Se solicitará al Director del Centro, perdiendo así su derecho a la enseñanza, evaluación y calificación de todos los módulos profesionales matriculados. Si quiere volver a matricularse en el futuro deberá participar en el procedimiento de admisión.
La renuncia de la matrícula completa en formación profesional se solicita con este formulario que debe entregarse en el centro o telemáticamente en Presentación Electrónica General en Centros Educativos.
RENUNCIA DE MÓDULOS PROFESIONALES (HASTA EL 50% )
Para la renuncia de módulos profesionales, una sola vez en el curso escolar podrá realizarlo mediante este formulario que debe entregarse en el centro o telemáticamente en Presentación Electrónica General en Centros Educativos.
El alumnado o sus representantes legales podrán presentar la solicitud de renuncia a convocatoria o a matrícula cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes, si bien la renuncia a la matrícula completa podrá realizarse sin necesidad de motivación, siempre que se solicite antes del 15 de noviembre:
a) Enfermedad prolongada o accidente del alumnado.
b) Incorporación o desempeño de un puesto de trabajo en un horario incompatible con las enseñanzas del ciclo formativo o curso de especialización.
c) Cuidado de hijo o hija menor de 9 años o accidente, enfermedad grave u hospitalización del cónyuge o análogo y de familiares hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.
d) Cuidado de personas dependientes hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.
e) Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo o formativo.
f) Otras causas debidamente documentadas que impidan el desarrollo ordinario de los estudios.
a) Enfermedad prolongada o accidente del alumnado: certificado médico oficial en el que conste la fecha y duración de la inhabilitación.
b) Incorporación o desempeño de un puesto de trabajo en un horario incompatible con las enseñanzas del ciclo formativo o curso de especialización:
1.º Para las personas trabajadoras asalariadas: certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados o equivalente en el caso de organismos extranjeros, donde conste la empresa y el período de contratación.
2.º Para las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia: certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.
c) Cuidado de hijo o hija menor de 9 años o accidente, enfermedad grave u hospitalización del cónyuge o análogo y de familiares hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad: certificado médico oficial en el que conste la fecha y duración de la necesidad de cuidados.
d) Cuidado de personas dependientes hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad: certificado médico oficial en el que conste la fecha y duración de la necesidad de cuidados o documentación acreditativa.
e) Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo o formativo: certificado médico oficial en el que conste la fecha y duración de la necesidad de cuidados o documentación acreditativa.
f) Otras causas que impidan el desarrollo ordinario de los estudios: documentación acreditativa.
Al inicio de curso (Modalidad Presencial): Si tras comenzar las clases transcurren 5 días lectivos sin incorporarte o acumulas faltas sin justificar repetidamente (procedimiento activo hasta el 15 de noviembre para liberar plazas vacantes).
Durante el desarrollo del curso: Si se acumulan de 45 días hábiles de inasistencia injustificada en el conjunto de los módulos matriculados
En Modalidad Virtual: Si transcurrido el inicio del curso no se realiza durante 15 días continuados alguna de las siguientes acciones: acceder al aula virtual, entregar tareas o participar en las actividades de evaluación de la plataforma.
Pérdida de la plaza: se pierde el derecho a asistir a clase o acceder a la plataforma.
Consumo de convocatoria: se pierde las convocatorias de evaluación asociadas a ese curso académico para los módulos afectados.
Pérdida de matrícula directa: si se desea volver a estudiar el ciclo en el futuro, deberás solicitar plaza de nuevo en el proceso general de admisión.