FORMACIÓN NACIONAL

PARA HIJOS DE ARGENTINOS

Según Resolución 497/2006, estable: convalidar a los ciudadanos argentinos y a sus hijos, los estudios de nivel secundario aprobados en el exterior acreditados feacientemente al solo efecto de proseguir estudios de nivel superior y/o Universitarios. SIN OBLIGACIÓN DE RENDIR LAS ASIGNATURAS DE FORMACIÓN NACIONAL. 

PARA EXTRANJEROS

El trámite esta dirigido a alumnos que crusaron estudios secundarios completos en paises con los cuales Argentino no tiene convenio de reconocimiento de estudios (Resolución N°1208/05) y R.m. 2202/2013 que deroga a la R.m. 1333/07. El interesado debe remitirse a las autoridades educativas de la jurisdicción donde resida o a la escuela estatal más cercana para rendir las asignaturas de formación nacional. Luego de aprobar dichas asignaturas, deberá iniciar el trámite a la Dirección correspondiente, para la obtención de la certificación correspondiente.