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Entrada principal del MITERD en Nuevos Ministerios (Madrid)

La Administración General del Estado, ejemplo de eficiencia energética

Nicolás Astiarraga Cornejo y Antonio Díez Rabadán

Oficina Técnica de la AGE

Ángel Sánchez de Vera Quintero

Jefe del Departamento de Servicios y Agricultura del IDAE

Las Administraciones Públicas deben ejercer un papel ejemplarizante en la transición ecológica del sector energético hacia una economía libre de emisiones, liderando el cambio de modelo energético y económico. La UE demandó a cada Estado miembro la elaboración de un Plan Nacional Integrado de Energía y Clima para el periodo 2021-2030: el Plan aprobado por el Gobierno de España recoge el mandato de que la Administración General del Estado —asumiendo el reto y la responsabilidad proactiva de ser ejemplo de eficiencia energética— lidere el proceso de transición hacia el logro de una economía descarbonizada en el año 2050. Rehabilitación energética de edificios públicos, medidas de ahorro y eficiencia energética y avance en movilidad sostenible y electrificada son objetivos cardinales, para cuya consecución se intensificará el nivel de inversión en edificios públicos y sus infraestructuras, además de implantar planes específicos de ahorro y eficiencia energética.


UE: marco común para la energía

La «Función ejemplarizante de los edificios de los organismos públicos», es un mensaje clave de la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre, relativa a la eficiencia energética (en adelante Directiva de Eficiencia Energética), para entender la importancia del papel que debe adoptar el sector público en el contexto energético europeo. La Directiva de Eficiencia Energética se creó como marco común para fomentar la eficiencia energética dentro de la Unión Europea, y en ella se establecía en su artículo 5, la frase con la que se inicia este texto.

Además, el mandato de esta Directiva estableció en ese artículo 5 que los Estados miembros elaborarían y harían público un inventario energético de los edificios de las administraciones centrales cuya superficie útil total fuera de más de 250 m2, y sobre la base de ese inventario, se debería renovar anualmente el 3 % de la superficie de estos edificios. Las renovaciones harían más eficientes, energéticamente, a los edificios al verse sujetos a la aplicación de los nuevos reglamentos y códigos técnicos.

El marco de la política energética y climática en España responde a los requerimientos del Acuerdo de París, alcanzado en 2015 para dar una respuesta internacional y coordinada al reto de la crisis climática. La UE ratificó el Acuerdo de París en octubre de 2016, lo que permitió su entrada en vigor en noviembre de ese año. España hizo lo propio en 2017, estableciendo así un compromiso renovado con las políticas energéticas y de cambio climático.

En respuesta a estos compromisos, la UE demandó a cada Estado miembro la elaboración de un Plan Nacional Integrado de Energía y Clima para el periodo 2021-2030 (PNIEC). Los PNIEC presentados por cada Estado miembro servirán a la Comisión para determinar el grado de cumplimiento conjunto y establecer actuaciones para corregir posibles desvíos. Por parte de España, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 16 de marzo de 2021, aprobó la versión final del Plan.

En el PNIEC se recoge el mandato de asumir el papel ejemplarizante de la Administración General del Estado (en adelante AGE) en materia de eficiencia energética, estableciendo que el conjunto de la administración pública debe asumir una responsabilidad proactiva en materia de promoción de la eficiencia energética, liderando el proceso de transición energética hacia una economía descarbonizada en el año 2050.

La administración pública debe asumir una responsabilidad proactiva en la promoción de la eficiencia energética


Cambio climático y transición energética

El año 2020 fue un año clave en la implementación del Acuerdo de París, ya que los países se obligaron a presentar nuevos compromisos de reducción de emisiones, que deberán ser más ambiciosos para responder a la emergencia climática y cerrar la brecha que existe entre los compromisos del 2015 y el objetivo internacional de limitar el calentamiento futuro del planeta a 1,5 °C.

