CERTIFICADO PROFESIONAL:SSCB0209. Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil.
CERTIFICADO PROFESIONAL:SSCB0209. Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil.
Entorno Profesional:
Ámbito profesional:
Desarrolla su actividad profesional en el ámbito público y privado, en las áreas de organización, animación y dinamización de las actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil.
Las áreas de actividades son: actividades socioeducativas de tiempo libre, actividades de tiempo libre en servicios educativos dentro y fuera del marco escolar.
Podrán desarrollar su competencia en cualquier organización que contemple la realización de programas de dinamización de tiempo libre educativo infantil y juvenil, con apoyo y dirección de nivel superior y en el marco de un proyecto educativo. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la legislación vigente.
Sectores productivos:
Se ubica en el sector del tiempo libre educativo infantil y juvenil, desarrollándose en diferentes centros o equipamientos, tales como: centros cívicos, centros infantiles,centros culturales, clubes, centros de tiempo libre y asociaciones/agrupaciones de tiempo libre educativo, casas de juventud, colonias urbanas, ludotecas, albergues, terrenos de acampada y campamentos, casas de colonias, granjas-escuela, aulas y escuelas de naturaleza, espacios de tiempo libre educativo en entornos comerciales, centros escolares, transportes infantiles y juveniles, asociaciones, campos de trabajo, intercambios juveniles, entre otros.
Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes:
3724.1034 Monitores de educación y tiempo libre. Monitor/a de tiempo libre educativo infantil y juvenil.
Monitor/a de campamentos, de albergues de juventud, de casas de colonias, de granjas-escuelas, de aulas y escuelas de naturaleza.
Monitor/a de actividades en el marco escolar.
Oferta formativa del Sistema de Formación Profesional asociada a un perfil profesional con significación en el mercado laboral, destinada, de preferencia, a las personas trabajadoras o a jóvenes mayores de dieciocho años. Excepcionalmente podrán cursarlos jóvenes mayores de 16 años que hayan abandonado el sistema educativo.
Los Certificados Profesionales, Grado C, tienen carácter oficial y validez profesional y académica en el marco del Sistema de Formación Profesional, en todo el territorio nacional y son expedidos por la Consejería con competencias en materia de empleo.
Dirigida a un número de 15 alumnos
La actividad formativa de los proyectos deberá finalizar antes del 23 de diciembre de 2025.
El participantes tendrá un seguro de accidentes y responsabilidad civil de los participantes.
Actividad Gratuita.
Material de apoyo.
Prácticas en la Comarca de la Loma y las Villas.
Lugar: IES SANTÍSIMA TRINIDAD. BAEZA. JAÉN.
Más info: https://www.iessantisimatrinidad.es/
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: certificadoprofesionalSSCB0209@iessantisimatrinidad.es y en secretria del centro educativo.Antes del 3 de Junio 2025.
Solicitud:
SELECCIÓN DE PARTICIPANTES:
Adjudicación de plazas.
La Comisión de Selección adjudicará un total de quince plazas con el siguiente orden de prelación,
Tendrán carácter prioritario las personas solicitantes inscritas como personas trabajadoras desempleadas en el Servicio Andaluz de Empleo.
Las solicitudes se ordenarán en aplicación del baremo establecido en el punto B de este apartado.
En caso de empate entre dos o más solicitudes se podrá programar una entrevista individualizada con las personas aspirantes que versará como mínimo sobre
a) formación y cualificación.
b) experiencia laboral.
c) empleabilidad.
d) motivación disponibilidad y compromiso.
e) competencias básicas: comunicación lingüística, autonomía e iniciativa personal y que será puntuada de 0 a 5 puntos.
De persistir el empate se resolverá atendiendo al orden de presentación de solicitudes.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 29 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, se reservará un 5% del número de plazas para personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%. En consecuencia, se reserva una plaza en cada acción formativa para este colectivo. Si hubiera para este cupo más de un solicitante, se otorgará la plaza con carácter prioritario a la persona solicitante desempleada que obtenga mayor puntuación en la baremación, los solicitantes restantes pasarán a formar parte del cupo general a baremar. Sin embargo, en caso de no cubrirse dicha plaza por personas con discapacidad, se sumará a las restantes plazas disponibles.
El centro tendrá potestad para adjudicar hasta un máximo del 30% de las plazas de la acción formativa (cuatro plazas) a personas solicitantes trabajadoras ocupadas. Las solicitudes se ordenarán en aplicación del baremo establecido en el punto B de este apartado.
Una vez publicado el listado definitivo de solicitudes admitidas con la adjudicación de plazas a quienes las hubieran obtenido se podrán cubrir las bajas sobrevenidas con aspirantes que hubiesen quedado en reserva, siempre que no haya transcurrido el 25% de la duración de la acción formativa, y además que la baja se haya producido durante los primeros cinco días lectivos desde el inicio de la misma.
Será obligatorio presentarse el día del comienzo de la formación, si no se entenderá que el participante renuncia a su plaza que será cubierta por alumnado en situación de reserva.
Cuando no haya alumnado en situación de reserva, se podrán admitir nuevas solicitudes por orden de recepción siempre que los solicitantes cumplan los requisitos de acceso y no haya transcurrido el 25% de la duración de la acción formativa y además que la baja se haya producido durante los primeros cinco días lectivos desde el inicio de la misma.
Baremación de colectivos prioritarios,
Se otorgará máximo 1 punto por cada colectivo incluido con un máximo de 5 puntos.
Mujeres.
Personas menores de 30 años.
Personas perceptoras de rentas mínimas de inserción social o de ingreso mínimo vital.
Personas trabajadoras en situación de desempleo de larga duración (mínimo 12 meses consecutivos).
Personas mayores de 45 años.
Familia numerosa.
Mujeres en situación de vulnerabilidad, víctimas de violencia de género.
Personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
Emigrantes andaluces retornados.
Personas que han acreditado una o varias unidades o estándares de competencia (en un proceso de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales e informales) de la misma familia profesional que se oferta.
Personas en posesión de un Grado A, B o C incluido en un Grado D y deseen cursar la acción formativa ofertada por pertenecer al mismo Grado D, o poseer un certificado profesional establecido al amparo del derogado Real Decreto 34/2008, de 18 de enero que deseen cursar la acción formativa por pertenecer al mismo Grado.
Personas en posesión de un modulo profesional del Grado D y deseen cursar el Grado C que lo contiene, o personas que poseen algún modulo profesional del Grado C o modulo formativo de los certificados de profesionalidad establecido al amparo del derogado Real Decreto 34/2008, de 18 de enero que deseen completar dicho Grado.
En los apartados j), k) y l) antes citados, solo se podrá baremar una única vez la documentación relacionada tanto con la acreditación de competencias como la de las acciones formativas.
Demanda de Empleo del Servicio Andaluz de Empleo.
Documentación justificativa de los requisitos de acceso según el nivel máximo de formación:La aportación del correspondiente título oficial o certificado de profesionalidad
Certificados que acrediten el cumplimiento de los requisitos de las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 años o de 45 años
Certificados que acrediten haber superado con evaluación positiva las pruebas de competencias claves necesarias o, en su caso, las pruebas de acceso al ciclo formativo de grado medio o superior.
Documentos para acreditar la pertenencia a un colectivo prioritario.En los casos en los que la persona solicitante opte por uno de los colectivos prioritarios señalados en el apartado sexto, deberá aportar la documentación acreditativa detallada en el Anexo III de las presentes Instrucciones.