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Protección y Derechos
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#ProtecciónyDerechos | Feminicidio: una tragedia que exige justicia inmediata
En el marco de la lucha por la igualdad de género, el feminicidio se presenta como una tragedia alarmante que trasciende las estadísticas y se convierte en un llamado urgente a la acción. Cada caso de violencia contra la mujer no solo representa una pérdida irreparable, sino un reflejo de la profunda desigualdad y el machismo arraigado en nuestra sociedad.
El feminicidio no es un mero acto de violencia; es el resultado de un sistema que ha normalizado el desprecio por la vida de las mujeres. Esta dolorosa realidad nos debe conmover, desafiando nuestra indiferencia y exigiendo una respuesta contundente desde todas las esferas, especialmente en el ámbito judicial. Cada víctima es un recordatorio de que la justicia no puede ser un concepto abstracto; debe materializarse en acciones concretas que prioricen la protección y el respeto hacia las mujeres.
La Comisión Nacional de Género de la Rama Judicial reitera que los casos de violencia contra la mujer deben ser una prioridad ineludible. Es fundamental que nuestro sistema de justicia no solo responda con celeridad, sino que también actúe con empatía y comprensión, reconociendo la complejidad de cada situación. La formación continua de operadores de justicia en perspectiva de género y la implementación de protocolos adecuados son pasos esenciales para garantizar que las víctimas encuentren en la justicia un refugio y no una revictimización.
Es momento de transformar el dolor en acción. La erradicación del feminicidio y la violencia de género no solo es responsabilidad del Estado, sino de toda la sociedad. Debemos trabajar juntos para construir un entorno donde las mujeres vivan libres de miedo y con la certeza de que sus vidas son valoradas y protegidas.
La justicia debe ser un bastión para las mujeres, y es nuestra responsabilidad asegurarnos de que así sea.
Jurisprudencia de Género
Corte Suprema de Justicia
Sala de Casación Penal
Sentencia SP2701-2024. Casación No. 59073- Acta No. 235
M.P. Gerardo Barbosa Castillo
En este caso, se analizó la situación de una mujer que decidió poner fin a su relación con su pareja del sexo masculino. Sin embargo, él no aceptó la ruptura y comenzó a acosarla de manera insistente. Ocho días después de la separación, el agresor la atacó por la espalda con un arma blanca, causándole múltiples heridas en el cuello, rostro, cuero cabelludo y mano. Afortunadamente, gracias a la intervención de un ciudadano, la mujer logró sobrevivir.
En esta oportunidad, la Corte enfatizó en que el móvil del delito de feminicidio es discriminatorio, en la medida en que busca castigar a la mujer o recordarle que el lugar que ocupa en la estructura social patriarcal es inferior, por lo que esa motivación no se limita a causar la muerte de la mujer, lo que constituye una vulneración del derecho a la vida digna.
Adicionalmente, indicó que la perspectiva de género en los procesos tiene la función de actualizar las reglas de la experiencia, de acuerdo con la conciencia y el conocimiento contemporáneo que se tiene sobre la violencia contra la mujer como fenómeno delictivo, lo que permite formular hipótesis adecuadas sobre los hechos, de tal forma que se evite la impunidad.
Diálogos para la Equidad de Género
Agenda y Programación
Tu Voz Cuenta
Denuncia la Violencia de Género
La violencia de género puede manifestarse en diversas formas, incluyendo la violencia sexual, física, psicológica y económica. Esta violencia puede ocurrir tanto en espacios públicos como en el ámbito privado.
Entre las diferentes manifestaciones se encuentran las amenazas, la coerción, la manipulación, la violencia de pareja, la violencia sexual, el matrimonio infantil, la mutilación genital femenina y los llamados "crímenes de honor".
Las consecuencias de la violencia de género son devastadoras, así como sus repercusiones permanentes en la salud física y mental de las víctimas.
En la Rama Judicial se promueve una cultura de cero tolerancia con las conductas que constituyen acoso sexual y por razones de género, y la creación de espacios laborales y contractuales seguros y libres de toda forma de violencia, acoso y discriminación.
Para ello se han creado mecanismos de prevención, atención y protección; así como un protocolo que aplica a magistrados de Altas Cortes y tribunales, jueces, empleados judiciales y administrativos, contratistas, practicantes, judicantes y demás personas que presten sus servicios o se encuentren de cualquier forma vinculadas a la Rama Judicial.