La programación didáctica que presentamos a continuación es un instrumento específico de planificación, desarrollo y evaluación de la materia, adaptado a lo establecido en la siguiente normativa:
Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE).
Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.
Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional establecido por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado básico y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de Formación Profesional Básica en Andalucía. (Boletín número 147 de 02/08/2016)
Decreto 102/2023, de 9 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales, se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se determina el proceso de tránsito entre las diferentes etapas educativas.
Resolución de 26 de junio de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se dictan Instrucciones para regular aspectos relativos a la organización y al funcionamiento del curso 2024/2025 en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Para su desarrollo se han tenido en cuenta los criterios generales establecidos en el proyecto educativo, así como las necesidades y características del alumnado. Ha sido elaborada por los equipos de ciclo y aprobada por el Claustro de Profesorado. No obstante, se podrán actualizar o modificar, en su caso, tras los procesos de autoevaluación.
La presente programación didáctica de los ámbitos en los ciclos formativos de grado medio se fundamenta en los principios generales establecidos en la normativa vigente, concretamente en el **Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo**, el **Decreto 102/2023, de 9 de mayo** y la **Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo**, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
El Real Decreto 217/2022 establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), resaltando la importancia de una educación integral que desarrolle competencias clave en el alumnado. Este decreto promueve una formación que facilite la transición al mundo laboral y la participación activa en la sociedad, atendiendo a la diversidad y fomentando la igualdad de oportunidades.
Por su parte, el Decreto 102/2023, desarrolla el currículo de la ESO en Andalucía, enfatizando la contextualización de los aprendizajes y la adaptación a las necesidades específicas del entorno andaluz. Este decreto impulsa la integración de conocimientos en ámbitos, favoreciendo una visión interdisciplinar que enriquece el proceso educativo.
La Ley Orgánica 3/2022 redefine la Formación Profesional, integrándose en un sistema más flexible y adaptado a las demandas del mercado laboral actual. Esta ley apuesta por una formación modular y acumulable, facilitando itinerarios formativos personalizados que permitan la actualización y especialización continua del alumnado.
En este marco normativo, la programación didáctica de los ámbitos cobra especial relevancia al:
Fomentar una educación integral: Integrando conocimientos de diferentes áreas para desarrollar competencias clave y preparar al alumnado para los desafíos del siglo XXI.
Atender a la diversidad: Ofreciendo metodologías y estrategias didácticas que se adaptan a las distintas necesidades y ritmos de aprendizaje, promoviendo la inclusión y equidad educativa.
Facilitar la transición al mundo laboral: Enfocando los aprendizajes hacia competencias profesionales demandadas, mejorando la empleabilidad y adaptabilidad del alumnado.
Promover la interdisciplinariedad: Rompiendo barreras entre materias para ofrecer una formación más coherente y significativa, que refleje la complejidad del mundo real.
La integración de estos principios en la programación didáctica de los ámbitos asegura una formación de calidad, coherente con las directrices nacionales y autonómicas. Además, responde a la necesidad de formar profesionales competentes, críticos y comprometidos con el desarrollo sostenible y social de Andalucía.
En conclusión, esta programación didáctica se justifica plenamente al alinearse con los objetivos y principios establecidos en la normativa vigente, garantizando una educación adaptada a las necesidades del alumnado y a las exigencias de la sociedad actual.
ENLACE DOCUMENTO 00.- JUSTIFICACIÓN DE LA PD, FINES y PRINCIPIOS GENERALES DE LA ETAPA - CFGB
OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA:
Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria.
Artículo 7. Objetivos.
La Educación Secundaria Obligatoria contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan:
Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a las demás personas, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática.
Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal.
Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos. Rechazar los estereotipos que supongan discriminación entre hombres y mujeres.
Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con las demás personas, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos.
Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos. Desarrollar las competencias tecnológicas básicas y avanzar en una reflexión ética sobre su funcionamiento y utilización.
Concebir el conocimiento científico como un saber integrado, que se estructura en distintas disciplinas, así como conocer y aplicar los métodos para identificar los problemas en los diversos campos del conocimiento y de la experiencia.
Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades.
Comprender y expresar con corrección, oralmente y por escrito, en la lengua castellana y, si la hubiere, en la lengua cooficial de la comunidad autónoma, textos y mensajes complejos, e iniciarse en el conocimiento, la lectura y el estudio de la literatura.
Comprender y expresarse en una o más lenguas extranjeras de manera apropiada.
Conocer, valorar y respetar los aspectos básicos de la cultura y la historia propias y de las demás personas, así como el patrimonio artístico y cultural.
Conocer y aceptar el funcionamiento del propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias, afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Conocer y valorar la dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad. Valorar críticamente los hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo, el cuidado, la empatía y el respeto hacia los seres vivos, especialmente los animales, y el medio ambiente, contribuyendo a su conservación y mejora.
Apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación.
Decreto 102/2023, de 9 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
CAPÍTULO II - Currículo
Artículo 5. Objetivos de la etapa.
La etapa de Educación Secundaria Obligatoria contribuirá a desarrollar en el alumnado las capacidades que le permitan:
Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a las demás personas, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática.
Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal.
Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos. Rechazar los estereotipos que supongan discriminación entre hombres y mujeres.
Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos.
Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos. Desarrollar las competencias tecnológicas básicas y avanzar en una reflexión ética sobre su funcionamiento y utilización.
Concebir el conocimiento científico como un saber integrado, que se estructura en distintas disciplinas, así como conocer y aplicar los métodos para identificar los problemas en los diversos campos del conocimiento y de la experiencia.
Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades.
Comprender y expresar con corrección, oralmente y por escrito, en la lengua castellana, textos y mensajes complejos, e iniciarse en el conocimiento, la lectura y el estudio de la literatura.
Comprender y expresarse en una o más lenguas extranjeras de manera apropiada.
Conocer, valorar y respetar los aspectos básicos de la cultura y la historia propia y de las demás personas, apreciando los elementos específicos de la historia y la cultura andaluza, así como otros hechos diferenciadores como el flamenco, para que sean conocidos, valorados y respetados como patrimonio propio.
Conocer y aceptar el funcionamiento del propio cuerpo y el de las otras personas, respetar las diferencias, afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Conocer y valorar la dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad. Valorar críticamente los hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo, el cuidado, la empatía y el respeto hacia los seres vivos, especialmente los animales y el medioambiente, contribuyendo a su conservación y mejora, reconociendo la riqueza paisajística y medioambiental andaluza.
Apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación.
Conocer y apreciar la peculiaridad lingüística andaluza en todas sus variedades.
Conocer y respetar el patrimonio cultural de Andalucía, partiendo del conocimiento y de la comprensión de nuestra cultura, reconociendo a Andalucía como comunidad de encuentro de culturas.
Vinculación de los Objetivos de la etapa con el Perfil de salida al término de la enseñanza básica:
Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
Artículo 6. Objetivos. Son objetivos del Sistema de Formación Profesional:
El desarrollo de un Sistema de Formación Profesional de calidad a lo largo de la vida, en equidad, significativo personal y socialmente y para el tejido productivo, que satisfaga tanto el desarrollo de la personalidad como las necesidades individuales de cualificación, adaptación y reciclaje profesional, así como las de los sectores productivos, y suponga la creación sostenida de valor para las personas y las empresas.
La cualificación de las personas para el ejercicio de actividades profesionales, promoviendo la adquisición, consolidación y ampliación de competencias profesionales y básicas con la polivalencia y funcionalidad necesarias para el acceso al empleo, la continuidad en el mismo y la progresión y desarrollo profesional, así como la rápida adaptación a los retos de futuro derivados de entornos de trabajo complejos.
La puesta a disposición de las empresas y sectores productivos de los perfiles profesionales necesarios en cada momento, teniendo en cuenta el carácter determinante, para la competitividad de las empresas, de la cualificación de las personas trabajadoras, su flexibilidad, rapidez de adaptación, polivalencia y transversalidad.
La observación continua de la evolución de la demanda y la oferta de profesiones, ocupaciones y perfiles en el mercado de trabajo para la prospección e identificación de las necesidades de cualificación.
La oferta de formación actualizada y suficiente, que incorpore de manera proactiva y ágil tanto las competencias profesionales emergentes, como la innovación, la investigación aplicada, el emprendimiento, la digitalización, la sostenibilidad y la emergencia climática, en tanto que factores estructurales de éxito en el nuevo modelo económico.
La configuración flexible, modular y acorde con los planteamientos a escala de la Unión Europea de la formación profesional, basada en itinerarios formativos i) accesibles, progresivos, acumulables y adaptados a las necesidades individuales y colectivas, teniendo en cuenta la edad, el sexo, la discapacidad en su caso, y la situación personal o laboral y ii) dirigidos a un abanico de perfiles profesionales comprensivo, desde los generalistas hasta los altamente especializados.
El impulso de la dimensión dual de la formación profesional y de sus vínculos con el sistema productivo en un marco de colaboración público-privada entre administraciones, centros, empresas u organismos equiparados, organizaciones empresariales y sindicales, entidades y tercer sector para la creación conjunta de valor, el alineamiento de los objetivos y proyectos estratégicos comunes, la superación de la brecha urbano/rural a través de una adecuada adaptación territorial, y el uso eficaz de los recursos en entornos formativos y profesionales.
La definición y el establecimiento de un modelo de gobernanza, respetuoso con los ámbitos competenciales, que incorpore el papel de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas y su participación y cooperación con los poderes públicos en las políticas del Sistema de Formación Profesional.
La facilitación de la acreditación y el reconocimiento de las competencias profesionales vinculadas al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales, adquiridas mediante la experiencia laboral u otras vías no formales o informales.
La provisión de orientación profesional que facilite a las personas, a lo largo de la vida, la toma de decisiones en la elección y gestión de sus carreras formativas y profesionales, combatiendo los estereotipos de género, los relacionados con la discapacidad o las necesidades específicas de apoyo educativo, colaborando en la construcción de una identidad profesional motivadora de futuros aprendizajes y adaptaciones a la evolución de los procesos productivos y al cambio social, y favoreciendo el conocimiento de las oportunidades existentes o emergentes en los entornos rurales y las zonas en declive demográfico.
El fomento de la igualdad efectiva de oportunidades entre las personas en el acceso y desarrollo de su proceso de formación profesional para todo tipo de opciones profesionales, y la eliminación de la segregación formativa existente entre mujeres y hombres.
La promoción de la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y, en general, de personas y colectivos con dificultades de inserción socio laboral en el acceso y el proceso de formación profesional habilitante y facilitadora de la inserción en el mercado laboral.
El incremento de la presencia social de la formación profesional como opción de valor para el empleo y la progresión académica, tanto reforzando la relación y cooperación entre los sistemas de formación profesional y universitario, como contribuyendo a la erradicación del abandono temprano sin una cualificación profesional que garantice una empleabilidad sostenida.
El impulso de la participación de las personas adultas, para su cualificación o recualificación, en acciones de formación profesional como elemento integrado en el desempeño profesional y la vida laboral y única forma de lograr el mayor grado de especialización que demandan ámbitos cada vez más complejos.
La promoción de la planificación integrada en cada territorio de una oferta de formación profesional a lo largo de la vida, así como de la complementariedad de las redes de centros de formación profesional, y el uso compartido de sus instalaciones y recursos.
La generación de circuitos inter-autonómicos y transnacionales de trasferencia de conocimiento entre centros, empresas u organismos equiparados, entidades, docentes, y personas en formación, promoviendo proyectos de movilidad.
La extensión del conocimiento de lenguas extranjeras en el ámbito profesional.
La actualización permanente de las competencias del personal docente y formador que les permitan diseñar y adecuar los procesos formativos acordes con las nuevas necesidades productivas y sectoriales, así como a las propias del alumnado, especialmente el alumnado con necesidades específicas.
La puesta en marcha y el mantenimiento de un proceso de evaluación y mejora continua de la calidad del Sistema de Formación Profesional, en particular su carácter dual, que proporcione información sobre su funcionamiento y adecuación a las necesidades formativas individuales y del sistema productivo, y promueva la investigación sobre el modelo de formación profesional, así como su impacto sobre las dimensiones de mejora del empleo y de la productividad.
Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria:
Artículo 11. Competencias clave y perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica.
A efectos de este real decreto, las competencias clave son las siguientes:
a) Competencia en comunicación lingüística.
b) Competencia plurilingüe.
c) Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería.
d) Competencia digital.
e) Competencia personal, social y de aprender a aprender.
f) Competencia ciudadana.
g) Competencia emprendedora.
h) Competencia en conciencia y expresión culturales.
El Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica fija las competencias clave que el alumnado debe haber adquirido y desarrollado al finalizar la enseñanza básica. Constituye el referente último del desempeño competencial, tanto en la evaluación de las distintas etapas y modalidades de la formación básica, como para la titulación de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Fundamenta el resto de decisiones curriculares, así como las estrategias y orientaciones metodológicas en la práctica lectiva.
En el anexo I se definen cada una de las competencias clave y el Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica.
Las enseñanzas mínimas que establece este real decreto tienen por objeto garantizar el desarrollo de las competencias clave previsto en el Perfil de salida. Los currículos establecidos por las administraciones educativas y la concreción de los mismos que los centros realicen en sus proyectos educativos tendrán, asimismo, como referente dicho Perfil de salida.
Decreto 102/2023, de 9 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 3. Definiciones.
A efectos de los elementos que articulan el currículo, y teniendo en cuenta el artículo 2 del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, se entenderá por:
Objetivos: logros que se espera que el alumnado haya alcanzado al finalizar la etapa y cuya consecución está vinculada a la adquisición de las competencias clave.
Competencias clave: desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo, y afrontar los principales retos y desafíos globales y locales. Son la adaptación al Sistema Educativo español de las competencias clave establecidas en la Recomendación del Consejo de la Unión Europea, de 22 de mayo de 2018, relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente.
Competencias específicas: desempeños que el alumnado debe poder desplegar en actividades o en situaciones cuyo abordaje requiere de los saberes básicos de cada materia o ámbito. Las competencias específicas constituyen un elemento de conexión entre, por una parte, las competencias clave y, por otra, los saberes básicos de las materias o ámbitos y los criterios de evaluación.
Criterios de evaluación: referentes que indican los niveles de desempeño esperados en el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada materia o ámbito en un momento determinado de su proceso de aprendizaje.
Saberes básicos: conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos propios de una materia o ámbito y cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las competencias específicas.
Situaciones de aprendizaje: situaciones y actividades que implican el despliegue por parte del alumnado de actuaciones asociadas a competencias clave y competencias específicas, y que contribuyen a la adquisición y desarrollo de las mismas.
