Suficiencia en Idioma Extranjero para Doctorado

La Comisión de ‘Suficiencia en Idioma Extranjero para Doctorado’ se encarga de llevar a cabo las actividades relativas a la acreditación del cumplimiento del requisito de egreso exigido para obtener el grado de Doctor que se refiere a la obligatoriedad de los estudiantes de demostrar conocimiento instrumental de otro idioma además del castellano. A continuación, las coordinaciones de postgrado y los estudiantes de doctorado encontrarán información sobre los pasos y canales regulares a seguir para cumplir con el requisito. En caso de necesitar información adicional, no dude en contactar al responsable de la comisión a través de la siguiente cuenta de correo institucional:

Responsable de la Comisión

Prof. Noela Cartaya Febres, suficiencia-id@usb.ve

CONVOCATORIA AL PRÓXIMO EXAMEN, pulse aquí

Historia

La labor de la hoy conocida como ‘Comisión de Suficiencia’ se remonta al año 2001, cuando el Decanato de Estudios de Postgrado delegó en el Departamento de Idiomas la acreditación del cumplimiento del requisito de egreso en cuestión, a fin de cumplir con lo previsto en el Artículo 27 (c) de la Normativa General de los Estudios de Postgrado para las Universidades e Instituciones Universitarias debidamente autorizadas por el Consejo Nacional de Universidades (Gaceta Oficial Nº 37.328, 20/11/2001).

En ese entonces, los profesores del Departamento de Idiomas Genoveva Llinares, Magaly Rodríguez y Gilberto Berríos, todos expertos en evaluación de lenguas extranjeras y miembros de la Comisión de Exámenes de la Sección de Inglés de Primer Año, se encargaron de producir un instrumento en idioma inglés para medir ese conocimiento. A raíz de la jubilación de la Prof. Llinares, el Prof. Berríos quedó encargado de administrar dicha prueba. Más adelante, en vísperas de la jubilación del Prof. Berríos, este y la Prof. Noela Cartaya tuvieron la idea ampliar el alcance y de darle carácter de comisión departamental a este conjunto de actividades. Esta comisión podría en un futuro estar conformada por profesores de varios idiomas.

Instructivo para la demostración de conocimiento instrumental de un idioma diferente del castellano para los estudiantes de los programas de doctorado

En el año 2015, se actualizó el instructivo para entonces vigente. Su versión completa está alojada en la sección de ‘Documentos Normativos’ de la página web del Decanato de Estudios de Postgrado. Para acceder al instructivo actualizado pulse aquí.

Información para las coordinaciones de postgrado

Este material, especialmente preparado para las coordinaciones de postgrado que administran programas de doctorado, da respuesta a la pregunta ¿qué pasos debe seguir el doctorando para cumplir con el requisito de egreso ‘conocimiento instrumental de un idioma diferente al castellano’? Para consultar el material, pulse aquí.

Demostración de suficiencia por medio de examen

Esta sub-sección corresponde al numeral 3.1 del Instructivo. A continuación, se detallan los pasos a seguir para demostrar suficiencia presentando un examen:

