Acción u omisión de una persona que induce a otra u otras a cometer actos contrarios a la ley de Dios o de la Iglesia. El escándalo en el derecho penal canónico es un elemento cualificante en la imposición de determinadas penas. Las penas previstas en relación con las conductas delictivas que han producido escándalo son ferendae sententiae.
Véase: CIC cc. 1311 § 2, 1324 § 3, 1335, 1341, 1343, 1344 n. 1, 1399