Sanción: 30 UMAS $ 3,394.00
Queda prohibido a los conductores de vehículos invadir un carril
de circulación en las vialidades que conduzcan a las instalaciones de las garitas internacionales sin realizar la formación de los vehículos correspondiente.
Se aplicará una sanción mayor a aquellos conductores que con la conducta
señalada en el párrafo que antecede, ocasionan congestionamiento vehicular o flujo en los demás carriles de circulación UMAS 30