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EL PAPEL DE LAS COFRADÍAS EN LA CONSECUCIÓN DE LA PESCA SOSTENIBLE

José Manuel González Gil de BernabéSecretario GeneralFederación Nacional de Cofradías de Pescadores 

LAS COFRADÍAS DE PESCADORES Y SU ENCAJE EN LA ECONOMÍA SOCIAL 

Como reconoce la Ley 3/2001 de Pesca Marítima del Estado en su preámbulo, las Cofradías de Pescadores tienen una importante implantación en el litoral español, siendo su naturaleza jurídica la de corporaciones de derecho público sin ánimo de lucro (art. 45.1).

Ejercen las Cofradías sus competencias en materia de producción de la pesca fresca, marisqueo y primera venta, formando parte de la ordenación del sector pesquero.

La entidad que representa a las Cofradías a nivel nacional es la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores (art. 47 Ley 3/2001) que cada cuatro años renueva sus órganos de gobierno y organiza una asamblea, que es el punto de encuentro y discusión de los temas candentes en el sector pesquero.

Foto: Álvaro López. 

En la VIII Asamblea Nacional celebrada en febrero de 2008, los representantes de las Cofradías discuten y aprueban una ponencia sobre el encaje de estas entidades en la economía social. Así, en el informe elaborado por el Centro Internacional de Investigación e Información sobre Economía Pública Social y Cooperativa (CIRIEC) se decía que la economía social representa actividades económicas diferenciables en el conjunto de la economía, considerándose históricamente como la actividad económica vinculada a las asociaciones populares y a las cooperativas.

Ha sido el sistema de valores, y los principios de actuación del asociacionismo popular que se configuran en el tiempo, a partir de la dilatada experiencia del cooperativismos histórico, lo que ha servido de base para articular el moderno concepto de economía social, donde las Cofradías de Pescadores tienen su razón de ser.

Cuando se aprobó la carta europea de la economía social, se establecieron los siguientes principios definitorios:

En el estudio publicado por el Comité Económico y Social europeo en el año 2007 sobre las concepciones y la situación de la economía social en los países miembros de la Unión Europea, se indicaba que la economía social estaba integrada por organizaciones cuya organización y funcionamiento respondía, en síntesis, a los siguientes principios y pautas de actuación:

 En el año 2011 se aprueba, por unanimidad, en el Congreso de los Diputados, la Ley 5/2011 de la Economía Social, recogiéndose en su preámbulo una mención a las Cofradías de Pescadores como entidades que comparten los principios orientadores de la economía social y figurando, en el artículo 5 de la mencionada Ley, como entidades que constituyen parte de la economía social. No podemos olvidar su espíritu asociativo, la ausencia de ánimo de lucro, su importante papel en la prestación de servicios, socorro y asistencia, así como la vinculación a la consecución de intereses generales, defendiendo la participación conjunta de armadores y pescadores.

LA REFORMA DE LA POLÍTICA PESQUERA COMÚN

En la IX Asamblea Nacional de Cofradías, celebrada en mayo de 2012, se debatió una ponencia sobre la reforma de la Política Pesquera Común, que hacía una referencia específica al seminario organizado por el Comité de Regiones de la Unión Europea (celebrado en octubre de 2010 en Malta sobre la política marítima integrada), donde se dijo que:

Los objetivos históricos de las Cofradías de Pescadores en la ordenación sostenible del medio marino, no solo de los caladeros, pues han promovido la creación de reservas marinas, participando en la gestión de sus usos pesqueros. Por ello colaborarán en el desarrollo de esta planificación con los servicios que actualmente explotan, siendo de destacar su grado de modernización y el apoyo que encuentran en ellas los poderes públicos para la gestión de los caladeros…

.. Los pescadores locales también tienen una importante cultura de protección, aunque la Unión Europea no les reconozca representación específica en los órganos de consulta, y no quieren soluciones temporales, sino de futuro porque lo que está en juego son los caladeros locales, que son  su medio fundamental de vida…

… como la representación de las cuestiones de conservación que afecten a un sector, se deben encargar a quienes pertenezcan a dicho sector, porque lo conocen y saben, mejor que alguien ajeno, cómo protegerlo de una forma equilibrada, la representación de los intereses pesqueros se debe encargar a los pescadores locales, en nuestro caso integrados en las Cofradías de Pescadores, como garantía para una mejor gobernanza, dada las incidencias que esta planificación tendrán en los caladeros locales e incluso en la primera comercialización de los productos de la pesca…”

Una de las conclusiones aprobadas en la IX Asamblea fue que:

“Las Cofradías de Pescadores pueden poner sus medios al servicio de la política marítima integrada, para conseguir unas pesquerías más sostenibles, pues todos sus objetivos históricos son y han sido la ordenación sostenible del medio marino cercano, promoviendo la creación de reservas marinas y participando en la gestión en ellas de los usos pesqueros. Podrán participar en la identificación de las áreas a ordenar, ayudar a definir objetivos, a evaluar la situación y a informar la aprobación de los planes, colaborando en su desarrollo y ayudando a respetar los plazos que fija la Directiva marco.”

