En Venezuela, la Unión Estable de Hecho genera los mismos efectos patrimoniales que el matrimonio. Sin embargo, surge la pregunta de cómo se prueba y qué valor legal tiene el documento que la certifica: el Acta de Unión Estable de Hecho.
Un reciente fallo de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha reafirmado la importancia crucial de este documento, estableciendo un precedente fundamental para quienes buscan la partición de bienes tras la ruptura de su unión.
En el caso entre Maryi Elvira Ramírez y Armando Alí Castellano Parra, la Sentencia Nro. 000408, dictada el 7 de julio de 2025, anuló una decisión de instancia inferior que había cometido un error al valorar los hechos. La clave del fallo del TSJ fue el Acta de Unión Estable de Hecho.
La sentencia destaca la importancia crucial del Acta de Unión Estable de Hecho como documento público y auténtico. Estos son los elementos más importantes que la Sala valoró:
Pleno valor probatorio: El acta, al ser expedida por un funcionario público autorizado, tiene pleno valor probatorio. Esto significa que constituye una prueba irrefutable de la existencia de la unión de hecho y de sus fechas de inicio y finalización, a menos que sea impugnada por tacha de falsedad o solicitud de nulidad.
Fundamento legal: La sentencia se basa en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil y el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, que otorgan a estos documentos el carácter de "plena prueba".
Efectos jurídicos: El fallo resalta que, una vez registrada, la unión estable de hecho adquiere plenos efectos jurídicos, lo que legitima la posterior partición de bienes.
Certificaciones: Las certificaciones expedidas por los Registradores Civiles sobre estas actas también tienen pleno valor probatorio, lo que refuerza la validez del documento.
La Sala reconoció este documento como una prueba plena debido a su naturaleza de documento público, emitido por un funcionario autorizado. Esto le otorga un valor legal irrefutable, salvo que sea impugnado por tacha de falsedad o nulidad.
La sentencia destacó que, según los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil, el acta es una prueba fehaciente del estado civil de las personas y de las fechas de inicio y finalización de la unión. El tribunal no tuvo dudas al utilizar este documento para:
Establecer con certeza el período exacto de la unión de hecho.
Determinar qué bienes fueron adquiridos durante ese tiempo y debían ser objeto de partición.
En el caso específico, la Sala valoró que el acta de unión estable de hecho y su disolución, al no haber sido impugnadas por ninguna de las partes, sirvieron como prueba plena para determinar el período exacto de la unión y, por ende, los bienes que debían ser objeto de la partición. Este fue un elemento decisivo para anular el fallo anterior y ordenar la partición.
Este caso refuerza la importancia de formalizar legalmente una unión estable de hecho. Contar con el Acta de Unión Estable de Hecho no solo le brinda seguridad jurídica, sino que simplifica enormemente cualquier proceso futuro de partición de bienes. Este documento se convierte en su principal respaldo legal, minimizando la incertidumbre y agilizando la resolución de conflictos.
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Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/julio/345732-000408-7725-2025-24-269.HTML