Asimismo, según lo dispuesto en el artículo 11.2 del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, el Perfil de salida identifica y define las competencias clave que el alumnado debe haber desarrollado al finalizar la Educación Básica e introduce orientaciones sobre el nivel de desempeño esperado al término de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria.
Además de los elementos descritos en los apartados 1 y 2, en la Comunidad Autónoma de Andalucía se entenderá por Perfil competencial la guía que identifica y define las competencias clave que el alumnado debe haber adquirido y desarrollado al finalizar segundo curso e introduce los descriptores operativos que orientan sobre el nivel de desempeño esperado al término del mismo, así como de la etapa. Los perfiles se encuentran recogidos en el anexo de este decreto.
ANEXO
PERFIL COMPETENCIAL DEL ALUMNADO AL TÉRMINO DEL SEGUNDO CURSO DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y PERFIL DE SALIDA AL TÉRMINO DE LA ENSEÑANZA BÁSICA
Con carácter general, debe entenderse que la consecución de las competencias y los objetivos previstos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación para las distintas etapas educativas están vinculados a la adquisición y al desarrollo de las competencias clave recogidas en estos perfiles, y son las siguientes:
Competencia en comunicación lingüística.
Competencia plurilingüe.
Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería.
Competencia digital.
Competencia personal, social y de aprender a aprender.
Competencia ciudadana.
Competencia emprendedora.
Competencia en conciencia y expresiones culturales.
La transversalidad es una condición inherente al Perfil competencial y al Perfil de salida, en el sentido de que todos los aprendizajes contribuyen a su consecución. De la misma manera, la adquisición de cada una de las competencias clave contribuye a la adquisición de todas las demás. No existe jerarquía entre ellas, ni puede establecerse una correspondencia exclusiva con una única materia o ámbito, sino que todas se concretan en los aprendizajes de las distintas materias o ámbitos y, a su vez, se adquieren y desarrollan a partir de los aprendizajes que se producen en el conjunto de las mismas.
Descriptores operativos de las competencias clave en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria y en la Enseñanza Básica.
En cuanto a la dimensión aplicada de las competencias clave, se ha definido para cada una de ellas un conjunto de descriptores operativos, partiendo de los diferentes marcos europeos de referencia existentes.
Los descriptores operativos de las competencias clave constituyen, junto con los objetivos de la etapa, el marco referencial a partir del cual se concretan las competencias específicas de cada materia o ámbito. Esta vinculación entre descriptores operativos y competencias específicas propicia que de la evaluación de estas últimas pueda colegirse el grado de adquisición de las competencias clave definidas en el Perfil competencial y el Perfil de salida y, por tanto, la consecución de las competencias y objetivos previstos para cada etapa.
Dado que las competencias se adquieren necesariamente de forma secuencial y progresiva, se incluyen en el Perfil competencial los descriptores operativos que orientan sobre el nivel de desempeño esperado al completar el segundo curso de la etapa, favoreciendo y explicitando así la continuidad, la coherencia y la cohesión entre los cursos que componen la etapa.
GRADUACIÓN DE LAS COMPETENCIAS CLAVE CON SUS DESCRIPTORES AL TÉRMINO DE LA ENSEÑANZA BÁSICA
Teniendo en cuenta lo regulado en el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del presente decreto, se presentan a continuación los descriptores de cada una de las competencias clave secuenciados en el segundo curso de la etapa, tomando como referente el Perfil de salida del alumnado al término de la Enseñanza Básica y correspondiendo el cuarto curso con el Perfil de salida del alumno o alumna al finalizar dicha etapa.
COMPETENCIA EN COMUNICACIÓN LINGÜÍSTICA
La competencia en comunicación lingüística supone interactuar de forma oral, escrita, signada o multimodal de manera coherente y adecuada en diferentes ámbitos y contextos y con diferentes propósitos comunicativos. Implica movilizar, de manera consciente, el conjunto de conocimientos, destrezas y actitudes que permiten comprender, interpretar y valorar críticamente mensajes orales, escritos, signados o multimodales evitando los riesgos de manipulación y desinformación, así como comunicarse eficazmente con otras personas de manera cooperativa, creativa, ética y respetuosa.
La competencia en comunicación lingüística constituye la base para el pensamiento propio y para la construcción del conocimiento en todos los ámbitos del saber. Por ello, su desarrollo está vinculado a la reflexión explícita acerca del funcionamiento de la lengua en los géneros discursivos específicos de cada área de conocimiento, así como a los usos de la oralidad, la escritura o la signación para pensar y para aprender. Por último, hace posible apreciar la dimensión estética del lenguaje y disfrutar de la cultura literaria.
Descriptores operativos al finalizar la Enseñanza Básica
AL COMPLETAR LA ENSEÑANZA BÁSICA, EL ALUMNO O ALUMNA…
CCL1. Se expresa de forma oral, escrita, signada o multimodal con coherencia, corrección y adecuación a los diferentes contextos sociales, y participa en interacciones comunicativas con actitud cooperativa y respetuosa tanto para intercambiar información, crear conocimiento y transmitir opiniones, como para construir vínculos personales.
CCL2. Comprende, interpreta y valora con actitud crítica textos orales, escritos, signados o multimodales de los ámbitos personal, social, educativo y profesional para participar en diferentes contextos de manera activa e informada y para construir conocimiento.
CCL3. Localiza, selecciona y contrasta de manera progresivamente autónoma información procedente de diferentes fuentes evaluando su fiabilidad y pertinencia en función de los objetivos de lectura y evitando los riesgos de manipulación y desinformación, y la integra y transforma en conocimiento para comunicarla adoptando un punto de vista creativo, crítico y personal a la par que respetuoso con la propiedad intelectual.
CCL4. Lee con autonomía obras diversas adecuadas a su edad, seleccionando las que mejor se ajustan a sus gustos e intereses; aprecia el patrimonio literario como cauce privilegiado de la experiencia individual y colectiva; y moviliza su propia experiencia biográfica y sus conocimientos literarios y culturales para construir y compartir su interpretación de las obras y para crear textos de intención literaria de progresiva complejidad.
CCL5. Pone sus prácticas comunicativas al servicio de la convivencia democrática, la resolución dialogada de los conflictos y la igualdad de derechos de todas las personas,evitando los usos discriminatorios, así como los abusos de poder para favorecer la utilización no solo eficaz sino también ética de los diferentes sistemas de comunicación.
COMPETENCIA PLURILINGÜE
La competencia plurilingüe implica utilizar distintas lenguas, orales o signadas, de forma apropiada y eficaz para el aprendizaje y la comunicación. Esta competencia supone reconocer y respetar los perfiles lingüísticos individuales y aprovechar las experiencias propias para desarrollar estrategias que permitan mediar y hacer transferencias entre lenguas, incluidas las clásicas, y, en su caso, mantener y adquirir destrezas en la lengua o lenguas familiares y en las lenguas oficiales. Integra, asimismo, dimensiones históricas e interculturales orientadas a conocer, valorar y respetar la diversidad lingüística y cultural de la sociedad con el objetivo de fomentar la convivencia democrática.
Descriptores operativos al finalizar la Enseñanza Básica
AL COMPLETAR LA ENSEÑANZA BÁSICA, EL ALUMNO O ALUMNA…
CP1. Usa eficazmente una o más lenguas, además de la lengua o lenguas familiares, para responder a sus necesidades comunicativas, de manera apropiada y adecuada tanto a su desarrollo e intereses como a diferentes situaciones y contextos de los ámbitos personal, social, educativo y profesional.
CP2. A partir de sus experiencias, realiza transferencias entre distintas lenguas como estrategia para comunicarse y ampliar su repertorio lingüístico individual.
CP3. Conoce, valora y respeta la diversidad lingüística y cultural presente en la sociedad, integrándola en su desarrollo personal como factor de diálogo, para fomentar la cohesión social.
COMPETENCIA MATEMÁTICA Y COMPETENCIA EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INGENIERÍA (STEM)
La competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería (competencia STEM por sus siglas en inglés) entraña la comprensión del mundo utilizando los métodos científicos, el pensamiento y representación matemáticos, la tecnología y los métodos de la ingeniería para transformar el entorno de forma comprometida, responsable y sostenible.
La competencia matemática permite desarrollar y aplicar la perspectiva y el razonamiento matemáticos con el fin de resolver diversos problemas en diferentes contextos.
La competencia en ciencia conlleva la comprensión y explicación del entorno natural y social, utilizando un conjunto de conocimientos y metodologías, incluidas la observación y la experimentación, con el fin de plantear preguntas y extraer conclusiones basadas en pruebas para poder interpretar y transformar el mundo natural y el contexto social.
La competencia en tecnología e ingeniería comprende la aplicación de los conocimientos y metodologías propios de las ciencias para transformar nuestra sociedad de acuerdo con las necesidades o deseos de las personas en un marco de seguridad, responsabilidad y sostenibilidad.
Descriptores operativos al finalizar la Enseñanza Básica
AL COMPLETAR LA ENSEÑANZA BÁSICA, EL ALUMNO O ALUMNA…
STEM1. Utiliza métodos inductivos y deductivos propios del razonamiento matemático en situaciones conocidas y selecciona y emplea diferentes estrategias para resolver problemas analizando críticamente las soluciones y reformulando el procedimiento, si fuera necesario.
STEM2. Utiliza el pensamiento científico para entender y explicar los fenómenos que ocurren a su alrededor, confiando en el conocimiento como motor de desarrollo, planteándose preguntas y comprobando hipótesis mediante la experimentación y la indagación, utilizando herramientas e instrumentos adecuados, apreciando la importancia de la precisión y la veracidad y mostrando una actitud crítica acerca del alcance y las limitaciones de la ciencia.
STEM3. Plantea y desarrolla proyectos diseñando, fabricando y evaluando diferentes prototipos o modelos para generar o utilizar productos que den solución a una necesidad o problema de forma creativa y en equipo, procurando la participación de todo el grupo, resolviendo pacíficamente los conflictos que puedan surgir, adaptándose ante la incertidumbre y valorando la importancia de la sostenibilidad.
STEM4. Interpreta y transmite los elementos más relevantes de procesos, razonamientos, demostraciones, métodos y resultados científicos, matemáticos y tecnológicos de forma clara y precisa y en diferentes formatos (gráficos, tablas, diagramas, fórmulas, esquemas, símbolos…), y aprovechando de forma crítica la cultura digital e incluyendo el lenguaje matemático-formal, con ética y responsabilidad para compartir y construir nuevos conocimientos.
STEM5. Emprende acciones fundamentadas científicamente para promover la salud física, mental y social, y preservar el medio ambiente y los seres vivos; y aplica principios de ética y seguridad en la realización de proyectos para transformar su entorno próximo de forma sostenible, valorando su impacto global y practicando el consumo responsable.
COMPETENCIA DIGITAL
La competencia digital implica el uso seguro, saludable, sostenible, crítico y responsable de las tecnologías digitales para el aprendizaje, para el trabajo y para la participación en la sociedad, así como la interacción con estas.
Incluye la alfabetización en información y datos, la comunicación y la colaboración, la educación mediática, la creación de contenidos digitales (incluida la programación), la seguridad (incluido el bienestar digital y las competencias relacionadas con la ciberseguridad), asuntos relacionados con la ciudadanía digital, la privacidad, la propiedad intelectual, la resolución de problemas y el pensamiento computacional y crítico.
Descriptores operativos al finalizar la Enseñanza Básica
AL COMPLETAR LA ENSEÑANZA BÁSICA, EL ALUMNO O ALUMNA…
CD1. Realiza búsquedas en internet atendiendo a criterios de validez, calidad, actualidad y fiabilidad, seleccionando los resultados de manera crítica y archivándolos, para recuperarlos, referenciarlos y reutilizarlos, respetando la propiedad intelectual.
CD2. Gestiona y utiliza su entorno personal digital de aprendizaje para construir conocimiento y crear contenidos digitales, mediante estrategias de tratamiento de la información y el uso de diferentes herramientas digitales, seleccionando y configurando la más adecuada en función de la tarea y de sus necesidades de aprendizaje permanente.
CD3. Se comunica, participa, colabora e interactúa compartiendo contenidos, datos e información mediante herramientas o plataformas virtuales, y gestiona de manera responsable sus acciones, presencia y visibilidad en la red, para ejercer una ciudadanía digital activa, cívica y reflexiva.
CD4. Identifica riesgos y adopta medidas preventivas al usar las tecnologías digitales para proteger los dispositivos, los datos personales, la salud y el medioambiente, y para tomar conciencia de la importancia y necesidad de hacer un uso crítico, legal, seguro, saludable y sostenible de dichas tecnologías.
CD5. Desarrolla aplicaciones informáticas sencillas y soluciones tecnológicas creativas y sostenibles para resolver problemas concretos o responder a retos propuestos, mostrando interés y curiosidad por la evolución de las tecnologías digitales y por su desarrollo sostenible y uso ético.
COMPETENCIA PERSONAL, SOCIAL Y DE APRENDER A APRENDER
La competencia personal, social y de aprender a aprender implica la capacidad de reflexionar sobre uno mismo para autoconocerse, aceptarse y promover un crecimiento personal constante; gestionar el tiempo y la información eficazmente; colaborar con otros de forma constructiva; mantener la resiliencia; y gestionar el aprendizaje a lo largo de la vida. Incluye también la capacidad de hacer frente a la incertidumbre y a la complejidad; adaptarse a los cambios; aprender a gestionar los procesos metacognitivos; identificar conductas contrarias a la convivencia y desarrollar estrategias para abordarlas; contribuir al bienestar físico, mental y emocional propio y de las demás personas, desarrollando habilidades para cuidarse a sí mismo y a quienes lo rodean a través de la corresponsabilidad; ser capaz de llevar una vida orientada al futuro; así como expresar empatía y abordar los conflictos en un contexto integrador y de apoyo.
Descriptores operativos al finalizar la Enseñanza Básica
AL COMPLETAR LA ENSEÑANZA BÁSICA, EL ALUMNO O ALUMNA…
CPSAA1. Regula y expresa sus emociones, fortaleciendo el optimismo, la resiliencia, la autoeficacia y la búsqueda de propósito y motivación hacia el aprendizaje, para gestionar los retos y cambios y armonizarlos con sus propios objetivos.
CPSAA2. Comprende los riesgos para la salud relacionados con factores sociales, consolida estilos de vida saludable a nivel físico y mental, reconoce conductas contrarias a la convivencia y aplica estrategias para abordarlas.
