Página web de la Asociación de Jubilados y Pensionistas de Cabrejas del Pinar
Estimada/o visitante: Como presidente de la ASOCIACION DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS " VIRGEN DE LA BLANCA” de Cabrejas del Pinar, os doy la bienvenida de parte de la Junta Directiva y en el mío propio. Con esta web intentamos dar a conocer nuestra asociación. Con ello queremos informaros de los aspectos de la misma, objetivos de la asociación, normas, eventos, actividades, junta directiva, estatutos, etc.
La jubilación es una de las etapas más gratificantes de la vida, pues nos permite mayor tiempo de dedicación a nuestras inquietudes personales, a la par que disfrutar, en el entorno familiar y social, de experiencias y conocimientos acumulados a lo largo de nuestra vida profesional. En el local de la asociación situado en la Plaza de Celestino Arranz, intentamos compartir inquietudes, cultura, ocio, etc. en aras a una mejor concordia para la convivencia.
Nuestras actividades están enfocadas a conseguir esos objetivos mediante conferencias, actos lúdicos y de ocio, excursiones, etc.
Si es de tu interés pertenecer a la Asociación lo puedes hacer, como asociado de pleno derecho. Si no eres jubilado y tienes más de 18 años, puedes hacerte socio (ver punto 6) (con voz pero sin voto) y disfrutar de todas las actividades que se realicen en la Asociación, así como del local de la misma. En los estatutos están reflejadas las normas de funcionamiento de la Asociación; no obstante para mayor información puedes dirigirte a nuestro correo mayorescabrejas@gmail.com, donde procuraremos atenderte. También podrás hacerlo en esta misma pagina web, rellenando la solicitud correspondiente y remitiéndola al e-mail indicado.
Un afectuoso saludo
José Luis Soria García
Presidente
Al amparo de lo previsto en el art. 22 de la Constitución Española, los establecidos en la Ley191/1964, de 24 de diciembre, decreto 1440/1965 y demás disposiciones vigentes se constituyó en Cabrejas del Pinar (Soria) la entidad Asociación “Virgen de la Blanca” de Jubilados y Pensionistas de Cabrejas del Pinar, habiéndose adaptado a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, según determina la Disposición Transitoria Primera de dicha Ley Orgánica.
El régimen de la Asociación se determinará por lo dispuesto en los presentes Estatutos y supletoriamente por lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo.
La Asociación no tiene ánimo de lucro y se constituyó en Cabrejas del Pinar el … de…. 19…., pretendiendo integrar en ella todas las personas que quisieran formar parte de dicha asociación respetando los estatutos que hacen referencia a los distintos tipos de socios.
Los objetivos de la Asociación son los siguientes :
- Fomentar y potenciar la colaboración y la participación de las personas de la localidad, en especial de los mayores, en cuantas actividades se proponga.
- Proporcionar a los socios información y orientación en relación a la legislación y recursos sociales para las personas mayores.
- Desarrollar programas de ayuda mutua y de voluntariado.
- Organizar actividades tendentes a conseguir un mayor bienestar social y calidad de vida entre sus asociados y evitar la soledad.
- La colaboración con las demás Asociaciones del pueblo para toda la realización de eventos en los que puedan participar todos los socios.
Para el cumplimiento de los objetivos, la Asociación intentará organizar las siguientes actividades:
* Talleres para educación y mejora de los aspectos de salud física: talleres de gimnasia de mantenimiento, de psicomotricidad, yoga, sobre hábitos de alimentación e higiene, etc., charlas y conferencias de prevención sanitaria en general, atención primaria, recursos sociales para personas mayores, etc.
* Talleres para educación y mejora de aspectos de salud psíquica: talleres de ejercitación, recuperación y mejora de la memoria, prevención de enfermedades como las demencias y Alzheimer, charlas y conferencias.
* Talleres para la educación y mejora de aspectos relacionados con lo social: relaciones interpersonales, participación, voluntariado, etc., charlas y conferencias.
* Actividades socioculturales en general: viajes socioculturales, excursiones y visitas socioculturales, talleres de artes creativas y manualidades, celebración de campeonatos de juegos autóctonos, exposiciones y demostraciones de diverso tipo.
* Actividades de información y asesoramiento.
* Organización de cursos de formación diversos: de preparación a la jubilación, sobre envejecimiento activo y saludable, sobre nuevas tecnologías, (informática, internet, aparatos domésticos, etc.)
En todas estas actividades, y en cuantas otras que sean consideradas oportunas por los órganos de gobierno, podrán participar todas las personas que lo deseen de una manera intergeneracional.
El Órgano Supremo de Gobierno será la Asamblea General que podrá ser ordinaria y extraordinaria. Estas estarán integradas por todos los socios que se hallen en pleno de sus derechos sociales.
La Asamblea General ordinaria se reunirá al menos una vez al año.
Será competencia de la Asamblea General ordinaria las siguientes:
1. Aprobar en su caso, la gestión de la Junta Directiva.
2. Examinar y aprobar el estado de cuentas.
3.Aprobar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva, en orden de las actividades de la Asociación.
4.Fijar las cuotas de entrada, ordinarias y extraordinarias.
5.Acordar por mayoría, la imposición de sanciones por falta muy grave.
La Asamblea General extraordinaria se reunirá cuantas veces sea necesario, previo acuerdo de la Junta Directiva o un número de socios que ascienda como mínimo a un 25 por ciento del número total de socios.