  • El estudiante consulta a la Coordinación Docente sobre la pertinencia del idioma para para el programa de doctorado o línea de investigación.
  • La Coordinación Docente estudia el caso y le da respuesta al estudiante.
  • La Coordinación Docente le indica al estudiante que debe inscribir el examen de suficiencia durante el período académico siguiente.
  • El estudiante paga el arancel según tabla vigente, inscribe el código ID8888 "EXAMEN DE SUFICIENCIA EN INGLÉS COMO IDIOMA EXTRANJERO" y presenta la prueba en la fecha de la convocatoria correspondiente (durante las semanas 9 o 10 del trimestre).
  • La convocatoria formal al examen la envía esta comisión a cada una de las Coordinaciones Docentes que administran programas de doctorado (durante las semanas 4 o 5 del trimestre).
  • Le corresponde a cada Coordinación Docente notificar a sus estudiantes inscritos en dicho código sobre los pormenores de la convocatoria.
  • Le corresponde a cada estudiante hacer el debido seguimiento comunicándose de manera fluida con su coordinación.
  • Los exámenes de los idiomas FRANCÉS e ITALIANO están actualmente en fase de desarrollo y todavía no están disponibles para su administración. Ello implica que las Coordinaciones Docentes no deben ofertar los códigos ID8889 e ID8890 y los estudiantes de doctorado no deben inscribirlos hasta nuevo aviso.
  • Los exámenes de suficiencia se administran solo dos veces al año, durante los trimestres regulares ABR-JUL y SEP-DIC de cada año académico.
  • Al finalizar el trimestre, el Departamento asienta en el acta correspondiente la calificación de "A" (APROBADO) o "NA" (NO APROBADO) según los resultados obtenidos por el estudiante.
  • Esta comisión envía copia del acta a las Coordinaciones Docentes, de manera de que puedan informar a sus estudiantes sobre el resultado.

  • Modelo de examen de suficiencia en inglés

Se recomienda a los estudiantes que como preparación para el examen consulten el Modelo de examen de suficiencia en inglés aquí.

  • Programa analítico del código ID8888

Para acceder a la versión en PDF del programa analítico de EXAMEN DE SUFICIENCIA EN INGLÉS COMO IDIOMA EXTRANJERO, pulse aquí.

Demostración de suficiencia por acreditación de recaudos

Esta sub-sección corresponde a los numerales 3.2 y 3.3 del Instructivo. A continuación, se detallan los pasos a seguir para demostrar suficiencia por acreditación de credenciales:

  • El estudiante consulta con su Coordinación Docente la pertinencia del idioma para el programa de doctorado o línea de investigación y presenta recaudos.
  • La Coordinación Docente recibe, verifica los documentos, emite respuesta sobre la pertinencia del idioma y, si el idioma resulta pertinente, solicita evaluación de los recaudos a esta comisión a través de esta dirección de suficiencia-id@usb.ve, con los recaudos en adjunto.
  • El Departamento de Idiomas, a través de esta comisión, recibe los recaudos y los evalúa. Una vez concluida la evaluación, la comisión notifica el resultado a la Coordinación Docente.
  • De acuerdo con lo especificado en Instructivo, un examen de suficiencia en idioma extranjero administrado por otra universidad (o curso dictado por otra universidad) es acreditable por esta comisión si, y solo si, la constancia o certificado de aprobación emitida por dicha universidad cumple con las siguientes condiciones:
    • Reporta de forma explícita el nivel de comprensión de lectura de textos académicos que obtuvo la estudiante en dicho examen o curso (numeral 3.2).
    • Presenta indicadores que permitan a esta comisión contrastar el desempeño del estudiante con los descriptores de comprensión de lectura del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: Aprendizaje, Enseñanza, Evaluación (Instituto Cervantes, 2002), para poder verificar que es equivalente al nivel B2, mínimo nivel de suficiencia exigido por la USB (numeral 4.1).
  • Si los recaudos presentados constituyen suficiencia, la Coordinación Docente le indica al estudiante que debe inscribir en código ID8800 "SUFICIENCIA EN IDIOMA EXTRANJERO POR ACREDITACIÓN" el siguiente trimestre.
  • El estudiante paga el arancel según tabla vigente, inscribe el código ID8800, y al finalizar el trimestre el Departamento asienta en el acta correspondiente la calificación de "A" (APROBADO).
  • Si los recaudos presentados NO constituyen suficiencia, esta comisión así lo notifica a la Coordinación Docente. Esta debe informarle al estudiante que debe entonces aprobar el requisito por medio de examen.

  • Programa analítico del código ID8800

Para acceder a la versión en PDF del programa analítico de SUFICIENCIA EN IDIOMA EXTRANJERO POR ACREDITACIÓN, pulse aquí.