Para el cumplimiento por parte de España de los objetivos del Acuerdo de París y facilitar la descarbonización de la economía española y su transición a un modelo circular, se publicó el 20 de mayo de 2021 la Ley de Cambio Climático y Transición Energética (Ley 7/2021). Esta ley garantiza el uso racional y solidario de los recursos, así como promover la adaptación a los impactos del cambio climático y la implantación de un modelo de desarrollo sostenible que genere empleo de calidad y contribuya a la reducción de las desigualdades.

Asimismo, establece que en el plazo de un año desde su entrada en vigor, el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) debe presentar un Plan de Reducción de Consumo Energético en la AGE, con el objetivo de que los centros consumidores de energía, pertenecientes a la AGE, reduzcan su consumo de energía en el año 2030 en consonancia con la Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España y el PNIEC 2021-2030, mediante la realización de medidas de ahorro y eficiencia energética.

Este plan incluye medidas de carácter estructural con horizontes temporales a corto, medio y largo plazo, sirviendo como base para reforzar la autonomía energética de la AGE.

Proyecto presentado por Presidencia para la cubierta del parking del Palacio de la Moncloa con placas solares para la recarga de vehículos eléctricos. © Ministerio Presidencia

La ministra portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, y la vicepresidenta cuarta y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que aprobó el PNIEC 2021-2030. © Pool Moncloa / Borja Puig de la Bellacasa

El plan específico ante la invasión de Ucrania establece nuevas medidas de ahorro energético


Edificios públicos de consumo casi nulo

Se consideran edificios de consumo de energía casi nulo aquellos que tienen un nivel de eficiencia energética muy alto, donde la cantidad de energía que necesitan es muy baja o casi cero. En estos edificios, su demanda energética debería estar cubierta en muy amplia medida por energía generada con fuentes renovables, incluyendo la que se genera en el propio edificio (autoconsumo) o la que se genera en el entorno.

Respecto al parque de edificios públicos, el anterior procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética (Real Decreto 235/2013) ya establecía, en su disposición adicional segunda, que los edificios nuevos que vayan a estar ocupados y sean de titularidad pública, serán edificios de consumo de energía casi nulo después del 31 de diciembre de 2018.

En mayo de 2018, la Directiva 2018/844/UE (por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética) obliga a cada Estado miembro a realizar una estrategia a largo plazo para apoyar la renovación de los parques nacionales de edificios residenciales y no residenciales, tanto públicos como privados, en parques inmobiliarios con alta eficiencia energética y descarbonizados antes de 2050, facilitando así la transformación económicamente rentable de los edificios existentes en edificios de consumo de energía casi nulo.

Posteriormente, en enero de 2019, dentro del ámbito de la contratación de la AGE, se publicó la Orden de Presidencia PCI/86/2019, por la que se aprueba el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social. Este Plan responde a la necesidad de incorporar criterios ecológicos en la contratación pública, lo que permitirá a las administraciones, en el desarrollo de su actividad, fomentar y contribuir a los objetivos de sostenibilidad económica y medioambiental.


Rehabilitación energética en edificios

En 2020 se presentó la «Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España de 2020» (ERESEE), que en su capítulo 10, punto 3 «Rehabilitación de los edificios de las administraciones públicas y otras medidas ejemplarizantes», propone ampliar la exigencia establecida en el artículo 5 de la Directiva 2012/27/UE, según el cual debe renovarse anualmente el 3 % de la superficie total de los edificios con calefacción y/o sistema de refrigeración que tenga en propiedad y ocupe la AGE, incrementando este porcentaje y extendiendo su aplicación a edificios no incluidos en el inventario.

