Corresponde al Poder Judicial de la Federación, en los términos de la ley respectiva, dirimir las controversias que, por razón de competencia, se susciten entre los Tribunales de la Federación, entre éstos y los de los Estados o del Distrito Federal, entre los de un Estado y los de otro, o entre los de un Estado y los del Distrito Federal.
Texto original
Estableció la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para dirimir conflictos competenciales entre los Tribunales de la Federación, entre estos y los de los Estados o entre los de un Estado y otro.
07-02.1986. Se estableció que esta competencia es del Poder Judicial de la Federación de acuerdo a lo que la ley determine.
31-12-1994. Se incluye los conflictos de competencia entre los tribunales federales y los del Distrito Federal y entre los de un Estado y el Distrito Federal.
29-01-2016. Se reemplazan los términos Estados y Distrito Federal por el de Entidades Federativas.
CONFLICTOS COMPETENCIALES ENTRE JUECES DE DISTRITO. ES INEXISTENTE CUANDO SE HACE DERIVAR DEL TURNO DE LOS ASUNTOS. Tesis PC.XXIX.J/2 K. Gaceta del Seminario Judicial de la Federación. 2009294. Libro 19, junio de 2015, Tomo II. Pág. 1213.
CONFLICTOS COMPETENCIALES ENTRE TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO, ES INEXISTENTE CUANDO DERIVA DE LA APLICACIÓN DE NORMAS GENERALES QUE REGULEN EL TURNO DE ASUNTOS. Tesis. 2ª /J. 115/2011. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. 161671. Novena Época. Tomo XXXIV, Julio de 2011. Pág. 394.
CONFLICTO DE COMPETENCIA. ENTRE JUZGADO DE DISTRITO Y UNO PENAL DEL FUERO COMÚN. CUANDO LA MATERIA VERSA SOBRE PROCESO PENAL CORRESPONDE DIRIMIRLO AL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO QUE TIENE JURISDICCIÓN EN LA RESIDENCIA DEL ÓRGANO QUE PREVINO EN EL CONOCIMIENTO DEL ASUNTO. Tesis PC.II.P.J/2 P. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. 2012249. Plenos de Circuito. Publicación viernes 12 de agosto de 2016.
CONFLICTO COMPETENCIAL ENTRE TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. REQUISITOS PARA SU EXISTENCIA. Tesis 1ª. CXII/2015. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. 2008711. Libro 16. Marzo de 2015. Tomo II. Pág. 1093.
COMPETENCIA PARA CONOCER DE UN CONFLICTO COMPETENCIAL ENTRE JUECES DE DISTRITO DE DISTINTA JURISDICCIÓN, DERIVADO DE UN PROCEDIMIENTO PENAL FEDERAL. SE SURTE A FAVOR DEL TRIBUNAL UNITARIO DE CIRCUITO QUE EJERZA JURISDICCIÓN SOBRE EL ÓRGANO QUE PREVINO. Tesis. 1ª /J. 60/2014 (10ª). Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. 2007855. Décima Época. Libro 12, Noviembre de 2014, Tomo I. Pág. 700.
CONFLICTO COMPETENCIAL. CORRESPONDE DIRIMIRLO A LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CUANDO SE SUSCITA ENTRE UNA DE SUS SALAS REGIONALES Y UNA JUNTA DE CONCILIACIÓN. Tesis. XVI. 1º T. 24L (10ª). Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Décima Época. 2011036. . Libro 27, Febrero de 2016, Tomo III. Pág. 2044.
Elaboró: Juan Manuel Acuña Roldán