Consejo Escolar de Centro
¿Por qué el Consejo Escolar?
La participación de todos los sectores de la Comunidad educativa se configura como un derecho fundamental que se recoge en el artículo 27 de la Constitución Española, que proclama que los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros.
El desarrollo normativo de este precepto constitucional se encuentra en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación y en el Título V de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, cuyo artículo 118.1 dispone que la participación es un valor básico para la formación de ciudadanos autónomos, libres, responsables y comprometidos con los principios y valores de la Constitución. Así mismo en el artículo 119 se establece que la forma de participación de la comunidad educativa en el gobierno de los centros docentes sostenidos con fondos públicos es a través del consejo escolar.
¿Qué funciones tiene?
cf. Artículo 127 de la LOMLOE
Aprobar y evaluar los proyectos y las normas generales del centro.
Aprobar y evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado en relación con la planificación y organización docente.
Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
Participar en la selección del director o directora del centro. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo.
Decidir sobre la admisión del alumnado.
Impulsar la adopción y seguimiento de medidas educativas que fomenten el reconocimiento y protección de los derechos de la infancia.
Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad efectiva de hombres y mujeres, la no discriminación, la prevención del acoso escolar y de la violencia de género y la resolución pacífica de conflictos.
Conocer las conductas contrarias a la convivencia y la aplicación de las medidas educativas, de mediación y correctoras velando por que se ajusten a la normativa vigente.
Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar para la mejora de la calidad y la sostenibilidad y aprobar la obtención de recursos complementarios.
Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales y con otros centros, entidades y organismos.
Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
Elaborar propuestas e informes sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
Aprobar el proyecto de presupuesto del centro.