LA DIRECTIVA MARCO SOBRE LA ESTRATEGIA MARINA (2008/56/CE) 

Foto: Álvaro López. 

Es la que establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino. El Estado español hizo la trasposición de esta Directiva a través de la Ley 41/2010 de protección del medio marino.

La Directiva marca un doble objetivo referente a:

- Proteger y preservar el medio marino, evitar su deterioro o, en la medida de lo posible, recuperar los ecosistemas marinos en las zonas que se hayan visto afectados negativamente.

- Prevenir y reducir los vertidos al medio marino, con miras a eliminar progresivamente la contaminación, para velar por que no se produzcan impactos o riesgos graves para la biodiversidad marina, los ecosistemas marinos, la salud humana o los usos legítimos del mar.

- La ley incluye un tercer objetivo que es garantizar que las actividades y usos del medio marino sean compatibles con la preservación de la biodiversidad.

En el preámbulo de la Ley se menciona el Real Decreto 1315/1997, de 1 de agosto (modificado por el Real Decreto 431/2000, de 31 de marzo) que establece una zona de protección pesquera en el Mediterráneo, que se extiende desde el límite del mar territorial al sur de Punta Negra-Cabo de Gata, continuando al este hasta la línea equidistante con los países ribereños, hasta la frontera marítima con Francia.

Esta zona de protección fue propuesta en la reunión organizada por la Federación Nacional, que se celebró en Ibiza, los días 7 y 8 de junio de 1997, con la participación de los representantes de todas las Cofradías de Pescadores del Mediterráneo y la Administración pesquera. Esta propuesta fue aprobada por el mencionado Real Decreto, siendo Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación Dª. Loyola de Palacio, que atendió la petición planteada por las Cofradías de Pescadores.

La Ley 41/2010 tiene también una dedicación específica a los vertidos en el mar, y no debemos olvidar que las Cofradías de Pescadores siempre han pedido una protección en materia de contaminación (mareas negras), vertidos cercanos a la costa, extracción de gas o petróleo, navegación comercial, pesca deportiva, turismo, etc. Las actuaciones de las Cofradías de Pescadores frente a desastres como el Urquiola (1976), Casón (1987), Mar Egeo (1992), Prestige (2002), han incidido de una manera significativa en la superación de las consecuencias de los accidentes, para que la actividad pesquera sostenible fuera posible de nuevo. Los afiliados de las Cofradías actuaron de una forma decidida en defensa de la conservación del medio ambiente y de la riqueza natural de los mares, pues los pescadores fueron totalmente conscientes entonces de que viven de su trabajo en el mar, con independencia de la modalidad de pesca que desarrollen.

En la red de áreas marinas protegidas españolas pueden incluirse todos los espacios protegidos situados en aguas bajo soberanía o jurisdicción española, representativos del patrimonio natural marino, con independencia de que su declaración y gestión estén reguladas por normas internacionales, comunitarias, estatales o autonómicas, incluyéndose por tanto en la misma:

- Las áreas marinas protegidas. - Las zonas de especial protección para las aves. - Las zonas especiales de conservación y los lugares de interés comunitario. - Las áreas protegidas por instrumentos internacionales (reservas de la biosfera, etc.) - Las reservas marinas reguladas en la Ley 3/2001 de Pesca Marítima.

Es en la implantación de las reservas marinas donde las Cofradías de Pescadores han jugado un papel muy importante, tanto para su como para su mantenimiento y desarrollo, aunque en los últimos tiempos se han producido recortes muy importantes en la financiación que tenían en materia de vigilancia, monitoreo científico, etc.

Las reservas marinas se consideran adecuadas para la regeneración de los recursos pesqueros y en ellas, en muchos casos de común acuerdo con los representantes de las Cofradías, se han determinado limitaciones o prohibiciones del ejercicio de la actividad pesquera.

Mediante la Resolución de 2 de julio de 2013 de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, se integran en la Red de Áreas Marinas Protegidas de España las siguientes reservas marina de interés pequero de competencia estatal: 

Foto: Álvaro López. 

