Manera pública en que se ejerce ordinariamente la potestad de régimen en la Iglesia.
Se habla en derecho de potestad de fuero externo cuando la potestad de régimen produce sus efectos públicamente, con actos jurídicos que se pueden probar (por ejemplo: un nombramiento, la declaración de una pena, una prohibición pública).
Véase:
CIC c. 130, 1319 §1, 1340, 1361 §2.
Bibliografía:
Real Academia Española (2020). Fuero externo. Diccionario Panhispánico del Español Jurídico.
Carvajal, J., & Álvarez, S. (2018). Fuero externo. Lexicon-Canonicum. https://www.lexicon-canonicum.org