ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO QUE APLICAN
Artículo 37. La carga académica mínima para un periodo escolar cuatrimestral es de 12 créditos o el número de créditos que le resten para concluir el programa académico al que esté inscrito. La carga académica máxima para un periodo escolar cuatrimestral es de 52 créditos.
Artículo 38. Si un alumno no efectúa la selección de cursos en las fechas indicadas, podrá hacerlo durante la siguiente primera semana, supeditado a la disponibilidad del cupo de los grupos y al pago de trámite extemporáneo. En caso de no realizar el trámite de selección de cursos, la universidad podrá inactivarlo (baja por No Inscripción), y en caso de haber efectuado un pago por ello, dicho saldo se mantendrá como saldo a favor o podrá hacerlo efectivo en otro periodo escolar. Si el alumno no selecciona cursos por dos periodos ordinarios consecutivos, causará baja administrativa. Los alumnos deben respetar la seriación de asignaturas establecida en el plan de estudios. Cualquier violación a la seriación anulará la inscripción a la asignatura consecuente.
Artículo 39. El alumno podrá solicitar la modificación de su selección de cursos en los siguientes términos y cumpliendo con lo que dispone este Libro: a) Alta de asignaturas adicionales, sujeto a la autorización correspondiente del coordinador del programa y al cupo disponible. Sólo durante la primera semana de clases. b) Baja de asignaturas, sujeto a la autorización correspondiente del coordinador del programa: i. Durante la primera semana de clases, sin que esto le cuente como una oportunidad y sin obligación de pago de los créditos correspondientes. ii. Después de la primera semana de clases y antes de concluir la sexta semana, sin que esto le cuente como una oportunidad y con obligación de pago de los créditos correspondientes. El número máximo de asignaturas que se puedan dar de baja en un periodo, es de dos. 59 Compendio Reglamentario Anáhuac iii. De la séptima semana de clases y antes de concluir la décimo tercera, en cuyo caso se contará como oportunidad utilizada y con la obligación de pago de los créditos correspondientes Artículo 40. Para cualquier situación que amerite una aclaración en la selección de cursos, el alumno deberá acudir al área de Administración Escolar.