DISPOSICIONES LEGALES, tanto a nivel nacional como autonómico, que afectan a nuestras materias.
M.E.C.
- REAL DECRETO 665/2015, de 17 de julio, por el que se desarrollan determinadas disposiciones relativas al ejercicio de la docencia en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato, la Formación Profesional y las enseñanzas de régimen especial, a la formación inicial del profesorado y a las especialidades de los cuerpos docentes de Enseñanza Secundaria. (BOE 18.07.2015)
- REAL DECRETO 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato. (BOE 30.07.2016)
- Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE 10.12.2016).
- Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller
Títulos Secundaria y Bachilero
COMUNIDAD VALENCIANA
- DECRETO 51/2018, de 27 de abril, del Consell, por el que se modifica el Decreto 87/2015, por el que establece el currículo y desarrolla la ordenación general de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato en la Comunitat Valenciana. (DOCV 30.04.2018)
- DECRETO 59/2016, de 13 de mayo, del Consell, por el que se fija el número máximo de alumnado y la jornada lectiva del personal docente en los niveles no universitarios regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en los centros docentes no universitarios de la Comunidad Valenciana. (DOCV 17.05.2016)
- DECRETO 87/2015, de 5 de junio, del Consell, por el
que se establece el currículo y
desarrolla la ordenación general de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachilleratoen la Comunidad Valenciana (DOCV 10.06.2015).
Para evitar toda la información que no interesa hemos establecido los siguientes 4 enlaces con la introducción del decretos y los currículos de cada una de nuestras materias: A) Introducción B) Currículo Cultura Clásica C) Currículo Griego D) Currículo Latín
- DECRETO 136/2015, de 4 de septiembre, del Consell,por el que se modifican el Decreto108/2014, de 4 de julio, del Consell, por el que se establece el currículo ydesarrolla la ordenación general de la Educación Primaria en la ComunitatValenciana, y el Decreto 87/2015, de5 de junio, del Consell, por el quese establece el currículo y sedesarrolla la ordenación general de la Educación Secundaria Obligatoria y delBachillerato en la Comunitat Valenciana (DOCV 9.09.2015)
- ORDEN 69/2015, de 25 de junio, de la Consellería deEducación, Cultura y Deporte, por la que se establecen criterios para ladotación de plantillas y para ladeterminación de condiciones de trabajo delprofesorado de los centros docentes públicos que imparten ESO, Bachilleratoy Formación Profesional, dependientes de la consellería competenteen materia de educación (DOCV 30.06.2015)
- ORDENde 29 de junio de 1992, de la ConselIeria de Cultura, Educación y Ciencia, porla que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los centros docentes queimpartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Preescolar,Primaría, General Básica, Educación Especial, Secundaria Obligatoria,Bachillerato y Formación Profesional, sostenidos con fondos públicos ydependientes de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia de laGeneralitat Valenciana (DOGV 15.07.1992).
- (Nota:
esta Orden es muy antigua, pero regula la elección de horario del profesorado,
los trámites en caso de huelga, entre otros aspectos. A ella se alude siempre
en las Resoluciones de comienzo de curso para estas cuestiones)
| PONDERACIONES: Carta del presidente de SEEC-Alicante al Vicerrector de alumnos de la Universidad de Alicante:Distinguido y querido amigo: Una vez más me dirijo a ti como Presidente de la Sección de Alicante de la Sociedad Española de Estudios Clásicos preocupado por la nociva, aunque involuntaria, influencia que las ponderaciones presentadas por la Universidad de Alicante y las demás Universidades de la Comunidad Valenciana, están causando en la orientación de los estudios de Bachillerato en nuestra Comunidad. Una disposición, que en principio no tendría que ver con la formación de los alumnos de Bachillerato, se ha convertido de hecho en una disposición que los centros utilizan como elemento organizador de la docencia que ofertan. Con ello materias como el Griego y el Latín se ven postergadas ante otras materias de la misma modalidad que ponderan con 0’2. No puedo dejar de señalar la situación especialmente grave en la que queda el Griego, que no pondera con 0'2 ni siquiera en los grados de Historia, Historia y Patrimonio, Historia del Arte, Humanidades o Estudios Árabes e Islámicos. Como tampoco parece de recibo que al menos el Latín no pondere el máximo para los estudios de Derecho. Ante esta situación la Sección de Alicante de la SEEC ha elaborado un documento que te hago llegar adjunto y que en definitiva propone quetodas las materias de modalidad del bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales deben ponderar con 0,2 para cualquier titulación comprendida en las ramas de conocimiento de Humanidades y Ciencias Sociales y Jurídicas. Estas materias son: Latín II, Literatura Universal, Griego II, Historia del Arte, Geografía, Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II y Economía de la Empresa. De hecho otras Universidades como Murcia o Madrid han optado por esta propuesta. Te agradecería que cuando sea posible tengas en cuenta estas reflexiones y podáis restablecer para toda la Comunidad Valenciana una ponderación que no contribuya a la desaparición de los estudios, ya escasos en el bachillerato, de Griego y Latín. Un fuerte abrazo, Juan José Chao Fernández Presidente de la Sección de Alicante de la SEEC
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