CPSAA3. Comprende proactivamente las perspectivas y las experiencias de las demás personas y las incorpora a su aprendizaje, para participar en el trabajo en grupo, distribuyendo y aceptando tareas y responsabilidades de manera equitativa y empleando estrategias cooperativas.
CPSAA4. Realiza autoevaluaciones sobre su proceso de aprendizaje, buscando fuentes fiables para validar, sustentar y contrastar la información y para obtener conclusiones relevantes.
CPSAA5. Planea objetivos a medio plazo y desarrolla procesos metacognitivos de retroalimentación para aprender de sus errores en el proceso de construcción del conocimiento.
COMPETENCIA CIUDADANA
La competencia ciudadana contribuye a que alumnos y alumnas puedan ejercer una ciudadanía responsable y participar plenamente en la vida social y cívica, basándose en la comprensión de los conceptos y las estructuras sociales, económicas, jurídicas y políticas, así como en el conocimiento de los acontecimientos mundiales y el compromiso activo con la sostenibilidad y el logro de una ciudadanía mundial. Incluye la alfabetización cívica, la adopción consciente de los valores propios de una cultura democrática fundada en el respeto a los derechos humanos, la reflexión crítica acerca de los grandes problemas éticos de nuestro tiempo y el desarrollo de un estilo de vida sostenible acorde con los Objetivos de Desarrollo Sostenible planteados en la Agenda 2030.
Descriptores operativos al finalizar la Enseñanza Básica
AL COMPLETAR LA ENSEÑANZA BÁSICA, EL ALUMNO O ALUMNA…
CC1. Analiza y comprende ideas relativas a la dimensión social y ciudadana de su propia identidad, así como a los hechos culturales, históricos y normativos que la determinan, demostrando respeto por las normas, empatía, equidad y espíritu constructivo en la interacción con los demás en cualquier contexto.
CC2. Analiza y asume fundadamente los principios y valores que emanan del proceso de integración europea, la Constitución española y los derechos humanos y de la infancia, participando en actividades comunitarias, como la toma de decisiones o la resolución de conflictos, con actitud democrática, respeto por la diversidad, y compromiso con la igualdad de género, la cohesión social, el desarrollo sostenible y el logro de la ciudadanía mundial.
CC3. Comprende y analiza problemas éticos fundamentales y de actualidad, considerando críticamente los valores propios y ajenos, y desarrollando juicios propios para afrontar la controversia moral con actitud dialogante, argumentativa, respetuosa, y opuesta a cualquier tipo de discriminación o violencia.
CC4. Comprende las relaciones sistémicas de interdependencia, ecodependencia e interconexión entre actuaciones locales y globales, y adopta, de forma consciente y motivada, un estilo de vida sostenible y ecosocialmente responsable.
COMPETENCIA EMPRENDEDORA
La competencia emprendedora implica desarrollar un enfoque vital dirigido a actuar sobre oportunidades e ideas, utilizando los conocimientos específicos necesarios para generar resultados de valor para otras personas. Aporta estrategias que permiten adaptar la mirada para detectar necesidades y oportunidades; entrenar el pensamiento para analizar y evaluar el entorno, y crear y replantear ideas utilizando la imaginación, la creatividad, el pensamiento estratégico y la reflexión ética, crítica y constructiva dentro de los procesos creativos y de innovación; y despertar la disposición a aprender, a arriesgar y a afrontar la incertidumbre. Asimismo, implica tomar decisiones basadas en la información y el conocimiento y colaborar de manera ágil con otras personas, con motivación, empatía y habilidades de comunicación y de negociación, para llevar las ideas planteadas a la acción mediante la planificación y gestión de proyectos sostenibles de valor social, cultural y económico-financiero.
Descriptores operativos al finalizar la Enseñanza Básica
AL COMPLETAR LA ENSEÑANZA BÁSICA, EL ALUMNO O ALUMNA…
CE1. Analiza necesidades y oportunidades y afronta retos con sentido crítico, haciendo balance de su sostenibilidad, valorando el impacto que puedan suponer en el entorno, para presentar ideas y soluciones innovadoras, éticas y sostenibles, dirigidas a crear valor en el ámbito personal, social, educativo y profesional.
CE2. Evalúa las fortalezas y debilidades propias, haciendo uso de estrategias de autoconocimiento y autoeficacia, y comprende los elementos fundamentales de la economía y las finanzas, aplicando conocimientos económicos y financieros a actividades y situaciones concretas, utilizando destrezas que favorezcan el trabajo colaborativo y en equipo, para reunir y optimizar los recursos necesarios que lleven a la acción una experiencia emprendedora que genere valor.
CE3. Desarrolla el proceso de creación de ideas y soluciones valiosas y toma decisiones, de manera razonada, utilizando estrategias ágiles de planificación y gestión, y reflexiona sobre el proceso realizado y el resultado obtenido, para llevar a término el proceso de creación de prototipos innovadores y de valor, considerando la experiencia como una oportunidad para aprender.
COMPETENCIA EN CONCIENCIA Y EXPRESIONES CULTURALES
La competencia en conciencia y expresiones culturales supone comprender y respetar el modo en que las ideas, las opiniones, los sentimientos y las emociones se expresan y se comunican de forma creativa en distintas culturas y por medio de una amplia gama de manifestaciones artísticas y culturales. Implica también un compromiso con la comprensión, el desarrollo y la expresión de las ideas propias y del sentido del lugar que se ocupa o del papel que se desempeña en la sociedad. Asimismo, requiere la comprensión de la propia identidad en evolución y del patrimonio cultural en un mundo caracterizado por la diversidad, así como la toma de conciencia de que el arte y otras manifestaciones culturales pueden suponer una manera de mirar el mundo y de darle forma.
Descriptores operativos al finalizar la Enseñanza Básica
AL COMPLETAR LA ENSEÑANZA BÁSICA, EL ALUMNO O ALUMNA…
CCEC1. Conoce, aprecia críticamente y respeta el patrimonio cultural y artístico, implicándose en su conservación y valorando el enriquecimiento inherente a la diversidad cultural y artística.
CCEC2. Disfruta, reconoce y analiza con autonomía las especificidades e intencionalidades de las manifestaciones artísticas y culturales más destacadas del patrimonio, distinguiendo los medios y soportes, así como los lenguajes y elementos técnicos que las caracterizan.
CCEC3. Expresa ideas, opiniones, sentimientos y emociones por medio de producciones culturales y artísticas, integrando su propio cuerpo y desarrollando la autoestima, la creatividad y el sentido del lugar que ocupa en la sociedad, con una actitud empática, abierta y colaborativa.
CCEC4. Conoce, selecciona y utiliza con creatividad diversos medios y soportes, así como técnicas plásticas, visuales, audiovisuales, sonoras o corporales, para la creación de productos artísticos y culturales, tanto de forma individual como colaborativa, identificando oportunidades de desarrollo personal, social y laboral, así como de emprendimiento.
NORMATIVA:
Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria.
INSTRUCCIÓN CONJUNTA 1/2022, DE 23 DE JUNIO, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, POR LA QUE SE ESTABLECEN ASPECTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO PARA LOS CENTROS QUE IMPARTAN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA PARA EL CURSO 2022/2023.
COMPETENCIAS ESPECÍFICAS:
Reconocer los motivos por los que ocurren los principales fenómenos naturales, a partir de situaciones cotidianas, y explicarlos en términos de las leyes y teorías científicas adecuadas, para poner en valor la contribución de la ciencia a la sociedad.
El aprendizaje de las ciencias desde la perspectiva integradora del enfoque STEM tiene como base importante el reconocimiento de los fundamentos científicos de los fenómenos que ocurren en el mundo real. Los alumnos y alumnas competentes reconocen los porqués científicos de lo que sucede a su alrededor, interpretándolo a través de las leyes y teorías correctas. Esto posibilita que el alumnado establezca relaciones constructivas entre la ciencia, su entorno profesional y su vida cotidiana, lo que les permite desarrollar habilidades para hacer interpretaciones de otros fenómenos diferentes, aunque no hayan sido estudiados previamente. Al adquirir esta competencia específica, se despierta en ellos un interés por la ciencia y por la mejora del entorno y de la calidad de vida.
Aspectos tan importantes como la conservación del medio ambiente o la preservación de la salud tienen una base científica. Comprender su explicación y sus fundamentos básicos, así como su funcionamiento otorga al alumnado un mejor entendimiento de la realidad, lo que favorece una un gran significado para la participación activa en el entorno educativo y profesional, como ciudadanas y ciudadanos implicados y comprometidos con el desarrollo global sostenible en el marco de una sociedad inclusiva.
Esta competencia específica se conecta con los siguientes descriptores del Perfil de salida: CCL1, STEM1, STEM2, STEM4, CD1, CD2, CD3, CPSAA4, CC3, CCCEC1.
Utilizar los métodos científicos, haciendo indagaciones y llevando a cabo proyectos, para desarrollar los razonamientos propios del pensamiento científico y mejorar las destrezas en el uso de las metodologías científicas.
El desempeño de destrezas científicas conlleva un dominio progresivo en el uso de las metodologías propias del trabajo científico, para llevar a cabo investigaciones e indagaciones sobre aspectos clave del mundo natural. Para el alumnado competente, el desarrollo de esta competencia específica supone alcanzar la capacidad de realizar observaciones sobre el entorno cotidiano, formular preguntas e hipótesis acerca de él y comprobar la veracidad de las mismas mediante el empleo de la experimentación, utilizando las herramientas y normativas que sean más convenientes en cada caso.
Además, desenvolverse en el uso de las metodologías científicas supone una herramienta fundamental en el marco integrador del trabajo colaborativo por proyectos que se lleva a cabo en la ciencia, y cobra especial importancia en la formación profesional, por contribuir a conformar el perfil profesional de las alumnas y alumnos. Por este motivo es fundamental que desarrollen esta competencia específica a través de la práctica, pudiendo ser capaz de conservar estas actitudes en el ejercicio de su profesión en el futuro.
El pensamiento científico favorece la reflexión y el análisis de las causas de los problemas. Por ello, tanto en el campo tecnológico como en el profesional, e incluso en la vida cotidiana, esta forma de pensar nos lleva a buscar las verdaderas causas de los problemas y, al tiempo, las soluciones más justas y equilibradas.
Esta competencia específica se conecta con los siguientes descriptores del Perfil de salida: CCL2, STEM1, STEM2, STEM3, STEM4, CD1, CD3, CPSAA4, CPSAA5, CE1.
Analizar los efectos de determinadas acciones cotidianas o del entorno profesional sobre la salud, el medio natural y social, basándose en fundamentos científicos, para valorar la importancia de los hábitos que mejoran la salud individual y colectiva, evitan o minimizan los impactos medioambientales negativos y son compatibles con un desarrollo sostenible.
La actividad humana ha producido importantes alteraciones en el entorno, con un ritmo de avance sin precedentes en la historia de la Tierra. Algunas de estas alteraciones, como el aumento de la temperatura media terrestre, la acumulación de residuos plásticos, la destrucción de ecosistemas, disminución de la disponibilidad de agua potable y otros recursos, así como la dramática reducción de las poblaciones de abejas, entre otros, podrían poner en grave peligro algunas actividades humanas esenciales entre las que destaca la producción de alimentos.
Asimismo, el modelo de desarrollo económico actual ha favorecido la adopción de ciertos hábitos perjudiciales (como las dietas ricas en grasas y azúcares, el sedentarismo y la adicción a las nuevas tecnologías) cada vez más comunes entre los ciudadanos del mundo desarrollado. Esto ha dado lugar a un aumento de la frecuencia de algunas patologías que constituyen importantes problemas de la sociedad actual.
Sin embargo, determinadas acciones y hábitos saludables y sostenibles (alimentación sana, ejercicio físico, interacción social, consumo responsable…) pueden contribuir a la preservación y mejora de la salud individual y colectiva, frenando las tendencias medioambientales negativas anteriormente descritas. Por ello, es imprescindible para el pleno desarrollo e integración profesional y personal del alumnado como ciudadano que conozca y aplique los fundamentos científicos que justifican un estilo de vida saludable y sostenible. A esto hay que añadir el hecho del crecimiento exponencial del desarrollo de la actividad industrial, cuestión que podría agotar los recursos naturales de la Tierra (inasumible con los estándares de las sociedades modernas). Por ello, resulta necesario un reconocimiento de las aportaciones individuales de cada ciudadano para que en su conjunto se creen sociedades con una conciencia de sostenibilidad en sus actividades.
Esta competencia específica se conecta con los siguientes descriptores del Perfil de salida: STEM5, CD4, CPSAA2, CC4, CCEC4.
Identificar las ciencias y las matemáticas implicadas en contextos diversos, interrelacionando conceptos y procedimientos, para aplicarlos en situaciones de la vida cotidiana y del ámbito profesional correspondiente.
El conocimiento de ciencias, los fenómenos físicos y las leyes que los regulan, y de su interpretación desde el campo de las matemáticas responde a la necesidad de la sociedad y a los grandes desafíos y retos de carácter multidisciplinar que la humanidad tiene planteados. La presencia del ámbito de Ciencias Aplicadas en el currículo de la Formación Profesional de Grado Básico debe ser valorado por el alumnado como una herramienta esencial para aumentar su competencia científica, permitiéndole conectar los conocimientos que adquiere con su experiencia académica y profesional, haciendo que su aprendizaje sea más significativo y pueda ser empleado con posterioridad en diferentes situaciones.
Por lo tanto, es importante que el alumnado tenga la oportunidad de identificar y experimentar la aplicación de las ciencias y las matemáticas en diferentes contextos, entre los que destacan el personal, el social y el profesional. Este último contexto cobra especial importancia, pues el alumnado debe reconocer el papel del conocimiento científico dentro de su rama profesional. La conexión entre las ciencias y las matemáticas y otros ámbitos no debería limitarse a los saberes conceptuales, sino ampliarse a los procedimientos y actitudes científicos, de forma que puedan ser transferidos y aplicados a otros contextos de la vida real y a la resolución de problemas del entorno personal, social y profesional.
Esta competencia específica se conecta con los siguientes descriptores del Perfil de salida: CCL2, STEM1, STEM2, STEM5, CD3, CPSAA5, CC4, CE1, CCEC2.
Desarrollar destrezas personales identificando y gestionando emociones, poniendo en práctica estrategias de aceptación del error como parte del proceso de aprendizaje y adaptándose ante situaciones de incertidumbre, para mejorar la perseverancia en la consecución de objetivos y la valoración del aprendizaje de las ciencias.