Como hemos visto, el PNIEC, aprobado en 2021, propone que las Administraciones Públicas sean ejemplares en materia de ahorro y eficiencia energética. Incluye iniciativas para el cumplimiento del objetivo de renovación del parque edificatorio público fijado en la Directiva de Eficiencia Energética (3 %) y evalúa e impulsa los ahorros que podrían obtenerse de la renovación adicional de 300 000 m2 /año en la AGE. El Plan anima, de acuerdo con la Directiva de Eficiencia Energética, a que las comunidades autónomas y las entidades locales hagan suyo, al menos, el objetivo obligatorio para la AGE de renovación del 3 % de la superficie edificada y climatizada del parque edificatorio público, ya que con ello se lograría un objetivo de ahorro energético mucho más ambicioso.

También en el año 2021, las Administraciones Publicas tuvieron un importante papel en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante PRTR) que incluye, en uno de los cuatro ejes que conforman el PRTR, la transición ecológica. En este eje se incardina la política palanca «Una Administración para el siglo XXI», que tiene como objetivo «una modernización de la Administración para responder a las necesidades de la ciudadanía y la economía en todo el territorio. Se basa en la digitalización de los servicios y del funcionamiento de la Administración, y la transición energética de la infraestructura y parque público, por su efecto arrastre sobre el resto de la economía».

Refuerzo del trabajo a distancia para reducir el impacto energético tanto por los desplazamientos al lugar como por el consumo de energía en centro de trabajo

Movilidad sostenible

La descarbonización de la economía, además de una necesidad imperiosa para limitar el cambio climático y sus efectos sobre el planeta, representa una oportunidad desde el punto de vista económico, de forma que los fondos destinados por Europa a reparar los daños provocados por la crisis de la Covid-19 sirvan, a través de reformas e inversiones, para construir una recuperación económica, social y ambientalmente sostenible.

El Real Decreto-Ley 29/2021 de medidas urgentes para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables, incorpora nuevas exigencias para los edificios de titularidad de la AGE o de los organismos públicos vinculados a ella o dependientes de la misma, para la instalación de estaciones de recarga para vehículos eléctricos en ciertos edificios públicos que dispongan de zona de aparcamiento.

La movilidad urbana es un problema actual presente en sociedades con diferentes niveles de desarrollo, y su gestión incide directamente en los índices de calidad de vida de la población. Hacer la movilidad más sostenible es una prioridad para la AGE; así en el PNIEC como en el Plan de contratación pública ecológica, se establece la obligación de adquisición de vehículos de nulas o bajas emisiones (eléctricos, híbridos enchufables de alta autonomía, etc.), siempre que sea posible.

Financiación para la transición energética

Desde el año 2021, la Administración General del Estado está abordando un ejercicio de mejora energética sin precedentes, mediante la movilización de un presupuesto de más de 1.070 millones de euros con cargo a la componente 11 del PRTR, que actúa sobre sus edificios, infraestructuras consumidoras de energía y su movilidad, financiado por la Unión Europea a través del instrumento temporal de recuperación NextGenerationEU para el periodo 2021-2026.

Conviene destacar que el anterior programa de ayudas destinado a la mejora energética de edificios e infraestructuras existentes de la AGE financiado por la Unión Europea fueron los fondos FEDER del periodo 2014- 2020, con una dotación presupuestaria máxima de 95,2 millones de euros. Si bien se puede pensar que estos programas son suficientes para avanzar en las líneas estratégicas expuestas, la realidad es que los programas anteriormente indicados no son suficientes para alcanzar el papel que la AGE debe ejercer en la transición ecológica del sector energético, lo que obligará a intensificar el nivel de inversiones para la rehabilitación energética de los edificios públicos y sus infraestructuras, además de implantar planes específicos de ahorro y eficiencia energética.


Plan de choque tras la invasión de Ucrania

Desde marzo de este año 2022 la situación generada por la invasión Ucrania por parte de Rusia en el comercio y suministro mundial de energía ha generado la necesidad urgente de elaborar un plan de choque energético para minimizar los impactos energéticos y la vulnerabilidad de suministro y dependencia energética derivadas del conflicto. La repercusión de los precios en el combustible y los costes en general de la energía propicio la necesidad de establecer un Plan de medidas de ahorro y eficiencia energética de la Administración General del Estado y las entidades del sector público institucional estatal (Orden PCM/466/2022).