Serán competencia de la Asamblea General extraordinaria:
1.- Modificación de los presentes estatutos.
2.- Disolución de la Asociación
3.- Disposición y enajenamiento de bienes.
4.- Constitución de una Federación o su integración en una ya existente.
5.- Aprobar el Reglamento de Régimen Interno de la Asociación.
6.- Elegir al Presidente y a los miembros de la Junta Directiva.(Siendo en este caso el único orden del día, y adquiriendo el carácter de Asamblea General extraordinaria electoral).
7.- Solicitar la declaración de utilidad pública.
Será competencia de la Asamblea General Extraordinaria Electoral, elegir la Junta Directiva de la Asociación
Sin perjuicio de las facultades de la Asamblea General, la Asociación estará elegida por una Junta Directiva y estará compuesta por:
Presidente
Vicepresidente
Secretario
Tesorero/a
Un mínimo de dos vocales y un máximo de cuatro vocales.
Todos los cargos recaerán en miembros de pleno derecho de la Asociación y tendrán una duración de cuatro años. No obstante, un tercio de los miembros de la Junta Directiva podrán ser socios colaboradores.
Los miembros de la Junta directiva no percibirán remuneración alguna, salvo las compensaciones que para gastos de transporte y dietas se establezcan.
La Junta directiva se reunirá al menos, una vez cada tres meses y cuando lo demande su Presidente, o lo solicite un mínimo de la mitad de miembros de la Junta directiva. La convocatoria se realizará por escrito con una antelación mínima de 48 horas.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple.
Las funciones de la Junta directiva serán las siguientes.
Dirigir las actividades sociales
Llevar la gestión administrativa y económica de la Asociación.
Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General
Elaborar y someter a la aprobación de la Asamblea General los presupuestos anuales y estado de cuentas.
Elaborar el informe, memoria anual.
Promover relaciones participativas y democráticas entre socios.
Reconocer la condición de socio.
Cualquier otra, que en el futuro le pueda conceder la Asamblea General, siempre que no se oponga a la normativa de los órganos superiores del colectivo de personas mayores.
Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas mayores de 45 años con capacidad de obrar, que tengan interés en el desarrollo de los fines de ésta, y cuya solicitud de ingreso, sea admitida por la Junta Directiva de la Asociación.
No obstante, podrán ser socios de pleno derecho personas menores de 45 años y que sean pensionistas, de jubilación por invalidez absoluta o gran invalidez, siempre de acuerdo con las leyes vigentes y sus reglamentos de desarrollo.
Los cónyuges de los socios recogidos en los apartados anteriores.
Por ser un colectivo de personas mayores, y con el fin de dinamizar las actividades previstas por la Asociación, podrán ser también socios colaboradores, las personas mayores de 18 años que, no cumpliendo los requerimientos exigidos en los 3 puntos anteriores lo deseen, pudiendo participar en las actividades promovidas por la Asociación con voz y sin voto, dando preferencia a los socios de pleno derecho, siempre que estén al corriente del pago de las cuotas establecidas.
Los órganos competentes podrán nombrar socios honorarios, aquellas personas que hayan prestado servicios destacados a la Asociación.
6.1. Se perderá la condición de socio por alguna de las causas siguientes
a) Por deseo del asociado, a través de comunicación verbal, o mediante escrito dirigido a la Junta Directiva de la Asociación.
b) Por falta de pago de las cuotas correspondientes a un año o a las extraordinarias que se puedan establecer.
c) Por sanción disciplinaria.
El asociado que incumpla sus obligaciones para con la Asociación, o que su conducta menoscabe los fines o prestigio de la Asociación, será objeto del correspondiente expediente disciplinario incoado por la Junta Directiva, del que se dará audiencia y que resolverá lo que proceda. Si la Junta propusiese la expulsión la expondrá a la Asamblea General para su aprobación. Las sanciones, recogida en el Reglamento de Régimen Interno, pueden comprender desde la suspensión temporal de sus derechos, a la expulsión.
6.2. Los socios ostentarán los derechos siguientes:
1.- Participaran en las actividades y servicios que preste la Asociación y los órganos de Gobierno y representación.
2.- A ejercer el derecho de voz y voto (en su caso), en la Asamblea General de acuerdo con los estatutos.
3.- A ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la Asociación de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
4.- A ser oído con carácter previo a la adaptación de medidas disciplinarias contra él, y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que su caso imponga la sanción.
5.- Impugnar los acuerdos de los órganos de asociación que estime contrarios, a la ley o a los estatutos.
6.3. Los socios tendrán las obligaciones siguientes:
1.- Compartir las finalidades de Asociación y colaboración para la consecución de las mismas.
2.- Conocer y cumplir los presentes estatutos.
3.- Pagar las cuotas, derramas u otras aportaciones que, con arreglo a los estatutos, puedan corresponder a cada socio.
4.- Acatar y cumplir los acuerdos válidamente, adoptados por los órganos de Gobierno y representación de la Asociación.
El domicilio de la Asociación se establece en la localidad de Cabrejas del Pinar, Plaza de D. Celestino Arranz 7, provincia de Soria C.P. 42146.
Correo electrónico: mayorescabrejas@gmail.com
Descarga la ficha de inscripción, rellénala y entrégala firmada en la Asociación.