Formular preguntas y resolver problemas científicos o retos más globales en los que intervienen el pensamiento científico y el razonamiento matemático no debe resultar una tarea tediosa para el alumnado, siempre que se le planteen desde el ámbito de su conocimiento y supongan significados. Por ello, es importante el bienestar y el desarrollo de destrezas emocionales dentro del aprendizaje de las ciencias y de las matemáticas, la autoregulación emocional y el interés hacia el aprendizaje del ámbito.
Identificar errores de procedimientos que conllevan resultados adversos y proponer formas alternativas de resolución de los problemas, supone la adquisición de madurez a la hora de adoptar decisiones ante situaciones complicadas.
Por tanto, el desarrollo de esta competencia conlleva identificar y gestionar las emociones, reconocer fuentes de estrés, ser perseverante, pensar de forma crítica y creativa, crear resiliencia y mantener una actitud proactiva ante nuevos retos. Para contribuir a la adquisición de esta competencia es necesario que el alumnado se enfrente a pequeños retos que contribuyan a la reflexión sobre el propio pensamiento, eviten posibles bloqueos y promuevan la mejora del autoconcepto ante el aprendizaje del ámbito.
Esta competencia específica se conecta con los siguientes descriptores del Perfil de salida: STEM5, CD2, CPSAA1, CPSAA4, CPSAA5, CC1, CE1, CE3.
Desarrollar destrezas sociales y trabajar de forma colaborativa en equipos diversos con roles asignados que permitan potenciar el crecimiento entre iguales, valorando la importancia de romper los estereotipos de género en la investigación científica, para el emprendimiento personal y laboral.
El avance científico es producto del esfuerzo colectivo. Rara vez es el resultado del trabajo de un solo individuo. La ciencia implica comunicación y colaboración entre profesionales, en ocasiones adscritos a diferentes disciplinas. Asimismo, para la generación de nuevos conocimientos es esencial que se compartan las conclusiones y procedimientos obtenidos por un grupo de investigación con el resto de la comunidad científica. A su vez, estos conocimientos sirven de base para la construcción de nuevas investigaciones y descubrimientos.
Cabe destacar, además, que la interacción y colaboración resulta de gran importancia en diversos ámbitos profesionales y sociales, no exclusivamente en un contexto científico. El trabajo colaborativo tiene un efecto enriquecedor sobre los resultados obtenidos y en el desarrollo personal de sus participantes, pues permite el intercambio de puntos de vista, en ocasiones muy diversos a priori. La colaboración implica movilizar las destrezas comunicativas y sociales del alumnado y requiere una actitud respetuosa y abierta frente a las ideas ajenas, que valore la importancia de romper los roles de género y estereotipos sexistas. Por este motivo, aprender a trabajar en equipo es imprescindible para el desarrollo profesional y social pleno del alumnado como miembro activo de nuestra sociedad. Es igualmente importante para ellos entender que la complejidad de las tareas científicas que se desarrollan actualmente es inasumible por personas individuales, siendo fundamental necesario ese trabajo en equipo, con una coordinación adecuada que permita aprovechar lo mejor de cada individuo y que el conjunto de estas individualidades sea mayor y más valioso que la suma separada de las mismas.
Esta competencia específica se conecta con los siguientes descriptores del Perfil de salida: CCL5, CP3, STEM2, STEM4, CD3, CPSAA3, CC2, CE2.
Interpretar y modelizar en términos científicos problemas y situaciones de la vida cotidiana y profesional, aplicando diferentes estrategias, formas de razonamiento, herramientas tecnológicas y el pensamiento computacional para hallar y analizar soluciones comprobando su validez.
El razonamiento y la resolución de problemas se considera una destreza esencial no solo para el desarrollo de actividades científicas o técnicas, sino para cualquier otra actividad profesional, por lo que deben ser dos componentes fundamentales en el aprendizaje de las ciencias y de las matemáticas, así como su aplicación en el entorno profesional. Para resolver un problema, es esencial realizar una lectura atenta y comprensiva, interpretar la situación planteada, extraer la información relevante y transformar el enunciado verbal en una forma que pueda ser resuelta mediante procedimientos previamente adquiridos. Este proceso se complementa con la utilización de diferentes formas de razonamiento, tanto deductivo como inductivo, para obtener la solución. Para ello son necesarias la realización de preguntas adecuadas, la elección de estrategias que implican la movilización de conocimientos y la utilización de procedimientos y algoritmos. El pensamiento computacional juega también un papel central en la resolución de problemas, ya que comprende un conjunto de formas de razonamiento como la automatización, el pensamiento algorítmico o la descomposición en partes. El análisis de las soluciones obtenidas potencia la reflexión crítica sobre su validez, tanto desde un punto de vista estrictamente científico como desde una perspectiva global, valorando aspectos relacionados con la sostenibilidad, el consumo responsable, la igualdad de género, la equidad o la no discriminación, entre otros.
El desarrollo de esta competencia fomenta un pensamiento más diverso y flexible, mejora la capacidad del alumnado para resolver problemas en diferentes contextos, amplía la propia percepción sobre las ciencias y enriquece y consolida los conceptos científicos básicos, lo que repercute en un mayor nivel de compromiso, en el incremento de la curiosidad y en la valoración positiva del proceso de aprendizaje, favoreciendo la integración social e iniciación profesional.
Esta competencia especifica se conecta con los siguientes descriptores del Perfil de salida: CCL2, CCL3, STEM1, STEM2, STEM3, CD1, CD2, CD5, CPSAA4, CE1, CCEC3.
Interpretar y transmitir información y datos científicos, contrastando previamente su veracidad, en formato analógico y digital y utilizando lenguaje verbal o gráfico apropiado, para adquirir y afianzar conocimientos del entorno natural, social y profesional.
En los ámbitos científicos, así como en muchas otras situaciones de la vida, existe un constante bombardeo de información que necesita ser seleccionada, interpretada y analizada para utilizarla con fines concretos. La información de carácter científico puede presentarse en formatos muy diversos, como enunciados, gráficas, tablas, modelos, o diagramas, entre otros. Por tanto, es necesario comprenderlos para trabajar de forma adecuada en la ciencia. Asimismo, el lenguaje matemático otorga al aprendizaje de la ciencia una herramienta potente de comunicación global, y los lenguajes específicos de las distintas disciplinas científicas se rigen por normas que es necesario comprender y aplicar.
El alumnado debe ser competente no solo en la selección de información rigurosa y veraz, sino en su interpretación correcta de la información que se le proporciona, en su transmisión a partir de una observación o un estudio. Para ello ha de emplear con corrección distintos formatos y tener en cuenta ciertas normas específicas de comunicación propias de las disciplinas científicas.
Esta competencia específica se conecta con los siguientes descriptores del Perfil de salida: CCL1, CCL2, CCL3, STEM4, CD1, CPSAA4, CC4, CCEC3.
NORMATIVA:
Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria.
INSTRUCCIÓN CONJUNTA 1/2022, DE 23 DE JUNIO, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, POR LA QUE SE ESTABLECEN ASPECTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO PARA LOS CENTROS QUE IMPARTAN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA PARA EL CURSO 2022/2023.
DOCUMENTO DE REFERENCIA:
NORMATIVA:
Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria.
INSTRUCCIÓN CONJUNTA 1/2022, DE 23 DE JUNIO, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, POR LA QUE SE ESTABLECEN ASPECTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO PARA LOS CENTROS QUE IMPARTAN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA PARA EL CURSO 2022/2023.
DOCUMENTO DE REFERENCIA:
El diseño del ámbito de CIENCIAS APLICADAS, está organizado en ámbitos didácticos según se ha explicado en el punto 3 de este documento. Los ámbitos asociados al desarrollo curricular de la asignatura son: Acogidas, Cierres, Talleres y Desafíos.
La temporalización se organiza para 1º CFGB en tres niveles de concreción:
REAL DECRETO 217/2022, DE 29 DE MARZO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN Y LAS ENSEÑANZAS MÍNIMAS DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
Artículo 15. Evaluación.
La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria será continua, formativa e integradora.
En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o una alumna no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades, con especial seguimiento de la situación del alumnado con necesidades educativas especiales, estarán dirigidas a garantizar la adquisición del nivel competencial necesario para continuar el proceso educativo, con los apoyos que cada uno precise.
En la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado deberán tenerse en cuenta como referentes últimos, desde todas y cada una de las materias o ámbitos, la consecución de los objetivos establecidos para la etapa y el grado de adquisición de las competencias clave previstas en el Perfil de salida.
El carácter integrador de la evaluación no impedirá que el profesorado realice de manera diferenciada la evaluación de cada materia o ámbito teniendo en cuenta sus criterios de evaluación.
La evaluación de un ámbito, en el caso de que se configure, se realizará también de forma integrada.
Los alumnos y alumnas que cursen los programas de diversificación curricular a los que se refiere el artículo 24 serán evaluados de conformidad con los objetivos de la etapa y los criterios de evaluación fijados en cada uno de los respectivos programas.
En el caso del alumnado con adaptaciones curriculares, la evaluación se realizará tomando como referencia los criterios de evaluación establecidos en las mismas.
El profesorado evaluará tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente a fin de conseguir la mejora de los mismos.
Con independencia del seguimiento realizado a lo largo del curso, el equipo docente llevará a cabo la evaluación del alumnado de forma colegiada en una única sesión que tendrá lugar al finalizar el curso escolar.
Se promoverá el uso generalizado de instrumentos de evaluación variados, diversos, accesibles y adaptados a las distintas situaciones de aprendizaje que permitan la valoración objetiva de todo el alumnado garantizándose, asimismo, que las condiciones de realización de los procesos asociados a la evaluación se adapten a las necesidades del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
Artículo 13. Currículo.
El conjunto de objetivos, competencias, contenidos enunciados en forma de saberes básicos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de la Educación Secundaria Obligatoria constituyen el currículo de esta etapa.
El presente real decreto fija los aspectos básicos del currículo que constituyen las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria a los que se refiere el artículo 6.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Artículo 25. Ciclos Formativos de Grado Básico.
1. Los equipos docentes podrán proponer a madres, padres, tutoras o tutores legales y al propio alumno o alumna, a través del correspondiente consejo orientador, su incorporación a un Ciclo Formativo de Grado Básico cuando el perfil académico y vocacional del alumno o alumna así lo aconseje, siempre que cumplan los siguientes requisitos: a) Que tengan cumplidos quince años, o los cumplan durante el año natural en curso. b) Que hayan cursado el tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso. Las administraciones educativas determinarán la intervención del propio alumnado, sus familias y los equipos o servicios de orientación en este proceso.
2. Los Ciclos Formativos de Grado Básico irán dirigidos preferentemente a quienes presenten mayores posibilidades de aprendizaje y de alcanzar las competencias de la Educación Secundaria Obligatoria en un entorno vinculado al mundo profesional, velando para evitar la segregación del alumnado por razones socioeconómicas o de otra naturaleza, con el objetivo de prepararlos para la continuación de su formación.
3. Los Ciclos Formativos de Grado Básico facilitarán la adquisición de las competencias establecidas en el Perfil de salida a través de enseñanzas organizadas en los siguientes ámbitos: a) Ámbito de Comunicación y Ciencias Sociales, que incluirá las siguientes materias: 1.º Lengua Castellana. 2.º Lengua Extranjera de Iniciación profesional. 3.º Ciencias Sociales. 4.º En su caso, Lengua Cooficial. b) Ámbito de Ciencias Aplicadas, que incluirá las siguientes materias: 1.º Matemáticas Aplicadas. 2.º Ciencias Aplicadas.
c) Ámbito Profesional, que incluirá al menos la formación necesaria para obtener una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales a que se refiere el artículo 7 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. Asimismo, se podrán incluir otras materias o módulos que contribuyan al desarrollo de dichas competencias.
4. En el anexo V se fijan, para los ámbitos a los que se refieren los párrafos a) y b) del apartado anterior, las competencias específicas, así como los criterios de evaluación y los contenidos, enunciados en forma de saberes básicos.
5. Los criterios pedagógicos con los que se desarrollarán los programas formativos de estos ciclos se adaptarán a las características específicas del alumnado, adoptando una organización del currículo desde una perspectiva aplicada, y fomentarán el desarrollo de habilidades sociales y emocionales, el trabajo en equipo y la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación.
6. La tutoría y la orientación educativa y profesional tendrán una especial consideración, realizando un acompañamiento socioeducativo personalizado. Las administraciones educativas promoverán la cooperación y participación de agentes sociales del entorno, otras instituciones y entidades, especialmente las corporaciones locales, las asociaciones profesionales, las organizaciones no gubernamentales y otras entidades empresariales y sindicales, para el desarrollo de estos programas.
7. La superación de la totalidad de los ámbitos incluidos en un ciclo de grado básico conducirá a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Para favorecer la justificación en el ámbito laboral de las competencias profesionales adquiridas, el alumnado al que se refiere este apartado recibirá asimismo el título de Técnico Básico en la especialidad correspondiente.
8. Los referentes de la evaluación, en el caso del alumnado con necesidades educativas especiales que cursa ofertas ordinarias de ciclos formativos de grado básico, serán los incluidos en las correspondientes adaptaciones del currículo, sin que este hecho pueda impedirles la promoción o titulación. Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de los procesos asociados a la evaluación se adapten a las necesidades del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
9. Las administraciones educativas podrán organizar ofertas específicas de Ciclos Formativos de Grado Básico dirigidas al alumnado con necesidades educativas especiales, destinadas a aquellos casos en que no sea posible su inclusión en ofertas ordinarias y sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad, pudiendo escolarizarse al menos hasta los 21 años.
Artículo 26. Autonomía de los centros.
Al establecer el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria, las administraciones educativas facilitarán a los centros el ejercicio de su autonomía pedagógica, de organización y de gestión, en los términos recogidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en las normas que la desarrollan, y favorecerán el trabajo en equipo del profesorado.
Corresponde a las administraciones educativas contribuir al desarrollo del currículo, favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y alumnas y del profesorado, bajo los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje.
Los centros educativos tendrán autonomía para organizar los grupos y las materias de manera flexible y para adoptar las medidas organizativas o de atención a la diversidad más adecuadas a las características de su alumnado. Como parte de estas medidas, podrán establecer organizaciones didácticas que impliquen impartir conjuntamente diferentes materias de un mismo ámbito, de acuerdo con su proyecto educativo y en los términos que dispongan las administraciones educativas.
Los centros, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.4, concretarán o adaptarán los currículos establecidos por la Administración educativa y la incorporarán a su proyecto educativo, que impulsará y desarrollará los principios, objetivos y metodología propios de un aprendizaje competencial orientado al ejercicio de una ciudadanía activa.