El plan introduce una batería de medidas de ahorro energético, entre las que destacan: el establecimiento de horarios de encendido y apagado de las instalaciones y equipos consumidores de energía; la optimización del uso de los edificios administrativos, el control de las condiciones de temperatura en los locales e instalaciones climatizados; la identificación de ubicaciones en edificios e infraestructuras de la AGE susceptibles de albergar instalaciones fotovoltaicas para autoconsumo o la regulación de los horarios de encendido y apagado y del nivel luminoso del alumbrado exterior de los edificios e infraestructuras dependientes de la AGE.

De nuevo, la Administración General del Estado ha adoptado un papel protagonista, impulsando actuaciones que propicien el ahorro y la eficiencia energética en el ámbito del sector público estatal y que puedan servir, a su vez, como modelo a otras administraciones públicas y entidades privadas que se sumen a esta iniciativa y les permita obtener, en el corto plazo, ahorros en la factura energética, así como contribuir al refuerzo de la seguridad energética del país. Finalmente, y como continuación a este plan de choque energético, se publicó a principios de agosto mediante un Real Decreto-Ley (RD-ley 14/2022), que desarrolla un conjunto de medidas de fomento del ahorro y la eficiencia energética, así como de fomento de la electrificación y despliegue de energías renovables.

Se establece la optimización del alumbrado exterior en edificios, monumentos, parques, jardines o viales, con regulación de los horarios de encendido y apagado. Jardines de Nuevos Ministerios (Madrid)

Las Administraciones Públicas deben ejercer un papel ejemplarizante en la transición ecológica

Una Administración para el siglo XXI

La consecución de los objetivos de mejora de la eficiencia energética establecidos en las disposiciones normativas europeas y los objetivos previstos para el futuro Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 para la Administración General del Estado requieren de una apuesta decidida y ambiciosa por parte del Estado español por la descarbonización del sector público, mediante líneas de actuación concretas que incluyan:

‒ Reducción de la demanda energética de los edificios e infraestructuras públicas

‒ Reducción de la dependencia de combustibles fósiles (carbón, gasóleo, gas natural)

‒ Introducción de tecnologías de alta eficiencia energética

‒ Fomento de las energías de origen renovable, el autoconsumo y la generación distribuida

‒ Fomento de la movilidad sostenible de los empleados públicos

Las Administraciones Públicas, y de forma especial la Administración General del Estado, deben ejercer un papel ejemplarizante en la transición ecológica del sector energético hacia una economía libre de emisiones, liderando el cambio de modelo energético y económico lo que repercutirá en un mayor ahorro económico y, por ende, el uso más racional de los recursos públicos.

Referencias

1. Directiva de Eficiencia Energética (2012/27/UE)

2. https://www.boe.es/doue/2012/315/L00001-00056.pdf

3. Directiva Eficiencia Energética edificios (2018/844/UE):

4. https://www.boe.es/doue/2018/156/L00075-00091.pdf

5. Orden de Presidencia (PCI/86/2019)

6. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=- BOE-A-2019-1394

7. Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC)

8. https://www.miteco.gob.es/es/prensa/pniec.aspx

9. RD-Ley 29/2021 Movilidad eléctrica

10. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=- BOE-A-2021-21096

11. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C11.I4 PRTR)

12. https://www.lamoncloa.gob.es/temas/fondos-recuperacion/Documents/05052021-Componente11.pdf

13. Orden PCM/466/2022, Plan de medidas de ahorro y eficiencia energética de la Administración General del Estado y las entidades del sector público institucional estatal.

14. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=- BOE-A-2022-8563

15. Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.

16. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=- BOE-A-2022-12925 )