Reglamento Académico Institucional
Academia de Nueva Educación Integral (ANEI)
Versión 1.0 – Año 2026
PREÁMBULO
La Academia de Nueva Educación Integral (ANEI) es una institución dedicada a la promoción de la educación permanente, la formación continua, la capacitación profesional, el desarrollo humano integral y el aprendizaje a lo largo de toda la vida.
El presente Reglamento Académico establece las normas generales que regulan la participación en las actividades educativas organizadas, promovidas, acreditadas o reconocidas por ANEI, garantizando el desarrollo de procesos formativos basados en la calidad, la ética, la inclusión y la mejora continua.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto
El presente Reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento académico de todas las actividades educativas desarrolladas por ANEI.
Artículo 2. Alcance
Las disposiciones de este Reglamento serán aplicables a estudiantes, docentes, tutores, coordinadores, conferencistas y demás participantes de las actividades académicas institucionales.
Artículo 3. Naturaleza educativa
Las actividades de ANEI se desarrollan en el ámbito de la educación no formal, la educación permanente, la formación continua y el aprendizaje a lo largo de la vida, salvo disposición expresa en contrario.
Artículo 4. Principios institucionales
Las acciones académicas de ANEI se fundamentan en:
Educación permanente.
Desarrollo humano integral.
Calidad educativa.
Inclusión y accesibilidad.
Innovación pedagógica.
Ética profesional.
Aprendizaje autónomo.
Responsabilidad social.
Formación para el trabajo y la vida.
CAPÍTULO II
Inscripción y Admisión
Artículo 5. Inscripción
La inscripción a cualquier actividad académica deberá realizarse mediante los procedimientos establecidos por ANEI.
Artículo 6. Aceptación de normativas
La inscripción implica la aceptación expresa de:
Este Reglamento Académico.
Los Términos y Condiciones Institucionales.
La Política de Certificaciones.
Las normas particulares de cada programa.
Artículo 7. Información suministrada
Los participantes deberán proporcionar información veraz, actualizada y completa. La falsedad de los datos podrá dar lugar a sanciones académicas o administrativas.
CAPÍTULO III
Derechos de los Estudiantes
Artículo 8. Derechos académicos
Los estudiantes tienen derecho a:
a) Recibir un trato digno y respetuoso.
b) Acceder a los contenidos y recursos previstos.
c) Conocer los objetivos y requisitos de cada programa.
d) Participar de las actividades de evaluación.
e) Solicitar orientación académica cuando corresponda.
f) Obtener las certificaciones correspondientes al cumplir los requisitos establecidos.
Artículo 9. Igualdad de oportunidades
ANEI promoverá condiciones de acceso y participación basadas en la igualdad, el respeto y la no discriminación.
CAPÍTULO IV
Deberes de los Estudiantes
Artículo 10. Responsabilidades académicas
Los estudiantes deberán:
a) Cumplir con las actividades previstas.
b) Mantener una conducta respetuosa.
c) Respetar las normas institucionales.
d) Utilizar responsablemente las plataformas y recursos educativos.
Artículo 11. Integridad académica
Se consideran faltas graves:
Plagio.
Copia en evaluaciones.
Suplantación de identidad.
Falsificación documental.
Presentación de trabajos de terceros como propios.
CAPÍTULO V
Desarrollo de las Actividades Académicas
Artículo 12. Modalidades
Las actividades podrán desarrollarse bajo modalidad:
Presencial.
Virtual.
A distancia.
Híbrida.
Autogestionada.
Artículo 13. Programación académica
Cada propuesta formativa deberá especificar:
Objetivos.
Contenidos.
Duración.
Carga horaria.
Actividades.
Evaluaciones.
Requisitos de certificación.
Artículo 14. Modificaciones
ANEI podrá realizar adecuaciones metodológicas, tecnológicas o administrativas que contribuyan a mejorar la calidad de los procesos educativos.
CAPÍTULO VI
Evaluación y Aprobación
Artículo 15. Evaluación
Las propuestas podrán incluir:
Cuestionarios.