Igualmente, los centros promoverán compromisos educativos con los padres, madres, tutores o tutoras legales de su alumnado en los que se consignen las actividades que los integrantes de la comunidad educativa se comprometen a desarrollar para facilitar el progreso educativo del alumnado.
En el ejercicio de su autonomía, los centros podrán adoptar experimentaciones, innovaciones pedagógicas, programas educativos, planes de trabajo, formas de organización, normas de convivencia y ampliación del calendario escolar o del horario lectivo de materias o ámbitos, en los términos que establezcan las administraciones educativas y dentro de las posibilidades que permita la normativa aplicable, incluida la laboral, sin que, en ningún caso, suponga discriminación de ningún tipo, ni se impongan aportaciones a las familias ni exigencias para las administraciones educativas.
Para garantizar la continuidad del proceso de formación y una transición y evolución positivas desde la Educación Primaria a la Educación Secundaria Obligatoria, y desde esta a la Educación Secundaria Postobligatoria, las administraciones educativas y los centros establecerán mecanismos para favorecer la coordinación entre las diferentes etapas.
Artículo 29. Participación y derecho a la información de madres, padres, tutoras o tutores legales.
Cuando el alumnado sea menor de edad, los padres, madres, tutores o tutoras o legales deberán participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, colaborando en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los centros para facilitar su progreso.
Tendrán, además, derecho a conocer las decisiones relativas a su evaluación y promoción, a través de un boletín individualizado, así como al acceso a los documentos oficiales de evaluación y a las pruebas y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus hijos, hijas, tutelados o tuteladas, en la parte referida al alumno o alumna de que se trate, sin perjuicio del respeto a las garantías establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal. A tal fin, el acceso a las actas de evaluación podrá sustituirse por un boletín individualizado con la información del acta referida al alumno o alumna de que se trate.
A tal efecto en nuestro centro:
Los criterios de calificación son públicos. De los mismos, como se ha indicado antes se informa a las familias y al alumnado a comienzos de curso. Además, permanecen disponibles para las familias en la Secretaría del centro y en la plataforma Sallenet del mismo.
Tenemos implementado desde nuestro sistema de gestión de la calidad, el proceso C3.03 ACCIÓN TUTORIAL CON FAMILIAS. La acción tutorial con las familias es un conjunto de intervenciones, asesoradas y coordinadas por el equipo de orientación, que pretende facilitar la inclusión y participación de las familias en el proceso educativo de sus hijos.
La acción tutorial con familias hace referencia a:
Fomentar el sentido de pertenencia de las familias, mediante la colaboración, participación e implicación de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
Facilitar información y formación a las familias del proceso educativo de sus hijos.
Potenciar la cooperación educativa entre el profesorado y las familias.
Contemplar el asesoramiento a las familias para un correcto desarrollo de sus funciones educativas.
Así mismo, tenemos implementado el proceso C2.06 EVALUACIÓN EDUCATIVA que regula todo el proceso de evaluación del centro. Concretamente en nuestro centro disponemos de:
Con carácter obligatorio y ordinario:
Las Tutorías Individualizadas con familias en horario de tarde, los martes de 19,00 a 20,00 previa cita.
Con carácter voluntario:
La plataforma Sallenet y la WEB del centro:
En la WEB, donde se cuelgan, entre otros, los documentos del PROYECTO EDUCATIVO.
El Correo Interno de nuestra plataforma que posibilita un sistema de comunicación inmediato.
Las materias tienen un desarrollo de contenidos complementarios a los ofrecidos en el aula.
Se publican, con carácter individual las calificaciones del alumnado.
Así mismo, en referencia al anterior proceso de evaluación, queremos destacar, sobre los compromisos educativos con las familias:
En nuestro centro recogemos el derecho de las familias a suscribir con el centro un compromiso educativo para procurar un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas.
El compromiso educativo está especialmente indicado para aquel alumnado que presente dificultades de aprendizaje y tiene por objeto estimular y apoyar el proceso educativo de este alumnado y estrechar la colaboración de sus familias con el profesorado que lo atiende.
Sin perjuicio del derecho que asiste a todas las familias para suscribir compromisos educativos, nuestro centro ofrece la posibilidad de suscribirse a las familias del alumnado que presente dificultades de aprendizaje, de acuerdo con los criterios que se establezcan en el proyecto educativo. En todo caso, esta posibilidad se ofrece a las familias del alumnado con tres o más materias con evaluación negativa, tras la primera o la segunda evaluación.
NOTA:
En nuestro centro, en lo que se refiere a este punto, usaremos el anexo A03-P01-C2.05 Compromiso Educativo.
DERECHO DEL INTERESADO A OBTENER COPIA DE PRUEBAS ESCRITAS EN EL PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN
La evaluación final del alumnado es un acto administrativo en el que, para proceder a evaluar, el profesorado ha de utilizar un conjunto de instrumentos que justifiquen las informaciones acerca del proceso de evaluación del alumnado desarrollado a lo largo del curso escolar. Entre dichos instrumentos se encuentran las pruebas escritas.
El alumnado, sus padres, madres o quienes ejerzan la tutela legal, ostentan la condición de interesados, según los arts. 30 y 31 de la Ley 30/1992 de RJAPAC en el procedimiento de reclamación de evaluación.
Como consecuencia de lo dispuesto en el art. 35 de la Ley 30/1992, se les reconoce el derecho a obtener copia de los documentos que obren en un procedimiento en el que tengan la cualidad de interesados.
La solicitud de copia de las pruebas y exámenes que hayan servido para la evaluación del alumnado será realizada por el interesado mediante escrito firmado y dirigido al Director o Directora del Centro.
Artículo 30. Documentos e informes de evaluación.
En la Educación Secundaria Obligatoria, los documentos oficiales de evaluación son las actas de evaluación, el expediente académico, el historial académico y, en su caso, el informe personal por traslado.
El historial académico y, en su caso, el informe personal por traslado, se consideran documentos básicos para garantizar la movilidad del alumnado por todo el territorio nacional.
Los documentos oficiales de evaluación deberán recoger siempre la norma de la Administración educativa que establece el currículo correspondiente. Cuando hayan de surtir efectos fuera del ámbito de una comunidad autónoma cuya lengua tenga estatutariamente atribuido carácter oficial, se estará a lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 31. Actas de evaluación.
Las actas de evaluación se extenderán para cada uno de los cursos y se cerrarán tras la finalización del período lectivo. Comprenderán la relación nominal del alumnado que compone el grupo junto con los resultados de la evaluación de las materias o ámbitos y las decisiones sobre promoción y permanencia.
Los resultados de la evaluación se expresarán en los términos «Insuficiente (IN)», para las calificaciones negativas; «Suficiente (SU)», «Bien (BI)», «Notable (NT)», o «Sobresaliente (SB)» para las calificaciones positivas.
En el caso de los ámbitos que integren distintas materias, el resultado de la evaluación se expresará mediante una única calificación, sin perjuicio de los procedimientos que puedan establecerse para mantener informados de su evolución al alumno o a la alumna y a sus madres, padres, tutoras o tutores legales.
Las actas de evaluación serán firmadas por todo el profesorado del grupo y llevarán el visto bueno del director del centro.
Artículo 32. Expediente académico.
El expediente académico recogerá, junto con los datos de identificación del centro, los del alumno o alumna, así como la información relativa a su proceso de evaluación. Se abrirá en el momento de incorporación al centro y recogerá, al menos, los resultados de la evaluación de las materias o ámbitos, las decisiones de promoción y titulación, las medidas de apoyo educativo, las adaptaciones curriculares que se hayan adoptado para el alumno o alumna, y, en su caso, la fecha de entrega de la certificación de haber concluido la escolarización obligatoria a la que se refiere el artículo 17.4.
En el caso de que existan materias que hayan sido cursadas de forma integrada en un ámbito, en el expediente figurará, junto con la denominación de dicho ámbito, la indicación expresa de las materias integradas en el mismo.
La custodia y el archivo de los expedientes académicos corresponden a los centros docentes en que se hayan realizado los estudios de las enseñanzas correspondientes y serán supervisados por la inspección educativa.
Artículo 33. Historial académico.
El historial académico llevará el visto bueno del director o directora y tendrá valor acreditativo de los estudios realizados. Como mínimo recogerá los datos identificativos del alumno o alumna, las materias o ámbitos cursados en cada uno de los años de escolarización, las medidas curriculares y organizativas aplicadas, los resultados de la evaluación, las decisiones sobre promoción y permanencia, la información relativa a los cambios de centro y las fechas en que se han producido los diferentes hitos. Deberá figurar, asimismo, la indicación de las materias que se han cursado con adaptaciones curriculares significativas.
Con objeto de garantizar la movilidad del alumnado, cuando varias materias hayan sido cursadas integradas en un ámbito, se hará constar, en el historial, la calificación obtenida en cada una de ellas. Esta calificación será la misma que figure en el expediente para el ámbito correspondiente.
Tras finalizar la etapa, el historial académico se entregará a los padres, madres, tutores o tutoras legales, o al propio alumno o alumna en caso de que fuese mayor de edad.
Artículo 34. Informe personal por traslado.
En el caso de que el alumno o la alumna se traslade a otro centro antes de finalizar la etapa, el centro de origen deberá remitir al de destino, y a petición de este, el informe personal por traslado, junto a una copia del historial académico. El centro receptor abrirá el correspondiente expediente académico. La matriculación adquirirá carácter definitivo una vez recibida la copia del historial académico.
El informe personal por traslado contendrá los resultados de las evaluaciones que se hubieran realizado, la aplicación, en su caso, de medidas curriculares y organizativas, y todas aquellas observaciones que se consideren oportunas acerca del progreso general del alumno o la alumna.
Artículo 35. Autenticidad, seguridad y confidencialidad.
Las administraciones educativas establecerán los procedimientos oportunos para garantizar la autenticidad de los documentos oficiales de evaluación, la integridad de los datos recogidos en los mismos y su supervisión y custodia, así como su conservación y traslado en caso de supresión o extinción del centro.
En lo referente a la obtención de los datos personales del alumnado, a la cesión de los mismos de unos centros a otros y a la seguridad y confidencialidad de estos, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal y, en todo caso, a lo establecido en la disposición adicional vigesimotercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
Los documentos oficiales de evaluación y sus procedimientos de validación descritos en los apartados anteriores podrán ser sustituidos por sus equivalentes realizados por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, siempre que quede garantizada su autenticidad, integridad y conservación, y se cumplan las garantías y los requisitos establecidos por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por la normativa que las desarrolla.
El expediente electrónico estará constituido, al menos, por los datos contenidos en los documentos oficiales de evaluación, y cumplirá con lo establecido en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional, previa consulta a las comunidades autónomas en el marco de la Conferencia Sectorial de Educación, establecerá la estructura y formato de, al menos, los datos contenidos en los documentos oficiales de evaluación del expediente electrónico descritos en la presente disposición, de acuerdo con lo previsto en el artículo 111.bis y en el apartado 4 de la disposición adicional vigesimotercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, que junto con otros garanticen la interoperabilidad entre los distintos sistemas de información utilizados en el sistema educativo español.
Artículo 18. Tutoría y orientación.
En la Educación Secundaria Obligatoria, la orientación y la acción tutorial acompañarán el proceso educativo individual y colectivo del alumnado.
Los centros deberán informar y orientar al alumnado con el fin de que la elección de las opciones y materias a las que se refiere el artículo 9.2 sea la más adecuada para sus intereses y su orientación formativa posterior, evitando condicionamientos derivados de estereotipos de género.
Al finalizar el segundo curso se entregará a los padres, madres, tutores o tutoras legales de cada alumno o alumna un consejo orientador. Dicho consejo incluirá un informe sobre el grado de logro de los objetivos y de adquisición de las competencias correspondientes, así como una propuesta a padres, madres, tutoras o tutores legales o, en su caso, al alumno o alumna de la opción más adecuada para continuar su formación, que podrá incluir la incorporación a un Programa de diversificación curricular o, excepcionalmente, a un ciclo formativo de grado básico.
Asimismo, al finalizar la etapa o, en su caso, al concluir la escolarización obligatoria, el alumnado recibirá un consejo orientador individualizado que incluirá una propuesta sobre la opción u opciones académicas, formativas o profesionales que se consideran más convenientes. Este consejo orientador tendrá por objeto que todo el alumnado encuentre una opción adecuada para su futuro formativo.
Cuando el equipo docente estime conveniente proponer a padres, madres, tutores o tutoras legales y al propio alumno o alumna su incorporación a un ciclo formativo de grado básico al finalizar el tercer curso, dicha propuesta se formulará a través de un nuevo consejo orientador que se emitirá con esa única finalidad.
Las administraciones educativas establecerán las características de los consejos orientadores a los que se refieren los apartados anteriores.
Artículo 19. Atención a las diferencias individuales.
Teniendo en cuenta los principios de educación común y de atención a la diversidad a los que se refiere el artículo 5.3, corresponderá a las administraciones educativas establecer la regulación que permita a los centros adoptar las medidas necesarias para responder a las necesidades educativas concretas de sus alumnos y alumnas, teniendo en cuenta sus circunstancias y sus diferentes ritmos de aprendizaje.
Dichas medidas, que formarán parte del proyecto educativo de los centros, estarán orientadas a permitir a todo el alumnado el desarrollo de las competencias previsto en el Perfil de salida y la consecución de los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, por lo que en ningún caso podrán suponer una discriminación que impida a quienes se beneficien de ellas obtener la titulación correspondiente.
Para lograr este objetivo, se podrán realizar adaptaciones curriculares y organizativas con el fin de que el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo al que se refiere el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, pueda alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades personales. En particular, se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en la enseñanza y la evaluación de la lengua extranjera para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que presenta dificultades en su comprensión y expresión. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.
Artículo 20. Alumnado con necesidades educativas especiales.
La escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo.
Las administraciones educativas establecerán las condiciones de accesibilidad y diseño universal y los recursos de apoyo, humanos y materiales, que favorezcan el acceso al currículo del alumnado con necesidades educativas especiales, y adaptarán los instrumentos, y en su caso, los tiempos y apoyos que aseguren una correcta evaluación de este alumnado.
Con este propósito, las administraciones educativas establecerán los procedimientos oportunos para realizar adaptaciones de los elementos del currículo que se aparten significativamente de los que determina este real decreto cuando se precise de ellas para facilitar a este alumnado la accesibilidad al currículo. Dichas adaptaciones se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias y contendrán los referentes que serán de aplicación en la evaluación de este alumnado, sin que este hecho pueda impedirles la promoción o la titulación.
