Quiénes somos

Junta del AMPA

Más allá de las atribuciones establecidas por la normativa en curso, la Junta del AMPA la formamos madres y padres de alumnos del Colegio Sagrada Familia. Somos, por lo tanto, los primeros interesados en que nuestro trabajo resulte de provecho para nuestros hijos y revierta en la mejora del proceso educativo en distintas formas: desde mejoras en infraestructuras del colegio hasta la organización de actividades que nos ayuden a tratar problemas del día a día como los riesgos de internet.

Esperamos poder contar con vuestra colaboración en esta tarea que es de todos.

Un cordial saludo,

La Junta Directiva del AMPA

Quiénes somos - AMPA SAGRADA FAMILIA ZARAGOZA

A la Junta Directiva de la Asociación compete el gobierno de la misma con todas facultades y atribuciones necesarias, para el logro de los fines de esta Asociación. Estará obligada a cumplir sus propios acuerdos y los adoptados por la Asamblea General, quedando así misma facultada para establecer los contactos e intercambios de opinión, iniciativas y actividades con otras asociaciones similares.

Son funciones de la Junta Directiva:

  • Convocar y fijar fecha de celebración de la Asamblea General.
  • Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos.
  • Ordenar y ejecutar los acuerdos aprobados por la Asamblea General.
  • Elaborar y someter a la aprobación de la Asamblea General los presupuestos anuales y las Cuentas.
  • Colaborar estrechamente con los otros estamentos de la Comunidad Educativa (Dirección del Colegio, Profesores, Personal no docente, Agrupación Deportiva, y Alumnos) en la acción educativa.
  • Resolver sobre la admisión de nuevos asociados.
  • Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociación.
  • Velar por el cumplimiento de los Estatutos.
  • Reconocer a las diversas agrupaciones o comisiones de asociados así como coordinar y dirigir la labor de dichas Comisiones de Trabajo.
  • Cualquiera otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea General.