ACADEMIA

Violencia digital: Ley Olimpia

 

Como parte de la Jornada de Actividades por el Día Internacional de las Mujeres, la Escuela Nacional de Trabajo Social realizó el 10 de marzo la charla  Ley Olimpia, impartida por la Mtra. Andrea Mariana Frías Ávila, abogada auxiliar de la Oficina Jurídica de la ENTS, con el objetivo de conocer la importancia de la Ley para una vida digital libre de violencia hacia las mujeres y niñas.

En el auditorio 8 de marzo de 1857, la Mtra. Frías Ávila comentó que este 2023 ONU Mujeres dedicó el Día Internacional de la Mujer bajo el lema “Por un mundo digital inclusivo, innovación y Tecnología para la igualdad de género”.

Informó que de Acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares 2021, realizada por el INEGI en conjunto con el Instituto Federal de Telecomunicaciones, señaló que el 74.8% de las mujeres de 6 años o más, y el 76.5% de los hombres del mismo rasgo de edad usan Internet. El grupo que concentró mayor porcentaje de personas usuarias fue el de 18 a 24 años, con una participación de 93.4%.

Refirió que en 2014 en México, el caso de Olimpia Coral Melo Cruz en Puebla, en el que se divulgó un video privado con contenido sexual que rápidamente se virilizó, originó la llamada Ley Olimpia, misma que representa “un cúmulo de reformas a las Leyes de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y a los Códigos Penales Estatales, que buscan reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia”. 

Fue hasta 2018 en la comunidad internacional, que la Organización de las Naciones Unidas generó el concepto de violencia en línea contra las mujeres, mismo que fue definido por la Relatora Especial sobre la Violencia contra las Mujeres de la Organización de las Naciones Unidas como “todo acto de violencia por razón de género contra la mujer, cometido con la asistencia, en parte o en su totalidad, del uso de las TIC, o agravado por este, como los teléfonos móviles y los teléfonos inteligentes, Internet, plataformas de medios sociales o correo electrónico, dirigida contra una mujer porque es mujer o que la afecta de forma desproporcionada”.

En la Ciudad de México fue tipificado como Delito Contra la Intimidad Sexual en el Código Penal para el Distrito Federal, en el artículo 181, el cual puede ser cometido por una o varias personas. Las acciones u omisiones a sancionar son la videograbación, audiograbación, fotografía, filme, imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante engaño, explicó.

Así como que exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, intercambie y comparta imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

La sanción a estas acciones u omisiones es de 4 a 6 años de prisión y una multa de quinientas a mil unidades de medida y actualización. Este delito puede ser agravado de 8 a 12 años de prisión, cuando la víctima sea una persona ascendiente o descendiente en línea recta hasta el tercer grado; cuando exista o haya existido una relación de matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, noviazgo o relación sentimental, de hecho, confianza, docente, educativo, laboral y de subordinación; y cuando una persona aproveche su condición de persona responsable o encargada de algún establecimiento de servicio al público; o cuando sea cometido por algún servidor público o integrantes de las instituciones de seguridad ciudadana.

Finalmente  la Mtra. Crisanta Herminia Rojo Enríquez, profesora e integrante de la Comisión Interna para la Igualdad de Género (CInIG) de la ENTS, quien fue moderadora de la mesa destacó la importancia de la figura de las y los trabajadores sociales en este ámbito, “quienes muchas veces serán el primer contacto con las víctimas y tendrán que identificar las redes de apoyo para brindar un acompañamiento y canalización con las instituciones correspondientes” apuntó.