Sin menoscabo de lo dispuesto en los apartados 5, 6 y 7 del artículo 16, la escolarización de este alumnado en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en centros ordinarios podrá prolongarse un año más, siempre que ello favorezca la adquisición de las competencias establecidas y la consecución de los objetivos de la etapa.
La identificación y la valoración de las necesidades educativas de este alumnado se realizarán, lo más tempranamente posible, por profesionales especialistas y en los términos que determinen las administraciones educativas. En este proceso serán preceptivamente oídos e informados los padres, madres, tutores o tutoras legales del alumnado. Las administraciones educativas regularán los procedimientos que permitan resolver las discrepancias que puedan surgir, siempre teniendo en cuenta el interés superior del menor y la voluntad de las familias que muestren su preferencia por el régimen más inclusivo.
Artículo 21. Alumnado con dificultades específicas de aprendizaje.
La identificación del alumnado con dificultades específicas de aprendizaje, así como la valoración de dichas dificultades y la correspondiente intervención, se realizará de la forma más temprana posible y en los términos que determinen las administraciones educativas.
La escolarización de este alumnado se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y permanencia en el sistema educativo.
Artículo 22. Alumnado con integración tardía en el sistema educativo español.
La escolarización del alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo español se realizará atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico. Cuando presente graves carencias en la lengua o lenguas oficiales de escolarización, recibirá una atención específica que será, en todo caso, simultánea a su escolarización en los grupos ordinarios, con los que compartirá el mayor tiempo posible del horario semanal.
Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de dos o más cursos podrán ser escolarizados en un curso inferior al que les correspondería por edad. Para este alumnado se adoptarán las medidas de refuerzo necesarias que faciliten su integración escolar y la recuperación de su desfase y le permitan continuar con aprovechamiento sus estudios. En el caso de superar dicho desfase, se incorporarán al grupo correspondiente a su edad.
Artículo 23. Alumnado con altas capacidades intelectuales.
En los términos que determinen las administraciones educativas, se podrá flexibilizar la escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales, de forma que pueda anticiparse un curso el inicio de la escolarización en la etapa o reducirse un curso la duración de la misma, cuando se prevea que son estas las medidas más adecuadas para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización.
DECRETO 102/2023, DE 9 DE MAYO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN Y EL CURRÍCULO DE LA ETAPA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.
Artículo 24. Ciclos Formativos de Grado Básico.
8. Según lo dispuesto en el artículo 44.6 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, la evaluación del aprendizaje del alumnado deberá efectuarse de forma continua, formativa e integradora y realizarse por ámbitos y proyectos, teniendo en cuenta la globalidad del ciclo desde la perspectiva de las nuevas metodologías de aprendizaje. La evaluación tendrá como referentes los elementos de los currículos básicos publicados para cada uno de los títulos.
La evaluación del proceso de aprendizaje y la calificación del alumnado en los módulos de Comunicación y Sociedad y de Ciencias Aplicadas se realizará atendiendo al carácter global y al logro de las competencias incluidas en cada uno de ellos.
La evaluación del proceso de aprendizaje y la calificación del alumnado en el resto de módulos profesionales tendrá como referente los resultados de aprendizaje y las competencias profesionales, personales y sociales que en él se incluyen.
Los referentes de la evaluación, en el caso del alumnado con necesidades educativas especiales que cursa ofertas ordinarias de Ciclos Formativos de Grado Básico, serán los incluidos en las correspondientes adaptaciones del currículo, sin que este hecho pueda impedirles la promoción o titulación.
9. Según lo dispuesto en el artículo 44.7 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de los procesos asociados a la evaluación se adapten a las necesidades de cada persona en formación con necesidad específica de apoyo educativo.
11. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.9 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, la superación de un ciclo formativo de grado básico requerirá la evaluación positiva colegiada respecto a la adquisición de las competencias básicas y profesionales.
12. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.7 del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, la superación de la totalidad de los ámbitos incluidos en un Ciclo Formativo de Grado Básico conducirá a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Para favorecer la justificación en el ámbito laboral de las competencias profesionales adquiridas, el alumnado al que se refiere este apartado recibirá asimismo el título de Técnico Básico en la especialidad correspondiente.
13. Quienes no superen en su totalidad las enseñanzas de los Ciclos Formativos de Grado Básico, recibirán una certificación académica de los ámbitos o módulos superados, que tendrá efectos académicos y de acreditación parcial acumulable de las competencias adquiridas en relación con el Sistema Nacional de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. Esta certificación dará derecho, a quienes lo soliciten, a la expedición por la Administración competente del certificado o acreditaciones profesionales correspondientes.
14. Los centros privados de formación profesional decidirán sobre la concesión de los certificados y títulos para los que estén autorizados y estarán adscritos a centros públicos de formación profesional, a efectos de solicitud de la expedición de certificados de competencia, certificados profesionales y títulos de grado básico.
A tal efecto en nuestro centro:
Tenemos elaborados los CRITERIOS DE CALIFICACIÓN donde explicitamos las técnicas e instrumentos de evaluación.
ORDEN DE 30 DE MAYO DE 2023, POR LA QUE SE DESARROLLA EL CURRÍCULO CORRESPONDIENTE A LA ETAPA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA, SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD Y A LAS DIFERENCIAS INDIVIDUALES, SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN DE LA EVALUACIÓN DEL PROCESO DE APRENDIZAJE DEL ALUMNADO Y SE DETERMINA EL PROCESO DE TRÁNSITO ENTRE LAS DIFERENTES ETAPAS EDUCATIVAS.
Artículo 54. Evaluación en los Ciclos Formativos de Grado Básico.
Según lo dispuesto el artículo 44.6 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, la evaluación del aprendizaje del alumnado deberá efectuarse de forma continua, formativa e integradora y realizarse por ámbitos y proyectos, teniendo en cuenta la globalidad del ciclo desde la perspectiva de las nuevas metodologías de aprendizaje. La evaluación tendrá como referentes los elementos de los currículos básicos publicados para cada uno de los títulos.
La evaluación del proceso de aprendizaje y la calificación del alumnado en los módulos de Comunicación y Sociedad y de Ciencias Aplicadas se realizará atendiendo al carácter global y al logro de las competencias incluidas en cada uno de ellos.
La evaluación del proceso de aprendizaje y la calificación del alumnado en el resto de los módulos profesionales tendrá como referente los resultados de aprendizaje y las competencias profesionales, personales y sociales que en él se incluyen. Los referentes de la evaluación, en el caso del alumnado con necesidades educativas especiales que cursa ofertas ordinarias de Ciclos Formativos de Grado Básico, serán los incluidos en las correspondientes adaptaciones del currículo, sin que este hecho pueda impedirles la promoción o titulación.
Según lo dispuesto en el artículo 44.7 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de los procesos asociados a la evaluación se adapten a las necesidades de cada persona en formación con necesidad específica de apoyo educativo.
Según lo dispuesto en el artículo 44.9 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, la superación de un Ciclo Formativo de Grado Básico requerirá la evaluación positiva colegiada respecto a la adquisición de las competencias básicas y profesionales.
Artículo 55. Obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.7 del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, la superación de la totalidad de los ámbitos incluidos en un Ciclo Formativo de Grado Básico conducirá a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Para favorecer la justificación en el ámbito laboral de las competencias profesionales adquiridas, el alumnado al que se refiere este apartado recibirá, asimismo, el título de Técnico Básico en la especialidad correspondiente.
Quienes no superen en su totalidad las enseñanzas de los Ciclos Formativos de Grado Básico, recibirán una certificación académica de los ámbitos o módulos superados, que tendrá efectos académicos y de acreditación parcial acumulable de las competencias adquiridas en relación con el Sistema Nacional de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. Esta certificación dará derecho, a quienes lo soliciten, a la expedición por la Administración competente del certificado o acreditaciones profesionales correspondientes.
Los centros privados de formación profesional decidirán sobre la concesión de los certificados y títulos para los que estén autorizados y estarán adscritos a centros públicos de Formación Profesional, a efectos de solicitud de la expedición de certificados de competencia, certificados profesionales y Títulos de Grado Básico.
DOCUMENTOS DE REFERENCIA:
El Nuevo Contexto de Aprendizaje (NCA) hace que el alumnado perciba su aprendizaje como un diseño exclusivo para su proceso, dentro de una concepción global de las actividades y tareas a realizar, valorándolo en mayor grado e identificándose más con éste.
La implantación del modelo NCA para CFGB lleva implícitas numerosas consecuencias positivas, entre las que podemos citar:
El aprendizaje es más significativo y da al alumnado mayor base para la adaptación a la realidad. La asimilación de conocimientos, la competencia profesional y el proceso de maduración personal podría alcanzar un mayor nivel.
Este modelo y sus principios pedagógicos ponen un mayor énfasis y relieve en valores y actitudes para el desarrollo integral del alumnado.
Con esta iniciativa se canalizan mejor las inquietudes académicas y predisposición del alumnado de esta etapa, mucho más motivado para las actividades específicas y prácticas, cercanas a su realidad presente y futura.
La implantación de nuevos instrumentos, herramientas TICs y materiales repercutirá en la mejora de la calidad del proceso enseñanza-aprendizaje.
Toda la comunidad educativa y, en especial, el alumnado daría mayor valor a su proceso de aprendizaje al identificar su institución con el modelo, material y metodología aplicada acentuando el carácter propio y su exclusividad. Podría predisponer, como consecuencia directa, a un mayor reclamo para nuestras Obras Educativas. En estas circunstancias son los recursos materiales y humanos y sobre todo la exclusividad y dimensión del modelo lo que se pone en valor y marca la diferencia. El sentido de pertenencia toma una nueva dimensión al identificarse y desarrollarse el modelo de manera uniforme en toda la red distrital La Salle y en todas sus etapas. Un estilo propio y exclusivo para nuestras Obras Educativas.
Ámbitos didácticos NCA (organización y planificación)
Un ámbito se define como un entorno didáctico a través del cual se articula el currículo de forma integradora, y constituye una pieza fundamental del modelo pedagógico NCA. Por tanto, en cuanto a unidad clave de significado metodológico y didáctico, el ámbito es reconocido como un espacio propio, característico y educativo.
Los ámbitos de aprendizaje conforman un espacio líquido y flexible que se adaptan a las realidades de las diferentes etapas educativas y de las distintas áreas de conocimiento.
El Desafío es el ámbito didáctico con carácter interdisciplinar que facilita aprendizajes competenciales en el desarrollo de tareas complejas. Se caracteriza por la integración transversal del conocimiento donde el estudiante adquiere competencias personales y profesionales (saber y saber hacer).
En el CFGB se utiliza el término Desafíos para referirnos a los Seminarios y los Proyectos, que van de la mano con el objetivo de conseguir la adquisición de conceptos por parte del alumnado y como espacios de conocimiento que pueden utilizar diferentes metodologías de aprendizaje para lograr su objetivo.
Los ámbitos didácticos NCA en los Ciclos Formativos de Grado Básico para los módulos profesionales se organizan en Desafíos que implican el despliegue por parte del alumnado de actuaciones asociadas al ámbito profesional del título correspondiente.
DOCUMENTOS DE REFERENCIA:
ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
La atención a la diversidad comprende el conjunto de actuaciones educativas dirigidas a dar respuesta a las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones, intereses, situaciones socioeconómicas y culturales, lingüísticas y de salud del alumnado, con la finalidad de facilitar la adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos generales de las etapas. Para ello, los centros adoptarán, formando parte del proyecto educativo, las medidas de atención a la diversidad, que les permitan una atención personalizada al alumnado en función de sus necesidades educativas. La respuesta educativa para atender a la diversidad del alumnado se compone de medidas y recursos, generales y específicos.
Las medidas y recursos generales tienen como finalidad la promoción del aprendizaje y el éxito escolar de todo el alumnado incluyendo, entre otras, las adecuaciones de la programación didáctica, la integración de materias en ámbitos, los agrupamientos flexibles, el apoyo en grupos ordinarios, los desdoblamientos de grupos o la oferta de materias específicas, los programas de refuerzo y recuperación y los programas de enriquecimiento.
Las medidas y recursos específicos están dirigidos a dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo incluyendo, entre otras, las adaptaciones de acceso al currículo para el alumnado con necesidades educativas especiales, las adaptaciones curriculares, los programas específicos destinadas a todo el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y la flexibilización del periodo de escolarización para el alumnado con altas capacidades intelectuales.
NORMATIVA
Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
En esta normativa contamos con un artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Dentro de este artículo, el apartado Cuarenta y nueve ter. Se centra en la modificación de los apartados 1 y 2 del artículo 71 de la LOE quedando la redacción en los siguientes términos: “…, por presentar necesidades educativas especiales, por retraso madurativo, por trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, por trastornos de atención o de aprendizaje, por desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los Objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.»
En referencia al alumnado con necesidades educativas especiales, terminología que se mantiene a lo largo de las tres normativas, la LOMLOE los considera del siguiente modo, realizando una modificación del artículo 73 de la LOE. Cuarenta y nueve quinquies. Se modifica el artículo 73, quedando la redacción en los siguientes términos*:
Artículo 73. Ámbito
Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aquel que afronta barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje, derivadas de discapacidad o de trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, y que requiere determinados apoyos y atenciones educativas específicas para la consecución de los Objetivos de aprendizaje adecuados a su desarrollo.
También contiene una Disposición adicional cuarta en relación a la Evolución de la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales. Así, en dicha disposición podemos ver como la Ley pone de manifiesto la necesidad de dotar a los centros ordinarios en el plazo de 10 años de recursos suficientes para cumplir tanto lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas y en cumplimiento del cuarto Objetivo de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 en cuanto a mejoras en la atención del alumnado con discapacidad. También determinan que los centros de educación especial, además de escolarizar al alumnado que requiere de una atención muy especializada, sean centros de referencia para los centros ordinarios.
Se diferencian dos grandes grupos de alumnos con a este respecto:
Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE)
Necesidades Educativas Especiales (NEE)
Las NEAE son el grupo grande que engloba las necesidades, y las NEE es un grupo más pequeño que se refiere a necesidades asociadas a la discapacidad, y que están dentro de las NEAE.
NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO - NEAE o ACNEAE:
Los alumnos con NEAE o ACNEAE son aquellos que requieren atención educativa diferente a la ordinaria
Retraso madurativo
Trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación
Trastornos de atención o de aprendizaje
Altas capacidades intelectuales
Desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje
Incorporación tardía al sistema educativo
Condiciones personales o de historia escolar
Encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES - NEE o ACNEE:
Los alumnos con NEE o ACNEE son aquellos que afrontan barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje en educación.
Discapacidad física
Discapacidad psíquica
Discapacidad sensorial
Trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje
En la LOMLOE las NEE están dentro de las NEAE y han desaparecido las Dificultades específicas del aprendizaje y el TDAH.