Trabajos prácticos.
Ensayos.
Proyectos.
Exposiciones.
Actividades integradoras.
Participación en foros o encuentros académicos.
Artículo 16. Aprobación
Los criterios de aprobación serán definidos en cada programa y comunicados previamente a los participantes.
Artículo 17. Actividades complementarias
Cuando corresponda, podrán establecerse instancias de recuperación o actividades complementarias.
CAPÍTULO VII
Asistencia y Participación
Artículo 18. Asistencia
Los programas podrán establecer porcentajes mínimos de asistencia para acceder a la certificación correspondiente.
Artículo 19. Participación efectiva
En modalidades virtuales o autogestionadas, la participación podrá acreditarse mediante registros de acceso, actividades realizadas o evidencias de aprendizaje.
CAPÍTULO VIII
Convivencia Institucional
Artículo 20. Principios de convivencia
Toda actividad desarrollada por ANEI deberá promover el respeto, la cooperación, la inclusión y el intercambio constructivo de conocimientos.
Artículo 21. Conductas incompatibles
Constituyen faltas a la convivencia institucional:
Acoso.
Discriminación.
Violencia verbal o física.
Hostigamiento digital.
Difamación.
Alteración deliberada de las actividades académicas.
Artículo 22. Sanciones
Las faltas podrán dar lugar a:
Advertencia.
Apercibimiento formal.
Suspensión temporal.
Exclusión de la actividad.
Inhabilitación para futuras actividades académicas.
CAPÍTULO IX
Certificaciones y Reconocimientos
Artículo 23. Certificaciones
ANEI emitirá certificados, constancias, diplomas y reconocimientos conforme a la Política Institucional de Certificaciones.
Artículo 24. Requisitos
Las certificaciones serán otorgadas únicamente a quienes cumplan con los requisitos académicos y administrativos establecidos.
Artículo 25. Validación y autenticidad
ANEI podrá implementar sistemas de validación, verificación digital o registro institucional de certificaciones.
Artículo 26. Revocación
Las certificaciones podrán ser anuladas cuando se compruebe fraude, falsificación o incumplimiento grave de las disposiciones institucionales.
CAPÍTULO X
Propiedad Intelectual
Artículo 27. Protección de contenidos
Los materiales educativos, recursos didácticos, publicaciones, videos, clases y documentos pertenecientes a ANEI o a sus autores se encuentran protegidos por la legislación vigente.
Artículo 28. Uso permitido
Los materiales podrán utilizarse exclusivamente para fines educativos y personales, quedando prohibida su reproducción o comercialización sin autorización expresa.
CAPÍTULO XI
Comunicaciones Institucionales
Artículo 29. Medios oficiales
Serán considerados medios oficiales de comunicación:
Sitio web institucional.
Campus virtual.
Correo electrónico institucional.
Plataformas educativas autorizadas.
Redes institucionales oficiales.
Artículo 30. Validez
Las comunicaciones difundidas por los medios oficiales tendrán plena validez académica y administrativa.
CAPÍTULO XII
Disposiciones Finales
Artículo 31. Interpretación
La interpretación del presente Reglamento corresponderá a la Dirección Académica y a las autoridades competentes de ANEI.
Artículo 32. Casos no previstos
Las situaciones no contempladas serán resueltas conforme a los principios institucionales y a las decisiones de las autoridades académicas.
Artículo 33. Actualizaciones
ANEI podrá actualizar este Reglamento cuando resulte necesario para fortalecer sus procesos académicos y administrativos.
Artículo 34. Vigencia
El presente Reglamento Académico entra en vigencia desde su publicación oficial y permanecerá vigente hasta la aprobación de una nueva versión.
ACADEMIA DE NUEVA EDUCACIÓN INTEGRAL (ANEI)
"Educación permanente para aprender, crecer y servir durante toda la vida."
Organismo dedicado a la promoción de la educación no formal, la formación continua, la capacitación permanente y el aprendizaje a lo largo de toda la vida.