- Isla de Alborán. - Cabo de Gata-Níjar - Cabo de Palos-Islas Hormigas - Cala Ratjada-Levante de Mallorca - Islas Columbretes - Isla de la Graciosa e Islotes del Norte de Lanzarote - Masía Blanca - Isla de la Palma - Punta de la Restinga-Mar de las Calmas - Isla de Tabarca

En el año 1986 se estableció la primera reserva marina, la de Tabarca (Alicante). En el momento de su declaración como reserva, recibía en verano un turismo de visita diaria que llegaba a alcanzar unas 2000 personas, y en ella se desarrollaba un turismo-recreativo centrado en el buceo, la pesca deportiva, etc. Con su creación se pretendió lograr que las poblaciones de interés pesquero alcanzasen la plena edad reproductiva y que la zona actuase como criadero. En la actualidad existen reservas donde la zona de protección es integral, pues en ellas no se puede practicar ninguna actividad humana, incluida  la pesca profesional que está totalmente prohibida.

Desgraciadamente no en todas las reservas (tanto en las de competencia estatal como autonómica) se ha contado con las Cofradías de Pescadores y como han manifestado diversos autores. Se ha producido lo que denominan la “paradoja de la participación”, que conlleva una participación casi testimonial de los profesionales del sector pesquero y un incremento de los intereses recreativos. Podría ser motivo de análisis en este artículo la labor realizada por las Cofradías en la creación de reservas marinas, y el grado de funcionamiento que han llegado a alcanzar, aunque en alguna de ellas el colectivo de pescadores directamente afectado representa una cifra muy pequeña, lo que hace que el modelo implantado no sea posible de trasponer en otras localidades o zonas donde el sector pesquero tiene una importancia numérica considerable.

Con la reforma de la Política Pesquera Común, ya aprobada en estos momentos, no se ha conseguido dotar a la flota de pesca artesanal de una definición más amplia en su concepto, como plantearon las Cofradías de Pescadores en su última Asamblea nacional, insistiendo al gobierno de España en que era necesario modificar el criterio de los 12 metros de eslora y que se recogiese en su definición que: “la actividad pesquera profesional, enraizada en el entorno local, practicada en zonas marítimas cercanas a la costa, llevada a cabo en mareas de corta duración, con retorno a puerto diario, que se caracteriza por la frescura de sus productos y que además muestra respeto por el entorno y la tradición artesana. Dicha actividad presentará además una alta dependencia socio-económica de los puertos y tendrá carácter de microempresa o empresa familiar, tanto en la propiedad como en la actividad. Esta definición deberá incluir el marisquero y la pesca a pie de determinadas especies.”

El reciente Programa Operativo para el Fondo Europeo Marítimo Pesquero, pendiente de aprobación por la Comisión Europea, considera entre una de sus prioridades, que para fomentar la pesca sostenible se apoye a las Cofradías de Pescadores, respaldando a la Federación Nacional y a las demás Federaciones y Cofradías, por ser necesario para el empleo, el medio ambiente, el cambio climático y su mitigación, y por participar en la promoción de la innovación. Entiende el Estado que apoyar a las Cofradías de Pescadores y sus Federaciones fomenta la pesca sostenible, y la eficiencia en el uso de los recursos, en la innovación en la pesca, la competitividad y el conocimiento.

Considera que la Asociación de Lonjas de Cofradías de Pescadores (constituida en el seno de la Federación Nacional) es un punto fuerte para fomentar la pesca sostenible, y que es prioritaria para modernizar la producción y la comercialización en el sector de bajura, para reforzar la seguridad alimentaria y la trazabilidad, para constituir Organizaciones Profesionales, y para coordinar con ella las funciones de control e inspección en la primera venta de pescado. También prevé que colabore en relación con los contaminantes presentes en el pescado, entre otras acciones. Este documento también entiende que el hecho de que el sector de bajura controle las lonjas, hará más eficaz el cumplimiento de las normas de la PPC, fiscales, sanitarias y laborales. Aunque el Programa Operativo es consciente de que es un punto débil que el empuje de otros sectores haya hecho que el sector pesquero tradicional haya perdido peso económico y social.

LA COFRADÍA DE PESCADORES DE ROSAS – UN MODELO A SEGUIR 

La Cofradía de Pescadores de Rosas por la labor que viene desarrollando ha sido motivo de estudio y ejemplo en la economía social.

En el Consejo Asesor de Medio Ambiente celebrado el 9 de abril de 2013, se hizo una mención específica al contenido del escrito que la Cofradía de Rosas remitió a la Administración pesquera (año 2007), donde textualmente se manifestaba:

La gente de la mar que quizás no posee estudios científicos, pero si el suficiente conocimiento del medio como para poder opinar del mismo ya que vive de él y en él. Ante la propuesta de preservar las zonas de Cabo Creus, creemos que el área que se recomienda proteger, es de medidas desproporcionadas, ya que en ella la flota pesquera faena. A la vez, saber con qué criterio y en base a qué se delimita toda la zona propuesta, teniendo en cuenta que antes de la misma nuestros caladeros contaban con una parte muy importante del parque de Cabo de Creus y de la reserva integral de las Islas Medas, y si añadimos el reglamento Comunitario aplicado a rajatabla, nos damos cuenta que nuestra zona de pesca hábil queda reducida a su mínima expresión. Lo cual nos obligaría a buscar nuevos caladeros más alejados para poder pescar, cuestión ésta inviable dada la obligación de volver cada día al puerto base. En cuanto al impacto socio-económico cabe recordar que hay una flota importante de pesca de diversas modalidades pero principalmente de arrastre que trabaja en dicha zona