Las principales modificaciones que introduce la LOMLOE y que afectan, de forma directa o indirecta, al alumnado con Necesidades Educativas Especiales (NEE) son:
Generales:
La Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad aparece como un principio clave de la Ley Educativa. (Art 1.B)
Especifica que no puede existir discriminación por motivo de Discapacidad, basándose en la Convención sobre los Derechos del Niño y una Educación de Calidad (Art 1.a y 1.a.bis). Es decir, la discapacidad del alumnado no puede ser una excusa para ofrecerles una educación de menos calidad.
Mantiene como principio la “libertad de enseñanza”, que reconoce el derecho de los padres, madres y tutores legales a elegir el tipo de educación y el centro escolar. (Art 1.Q.)
Introduce el principio de Educación Inclusiva y el del Diseño Universal del Aprendizaje para la Enseñanza Básica Obligatoria (EBO); aunque no lo desarrolla. (Art. 4.3.)
El currículo no puede ser una barrera que genere abandono escolar o impida el acceso al disfrute del derecho a la educación”. (Art 6.2). Esto significa que no se puede alegar que un alumno no puede acceder al currículo, para derivarle a educación especial.
Se evaluará a cada alumno/a según lo recogido en su Adaptación Curricular Individual (ACI). Esto significa que si aprueban según sus adaptaciones, pueden promocionar de ciclo o etapa y además se establecerán las medidas más adecuadas para ajustar la realización de esas evaluaciones a las necesidades del alumnado NEE. (Art 20.5.)
Específicas de la etapa de Secundaria:
Incluye la Formación Profesional Básica (FPB) en la Enseñanza Básica Obligatoria. Esto implica que la edad máxima para permanecer en esta Formación Profesional Básica son 18 años. (Art 3.3)
“3. En la educación secundaria obligatoria se prestará especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado. En este ámbito se incorporará la perspectiva de género. Asimismo, se tendrán en cuenta las necesidades educativas específicas del alumnado con discapacidad.»
«5. Entre las medidas señaladas en el apartado anterior se contemplarán las adaptaciones del currículo, la integración de materias en ámbitos, los agrupamientos flexibles, los desdoblamientos de grupos, la oferta de materias optativas, programas de refuerzo y medidas de apoyo personalizado para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.»”. (Art. 22)
“«1. Los centros elaborarán sus propuestas pedagógicas para todo el alumnado de esta etapa atendiendo a su diversidad. Asimismo, arbitrarán métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje del alumnado, favorezcan la capacidad de aprender por sí mismos y promuevan el trabajo en equipo…
…Se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en la enseñanza y evaluación de las lenguas extranjeras para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que presenta dificultades en su comprensión y expresión.»” (Art. 26)
«Artículo 28. Evaluación y promoción.
“...Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de los procesos asociados a la evaluación se adapten a las necesidades del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.»”
Decreto 102/2023, de 9 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 24. Ciclos Formativos de Grado Básico.
8. “...Los referentes de la evaluación, en el caso del alumnado con necesidades educativas especiales que cursa ofertas ordinarias de Ciclos Formativos de Grado Básico, serán los incluidos en las correspondientes adaptaciones del currículo, sin que este hecho pueda impedirles la promoción o titulación.”
Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales, se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se determina el proceso de tránsito entre las diferentes etapas educativas.
Artículo 54. Evaluación en los Ciclos Formativos de Grado Básico.
2. “...Los referentes de la evaluación, en el caso del alumnado con necesidades educativas especiales que cursa ofertas ordinarias de Ciclos Formativos de Grado Básico, serán los incluidos en las correspondientes adaptaciones del currículo, sin que este hecho pueda impedirles la promoción o titulación.
3. Según lo dispuesto en el artículo 44.7 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de los procesos asociados a la evaluación se adapten a las necesidades de cada persona en formación con necesidad específica de apoyo educativo.
Normativa en vigor en Andalucía - Enlace
RECURSOS PERSONALES PARA ATENDER A LA DIVERSIDAD.
Ante todo, es preciso dejar explícita una idea clara: La Atención a la Diversidad requiere del compromiso e implicación de todo el profesorado del centro y, por supuesto, de las familias. De todos modos, hay que aclarar que es el Equipo de Orientación el que trabaja más directamente en este campo.
ATENCIÓN EDUCATIVA ORDINARIA:
4.1. METODOLOGÍAS BASADAS EN EL APRENDIZAJE COOPERATIVO.
Programa de carácter preventivo.
En el aprendizaje cooperativo, aprender a cooperar es en sí un objetivo. Esta forma de trabajo, aportará al alumnado mejoras notables en:
Búsqueda, selección, organización y valoración de la información.
Comprensión profunda de conceptos abstractos esenciales para la materia.
Adaptación y aplicación de conocimientos a situaciones reales.
Resolución creativa de problemas.
Resumir y sintetizar.
Expresión oral.
Habilidades interpersonales: desempeño de roles (liderazgo, organizador, etc) y expresar acuerdos y desacuerdos, resolver conflictos, trabajar conjuntamente, mostrar respeto, etc.
Organización/gestión, personal: planificación de los tiempos, distribución de tareas, etc.
Funciones del docente de apoyo en aprendizaje cooperativo:
Atender a los alumnos con dificultades detectados en la evaluación inicial, evaluación, …
El profesor registrará:
Limpieza de la libreta: a lo largo del trimestre, revisará las libretas de todos los alumnos atendiendo: márgenes, fecha, ...
Registrará o comprobará que trae todo el material necesario.
Registrará que el alumnado desarrolla de forma adecuada el rol que tienen asignado.
Supervisarán que el alumnado cumplimenta correctamente el registro de tareas de casa.
En el caso de que un/a alumno/a no realice las tareas, el docente pondrá una anotación en la Plataforma Sallenet.
Ayudar en la medida de lo posible al alumnado con NEE.
Controlar que las técnicas se realizan bien en cada momento.
4.2. PROGRAMAS DE CARÁCTER PREVENTIVOS ESPECÍFICOS DE LA SALLE:
Desde La Salle apostamos por el carácter preventivo de nuestras actuaciones no sólo en la etapa de Infantil sino a lo largo de las diferentes etapas del sistema educativo.
Por ello, desde La Salle se desarrollan diferentes programas con el fin de abarcar diferentes capacidades y emociones que favorezcan el desarrollo integral del alumnado y de esta forma se prevengan las dificultades más frecuentes en cada una de las etapas.
4.3. MEDIDAS GENERALES DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD:
Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor dentro del aula para reforzar los aprendizajes instrumentales básicos del alumnado.
Desde la Dirección de la etapa se organizan los horarios de los apoyos en función de las necesidades que surjan en la evaluación inicial, las evaluaciones y otras reuniones de Equipos Docentes.
Programas de Refuerzo para la Recuperación de los Aprendizajes no Adquiridos.
El seguimiento se lleva a cabo en los Equipos Docentes y los Departamentos Didácticos.
Planes Específicos Personalizados para el Alumnado que no Promocione de curso.
Dicho programa se desarrolla a través de la coordinación de tutorías.
La Oferta de Materias Optativas Atendiendo a las Necesidades del Alumnado.
Acceso al contenido, diseño de materiales
La elaboración de materiales ha sido realizada desde una mirada inclusiva. En este sentido, respecto al formato de presentación de los materiales NCA propone la diversificación como clave.
De esta forma los límites que establece el papel y la lecto-escritura como práctica escolar universal, se han minimizado presentando:
el contenido de forma diversa en lo que se refiere a los formatos: audio, texto, imagen, pictografía, infografía….
proponiendo un uso no uniformizado del papel: cuadros, líneas, en blanco, suelto, agrupado en cuaderno, evitando restricciones en la cantidad…
un conjunto de herramientas digitales que permitan poner un audio en texto o un texto en audio, transformar la voz en texto…
NCA propone la organización del currículo a través de centros de interés que son especialmente significativos para los alumnos. Propuestas de trabajo integrales, integradas y unificadas a través de diferentes escenarios que, aglutinando los diferentes contenidos curriculares, sean cuando menos interesantes. La metodología de los talleres, acogidas, cierres y desafíos propone el desarrollo curricular a través de núcleos temáticos que son propuestas vitales de conocimiento. Esta perspectiva nos permite una aproximación afectiva y efectiva, con la suficiente carga emocional que resulte atractiva y atrayente para su desarrollo.
El material didáctico ha sido organizado estructurando según su nivel de dificultad Una propuesta sencilla y asequible para la personalización del aprendizaje. De esta forma, en la elaboración del material didáctico hemos tenido en cuenta:
Que prime el contenido audiovisual sobre el textual, utilizando organizadores gráficos, insistiendo así en el carácter más ecológico de la comunicación en el contexto cultural actual.
Accesibles a todos los alumnos en cualquier tiempo y lugar, con la finalidad de que aquellos alumnos que presentan dificultad de aprendizaje puedan tenerlos como referencia en cualquier momento y permita al profesorado optimizar los tiempos y los recursos para mejorar su atención.
Que permitan la posibilidad de ser visualizados las veces deseadas según los niveles conseguidos o las inquietudes cognitivas de los alumnos.
Una metodología inclusiva
La propuesta de organización didáctica por ámbitos NCA, más allá de los ámbitos curriculares, es en sí misma una propuesta con un gran potencial inclusivo. Ya hemos desarrollado este aspecto suficientemente.
Esta peculiar organización espaciotemporal hace posible la diversificación curricular posibilitando la dedicación de los tiempos de forma personalizada para poder ajustar la consecución de contenidos en función de los niveles de competencia desarrollados.
De la misma forma, el diseño de los ámbitos NCA ha de ser creativo. Para poder trabajar conceptos es necesario aportar recursos: muchos y diferenciados, será también un requisito imprescindible en la propuesta NCA para que sea inclusiva, como una propuesta metodológica que piense en todos y no solo en la mayoría.
Previamente al diseño pedagógico, hemos realizado una mirada inclusiva, realizando un estudio detenido de la concreción del currículo a nivel de criterios de evaluación como ya hemos comentado. La categorización de los criterios de evaluación con criterios competenciales, atendiendo a su nivel de complejidad y significatividad, nos ayudará en la toma de decisiones que incidirán directamente en la didáctica y el proceso de evaluación.
Estrategia de evaluación
Características de la evaluación con mirada inclusiva
El diseño de materiales NCA, con mirada inclusiva, nos lleva a hacer una propuesta de actividades de evaluación que contemplen las características ya comentadas: diversificada, formal/informal, final/procesual, personal/colegiada y parcial/sumativa.
¿Evaluar con mirada inclusiva? Sí. Calificar… también
NCA implementa una herramienta que nos permite automatizar el proceso de calificación para ganar en riqueza (cantidad y calidad de datos), facilidad (en soporte digital) e integralidad (organización de la información para elaborar informes diversificados).
En el módulo de calificaciones se relacionan tres aspectos curriculares diferentes:
Legislativo: desgranado en los niveles de concreción curricular que ha detallado la comunidad autónoma.
Principios pedagógicos: formulados a su vez en criterios de evaluación, competencias específicas y saberes básicos.
Ámbitos didácticos: acogida, desafío, taller y cierre.
La interrelación de estos tres aspectos curriculares se establece a partir de las actividades de aprendizaje o evaluación, diseñadas en los materiales. Por ejemplo, una actividad (que se puede desarrollar en acogida o taller), estará a su vez relacionada con el currículo legislativo (criterios de evaluación, objetivos de etapa…) y el de principios pedagógicos. De esta forma, al evaluar una actividad se podrán evaluar, de forma simultánea, cada una de las diferentes partes de cada currículo que previamente hayamos vinculado entre sí (del currículo legislativo, de principios o de ámbitos). La relación entre evaluación y calificación será directa en aquellos aspectos que estén relacionados curricularmente como hemos descrito.
Perfiles de aprendizaje
El desarrollo de la herramienta calificación está diseñado para poder obtener los datos del proceso de aprendizaje que el profesor considere más oportuno. Al haber establecido múltiples relaciones entre los tres aspectos antes citados, los informes que podemos obtener son múltiples.
Es importante señalar que no nos quedamos sólo en el aspecto cuantitativo que nos exige la legislación educativa sino que utilizaremos los datos para valorar el aprendizaje desde diferentes perspectivas, aportando un valor añadido además que es la valoración cuantitativa. Desde el punto de vista inclusivo esto supone una gran riqueza pues nos da una aproximación más humana, más cualitativa y menos cuantitativa del alumnado. En este sentido se le proporciona a éste una información más relevante de sus fortalezas y valores personales y no sólo una aproximación numérica de su conocimiento aislado de una serie de conceptos.
Si nos acercamos a la evaluación desde una perspectiva sumativa podremos obtener calificaciones numéricas detalladas, ya sea de forma personal en ámbitos o de forma colegiada de varios profesores en torno a aspectos relevantes como los ámbitos NCA o los principios pedagógicos.
Podemos obtener un informe de aprendizaje del alumnado en los diferentes ámbitos didácticos NCA. De esta forma, a través de gráficos podemos extraer conclusiones rápidas del perfil de desempeño del alumnado cuando trabaja aprendizajes de distinta índole en formato de acogida, desafío, taller y cierre. Obtendremos información del valor, destreza o talento del alumnado en algunos desempeños que antes obviábamos debido a nuestra organización escolar. Es un nuevo matiz en esta mirada inclusiva que queremos desarrollar.
También podemos rescatar datos de calificación para valorar los aprendizajes de tipo competencial. Al estar vinculada cada tarea de evaluación o calificación a una o varias competencias, si a la agrupación de datos le aplicamos un filtro por competencias, nos haremos una idea general del progreso del alumnado en una u otra competencia recogiendo información de distintas tareas, en distintos ámbitos NCA, en distintos ámbitos curriculares y valorado a su vez por diferentes profesores.
A través de las rúbricas analíticas de desarrollo de cada principio pedagógico podemos elaborar un mapa de todos los principios pedagógicos de forma global o bien de forma parcial. Los informes que podemos elaborar al rescatar diferentes datos nos ofrecerán una idea clara de cómo el alumnado va avanzando en la maduración de los principios de crecimiento personal trabajados (interioridad, mente/cuerpo/movimiento, conducta y actividad autorregulada, dimensión social del aprendizaje, construcción del pensamiento).
Se elaborará también un boletín de calificaciones por ámbitos, al estilo clásico, de carácter numérico y escrito al final del proceso de una evaluación o de un curso tal y como prescribe la legislación vigente.
