La Gobernación del Atlántico, a través del Instituto de Tránsito del Atlántico ha realizado la expedición del decreto número 000362 , por medio del cual se adoptan medidas para implementar el pico y placa de motocarros, cuatrimotos y motocicletas en las vías secundarias y terciarias del departamento del atlántico". Esta medida se implementa en respuesta al incremento sostenido y preocupante en el flujo de motocicletas y motocarros, que ha generado un aumento en los índices de accidentalidad y desórdenes en el tráfico vehicular en los municipios del Atlántico, siendo el más alto índice de accidentalidad y la mayor cantidad de infracciones imputables a estos vehículos.

 

El decreto establece dos tipos de restricciones aplicables en todas las vías secundarias, terciarias y carreteras departamentales bajo jurisdicción del Atlántico. Pico y placa (restricción diurna) para motocarros, cuatrimotos y motocicletas. Horario: desde las 08:00 a.m. hasta las 11:59 p.m. distribuidos por el número final de la placa durante los días de semana de la siguiente manera: lunes 1 y 2, martes 3 y 4, miércoles 5 y 6, jueves 7 y 8 y viernes 9 y 0.