En la actualidad el sector pesquero vinculado a la Cofradía está desarrollando un plan de gestión propio en el Golfo de Roses. Esta iniciativa de la Cofradía para adoptar un plan de gestión, no ha considerado necesaria la implicación directa de la Administración, ya que las variables que puedan surgir pueden exigir una rectificación del plan con premura, y las condicionantes de diferente índole con las que actúa la Administración, harían difícil disponer de una solución rápida.

El objeto del plan es regular la pesca con artes de arrastre de fondo, en un caladero determinado próximo al puerto de Rosas. La zona marítima objeto de regulación del Plan es la que se recoge en el Anexo. El número de embarcaciones de arrastre que han asumido este plan de gestión es de 23. Han respetado la zona vedada durante los años 2013 y 2014 entre mediados de marzo a diciembre de cada año, y en la actualidad se han adherido también al plan de gestión las embarcaciones de palangre de fondo. En dichos años las especies afectadas por este plan de gestión son variadas, destacando la merluza y la bacaladilla. En cuanto a los resultados del plan: “Durante el año 2013 otras especies alcanzaron mejores resultados, como la canana y el pulpo blanco, en cambio en el 2014 la especie que alcanzó el mejor resultado fue la canana, mejorando el tamaño de la captura de la merluza”.

A fin de lograr una mejor seguimiento del plan de gestión, la Cofradía ha contactado con miembros del Consejo Superior de Investigación Científicas (ICM-CSIC) para realizar un estudio y un seguimiento, y poder aplicar medidas que permitan llegar a la sostenibilidad de la merluza, ya que la misma puede ser capturada por otros artes como el palangre de fondo cuando utiliza flotadores y pedrales y con características para una gestión diferente de los que tiene que aplicar el arte de arrastre. El motivo del estudio viene dado por la incorporación al plan de gestión de la flota local de palangre de fondo, que también respetará la zona vedada, siendo un arte con características específicas que requiere unas medidas de gestión diferentes de las que tiene que aplicar el arte de arrastre.

En sus comienzos el plan de gestión se dirigió a la fase de crecimiento inicial de las especies, para no capturar individuos de talla inferior a la reglamentaria. Después del estudio el plan de gestión tendrá que determinar las zonas de puesta que en determinadas épocas del año producen determinadas especies, principalmente la merluza. Es la propia Cofradía de Pescadores la que ha establecido un mecanismo de control, una delimitación de la zona regulada, y una limitación de la actividad en el caladero (que en el caso de los buques de arrastre no podrá tener una actividad superior a 11 horas), estableciéndose un periodo de veda zonal entre el 1 de abril al 12 de julio.

Teniendo en cuenta este ejemplo, la experiencia nos dice que no se cuenta de forma adecuada con el sector extractivo representado por las Cofradías de Pescadores en la toma de decisiones sobre protección del caladero que le afectan de una forma directa y, desgraciadamente por estar el sector pesquero tan atomizado, tampoco logra ser un lobby de presión, lo que lleva a que los profesionales recelen y desconfíen de las medidas que se le aplican. Muchas veces, como se ha manifestado desde la Federación Nacional no solo ante los comisarios de Pesca, sino también en los medios de comunicación, se es consciente de la presión continua que las organizaciones medioambientalistas realizan tanto cara a la opinión pública como a las propias administraciones. Las ONG priorizan muchas veces de una manera casi patológica la defensa de la flora y fauna marítima, limitando o eliminando si es necesario la actividad profesional.

Es desde las Cofradías de Pescadores donde los afiliados están comprendiendo que las buenas prácticas benefician la conservación de los recursos y por ello están cambiando su mentalidad a algo que tiene que permitirnos vislumbrar un sector pesquero con futuro, con independencia de la modalidad de pesca que se utilice. Para ello es necesario tener un mayor apoyo para difundir y respaldar la labor tan positiva que se ha venido desarrollando en relación a la conservación de los recursos marinos.

ANEXO I Delimitación de la zona afectada por el plan de gestión zonal. 42º11’000                42º11’000   3º25’000                  3º26’500 42º09’500                42º09’500   3º24’000                  3º27’000 42º07’000                42º07´000   3º23’500                   3º27’000 42º04’500                42º04’500 3º23’500                   3º27’000