La versatilidad de la herramienta nos permite hacer seguimiento detallado por ámbitos, por ejemplo de la consecución detallada a propósito de los criterios de evaluación.
MEDIDAS ESPECÍFICAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.
5.1. Alumnado que sigue un Programa Específico:
El alumnado censado como alumno/a NEAE que requiriera dicha medida. Están recogidos en Séneca.
Realizar todos los apoyos de refuerzo curricular dentro del aula. Éstos pueden ser sustituidos por adaptaciones individuales, agrupaciones flexibles dentro del aula, metodologías activas que permitan la diversificación de tareas, presencia de dos o más profesores en el aula y ayuda entre iguales.
5.2. Apoyo especializado en Pedagogía Terapéutica:
Esta medida está dirigida al alumnado con NEE. Se realiza fuera y dentro del aula.
Realizar sólo los apoyos especializados fuera del aula, siempre que conlleven un trabajo no curricular, centrado en el entrenamiento de habilidades para el aprendizaje (lecto-escritura, logopedia, atención y memoria, estrategias de aprendizaje, psicomotricidad, fisioterapia). También se realizarán refuerzos de las áreas instrumentales, excepcionalmente, cuando el desfase curricular sea significativo, más de dos cursos.
Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación - LOMLOE.
Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la
Formación Profesional.
Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria.
INSTRUCCIÓN CONJUNTA 1/2022, DE 23 DE JUNIO, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, POR LA QUE SE ESTABLECEN ASPECTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO PARA LOS CENTROS QUE IMPARTAN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA PARA EL CURSO 2022/2023.
CONTEXTUALIZACIÓN EN EL CENTRO
El Proyecto Educativo de nuestro centro se plantea con un enfoque transversal orientado a que todo el alumnado tenga garantías de éxito en la educación por medio de una dinámica de mejora continua de nuestro centro y una mayor personalización del aprendizaje.
La LOMLOE insiste en la necesidad de tener en cuenta el cambio digital que se está produciendo en nuestras sociedades y que forzosamente afecta a la actividad educativa. Desde nuestro centro contemplamos que el desarrollo de la competencia digital no supone solamente el dominio de los diferentes dispositivos y aplicaciones. El mundo digital es un nuevo hábitat en el que la infancia y la juventud viven cada vez más: en él aprenden, se relacionan, consumen, disfrutan de su tiempo libre. Nuestro proyecto educativo incluye, como uno de sus objetivos, la atención al desarrollo de la competencia digital del alumnado de todas las etapas educativas, tanto a través de contenidos específicos como en una perspectiva transversal, y haciendo hincapié en la brecha digital de género.
Nuestro proyecto educativo del centro recoge los valores, los fines y las prioridades de actuación, incorporando la concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa, que indica que corresponde fijar y aprobar al Claustro, e impulsar y desarrollar los principios, objetivos y metodología propios de un aprendizaje competencial orientado al ejercicio de una ciudadanía activa. Asimismo, incluiye un tratamiento transversal de la educación en valores, del desarrollo sostenible, de la igualdad entre mujeres y hombres, de la igualdad de trato y no discriminación y de la prevención de la violencia contra las niñas y las mujeres, del acoso y del ciberacoso escolar, así como la cultura de paz y los derechos humanos.
Por otro lado, nuestro proyecto educativo recoge, en todas las programaciones didácticas, el trabajo en aspectos como la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, la competencia digital, el emprendimiento social y empresarial, el fomento del espíritu crítico y científico, la educación emocional y en valores, la igualdad de género, la educación para la paz y no violencia y la creatividad. Asimismo, se trata de manera transversal la educación para la salud, incluida la afectivo-sexual, la igualdad entre hombres y mujeres, la educación para la sostenibilidad y el consumo responsable, la formación estética y el respeto mutuo y la cooperación entre iguales.
La transversalidad es una condición inherente al Perfil de salida, en el sentido de que todos los aprendizajes contribuyen a su consecución. De la misma manera, la adquisición de cada una de las competencias clave contribuye a la adquisición de todas las demás. No existe jerarquía entre ellas, ni puede establecerse una correspondencia exclusiva con una única área, ámbito o materia, sino que todas se concretan en los aprendizajes de las distintas áreas, ámbitos o materias y, a su vez, se adquieren y desarrollan a partir de los aprendizajes que se producen en el conjunto de las mismas. Todos los aprendizajes contribuyen a su consecución.
En nuestra propuesta educativa, el empleo de metodologías que respondan a un aprendizaje auténtico y situado, más centrado en el alumnado se plasma de manera significativa, entre otros, en la puesta en práctica de modelos metodológicos que destacan la educación deportiva, el modelo comprensivo, el estilo actitudinal, el modelo de responsabilidad personal y social, el vinculado a la salud, la gamificación, el aprendizaje-servicio, el aprendizaje cooperativo, la enseñanza personalizada, el basado en la autoconstrucción de materiales, la pedagogía aventura, el ecológico, el ludotécnico o centrado en valores, entre otros.
Independientemente de la estrategia empleada, para enriquecer el proceso de enseñanza hacemos uso variado de estilos de enseñanza-aprendizaje, siendo preferible el uso de estilos cognitivos, creativos, socializadores y participativos, así como las propuestas de aprendizaje por proyectos y cooperativo transversales en la planificación docente, facilitando un aprendizaje inclusivo, funcional, integrado e interdisciplinar.
Las tareas, actividades y ejercicios propuestos en las distintas Situaciones de Aprendizaje van dirigidos a reforzar los aspectos más transversales del currículo, favoreciendo la interdisciplinariedad y la conexión entre los diferentes saberes.
NORMATIVA
Decreto 162/2021, de 11 de mayo, por el que se regulan las actividades escolares complementarias, las actividades extraescolares y los servicios escolares complementarios en los centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE LAS ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS.
Los departamentos didácticos, seleccionan y proponen actividades teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
La Programación Didáctica del área/materia.
Las características del grupo.
El principio de gratuidad. En caso de tener un coste, atendiendo al coste efectivo de la actividad.
Evaluación realizada años anteriores.
Información que llega de diferentes organismos (Ayuntamiento, Delegación, etc.)
Propuestas argumentadas por algún miembro de la etapa/departamento.
PROCESO DE ELECCIÓN DE ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS Y APROBACIÓN POR PARTE DEL EQUIPO DIRECTIVO, EL CONSEJO ESCOLAR, ASÍ COMO LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA.
Al finalizar cada curso escolar se hará la propuesta de Actividades complementarias que figurará en la Memoria Anual de cada Departamento Didáctico. Una vez aprobada por el Consejo Escolar la Memoria Anual, esta propuesta se presentará en la Delegación para solicitar el visto bueno de la administración educativa.
Al comienzo de cada curso escolar, los Coordinadores/as de Departamentos Didácticos, se reunirán con el Jefe de Estudios para consensuar el número de ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS a realizar por cada grupo aula.
Las ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS consensuadas en la citada reunión del punto anterior, y aprobadas al finalizar el curso anterior por la Administración Educativa, deben estar incluidas y justificadas en las programaciones didácticas, atendiendo a los objetivos y contenidos establecidos en las mismas.
Estas ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS, estarán detalladas también en el Plan Anual de Mejora de cada Departamento Didáctico. Este detalle se hará, a propuesta de la administración educativa, y según anexo del decreto.
Las ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA, incluidas en el PLAN ANUAL DE MEJORA, serán aprobadas junto al citado PLAN, por el EQUIPO DIRECTIVO y el CONSEJO ESCOLAR a comienzos de cada curso escolar.
REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS PROGRAMADAS
Una vez fijada la fecha propuesta de la ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA por parte del profesor/a responsable de la organización de la actividad, la comunicará a los Coordinadores/as de los respectivos Departamentos Didácticos.
Los/las Coordinadores/as de los Departamentos Didácticos, llevarán las fechas de dicha actividad al ETCP, en el caso que, una vez den su visto bueno, se llevarán al Equipo Directivo, para que, teniendo en consideración el calendario de actividades del centro, sean publicadas donde proceda.
Las Actividades Escolares Complementarias comenzarán y finalizarán en el centro.
Las Actividades Escolares Complementarias, que ocupan parcial o totalmente el horario lectivo, responden a los objetivos establecidos en la propia programación didáctica, siendo, por tanto, evaluables. Para aquellos/as alumnos/as que no las realicen, se tendrá prevista su sustitución y evaluación correspondiente por parte del profesorado encargado de su realización.
Es importante recordar que ninguna Actividad Escolar Complementaria podrá llevarse a cabo sin la aprobación previa por el EQUIPO DIRECTIVO, así como el CONSEJO ESCOLAR; cabe la posibilidad de incluirlas en la relación inicial de actividades sin especificar la fecha exacta de realización, pues en numerosas ocasiones no depende de nuestra voluntad sino de la fecha que otorguen las distintas organizaciones o instituciones.
Cualquier actividad no incluida en el Plan Anual de Mejora exigirá la aprobación expresa por parte del EQUIPO DIRECTIVO y el CONSEJO ESCOLAR antes de poder llevarse a cabo. Además, en el caso de tener algún coste la actividad escolar complementaria, el cobro de cualquier cantidad al alumnado por este concepto deberá ser autorizado por la Administración Educativa, a propuesta del CONSEJO ESCOLAR, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Decreto 162/2021. En ningún caso se podrá superar el coste efectivo de la actividad.
Para poder participar en cualquier Actividad Escolar Complementaria que exija una salida del Centro bajo la responsabilidad del profesorado, el alumnado menor de edad necesitará presentar al/ a la Tutor/a la autorización de sus padres/madres/representantes legales en impreso facilitado por el Centro.
CRITERIOS PARA LA APROBACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS POR PARTE DEL EQUIPO DIRECTIVO Y EL CONSEJO ESCOLAR.
Al ser complemento del currículo, es MUY RECOMENDABLE la participación del alumnado en todas las ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS.
La ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA se suspenderá de no alcanzarse el 90% del alumnado al que vaya dirigida dicha ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA, sin contar con el alumnado repetidor que ya haya realizado la actividad en el curso anterior. Este cálculo se realizará con el alumnado que haya confirmado su asistencia con al menos 3 días de antelación a la realización de la ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA.
En el caso de ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS que supongan una salida de más de 1 día lectivo de duración, las familias deberán confirmar la asistencia a dicha actividad con al menos, un mes de antelación a la fecha de inicio de la actividad. En el caso de desistir la familia de realizar dicha ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA, no se reintegrarán las cantidades aportadas, al día del desistimiento.
Con respecto al presupuesto:
Se debe buscar preferentemente, que sean ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS GRATUITAS. En caso de que no fueran gratuitas, que sean lo más económicas posibles.
En caso de que algún alumno/a no pueda asistir por motivos económicos, y sea del conocimiento del Tutor/a, éste/a y/o su familia, se pondrá en contacto con la Dirección que actuará en consecuencia y estudiará cada caso.
Evitar que se repitan las ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS en distintos cursos/etapas.
Buscar un número similar de ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS para todo los cursos.
Podrá ser acompañante cualquier padre/madre o representante legal de los alumnos/as del Centro (convocados en primer lugar los/las padres/Madres Delegados/as de curso) para los que va dirigida una ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA si lo estima necesario el/la profesor/a responsable de la organización de la actividad y éste obtenga la aprobación de la propuesta de los acompañantes presentada al EQUIPO DIRECTIVO.
Los/las alumnos/as deben ir con el uniforme o el chándal del colegio. La decisión sobre la vestimenta recaerá en el/la profesor/a responsable de la organización de la ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA. En caso, de no venir correctamente uniformado o con el chándal del colegio, o con la vestimenta autorizada y no estar informado el/la profesor/a organizador de la ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA por parte de los padres/madres/tutores legales a través de la Plataforma Sallenet mediante un Correo Interno, NO PODRÁ ASISTIR A LA ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA y permanecerá en el centro durante el horario escolar.
Se procurará evitar la realización ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA en la semana previa a la de las evaluaciones, a excepción de aquellas que se programaron y fueron aprobadas a principio de curso.
No se realizarán ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA cuando éstas coincidan con:
Los martes.
Pruebas del PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE APRENDIZAJES NO ADQUIRIDOS, a excepción de aquellas con fecha fija, ya programadas y aprobadas a principio de curso.
Días relevantes de celebración del centro como por ejemplo, el Miércoles de Ceniza.
Días fijados para Auditorías.
Así como todos aquellos que el EQUIPO DIRECTIVO considere oportuno.
EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS
Tras finalizar la actividad, el/la profesor/a responsable de la organización de la ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA debe evaluar la actividad.
Al finalizar el curso, se retomarán las evaluaciones de las ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS. Estas evaluaciones aparecerán en la Memoria Anual de cada Departamento Didáctico.
ALUMNADO QUE NO ASISTE A LAS ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS
Los/las alumnos/as que, de forma justificada, no participen en la salida y/o ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA tienen la OBLIGACIÓN de asistir al Colegio y ser atendidos en todo momento por el profesorado del Centro.
El/la profesor/a responsable de la organización de la ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA establecerá las actividades que deberán realizar los alumnos/as que no participen en las mismas de forma que todos/as los/las alumnos/as alcancen, en la medida de lo posible, los mismos objetivos didácticos, tomen o no parte en la ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA.
Cuando haya alumnos/as que no asistan a una ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA, el profesor/a de cada materia que les atienda evitará, en la medida de lo posible, avanzar contenidos de su respectiva área.
PROFESORADO
El/la profesor/a responsable de la ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA solicitará a Secretaría un listado de los teléfonos de contacto del/de grupo/s al/a los que va dirigida la ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA.
Para las ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA a realizar fuera del centro y en entornos que lo requieran será necesario llevar un botiquín de primeros auxilios.
La ratio profesorado/alumnado será de, al menos, 1 profesor/a por cada 25 alumnos/as en salidas nacionales, y de 1 por cada 15 alumnos/as en salidas al extranjero. En cualquier caso, y como medida de seguridad nunca irá un/a profesor/a solo en cualquier ACTIVIDAD ESCOLAR COMPLEMENTARIA que se realice fuera del Centro.
En esta programación se trabajarán usando recursos del Nuevo Contexto de Aprendizaje:
Recursos materiales: lo entendemos en toda su variedad: impresos, audiovisuales, informáticos. Su selección y utilización pertinente acorde con una planificación rigurosa, constituye un medio fundamental en el desarrollo didáctico.
Recursos ambientales: Comprenden desde la conformación flexible y funcionales del espacio del aula, hasta la utilización de los distintos espacios del centro y los ambientes fuera de él (museos, archivos, bibliotecas, hemerotecas…) pueden cooperar en el tratamiento de los contenidos.