos formas diferentes de ejercer la misma potestad jurídica, con o sin publicidad, dependiendo de las necesidades concretas de los fieles.
Véase:
CIC c. Can. 1357 - §1.
Bibliografía:
Real Academia Española (2020). Fuero interno. Diccionario Panhispánico del Español Jurídico.
Carvajal, J., & Álvarez, S. (2018). Fuero interno. Lexicon-Canonicum. https://www.lexicon-canonicum.org