ENSEÑANZAS: 

INFANTIL - PRIMARIA - SECUNDARIA

Estimadas familias 

Ya tenemos fechas para el  proceso de admisión para el curso 2023/2024. El proceso se realizará del 10 al 16 de marzo, ambos días incluídos.   En el menú disponible en la parte superior derecha de esta página,  os facilitamos  toda la  información, que puede ser de vuestro interés referente al proceso de admisión de este nuevo curso. Si tenéis cualquier inquietud no dudéis en llamarnos. Telf. 976 274900. Para más información puedes ir al portal de Educación del Gobierno de Aragón:https://educa.aragon.es/admision


DOCUMENTACIÓN A APORTAR CON LA SOLICITUD DE ESCOLARIZACIÓN PARA LAS ENSEÑANZAS DE INFANTIL Y PRIMARIA 

1. Documentación - Requisito obligatorio: Esta documentación es necesaria para justificar los requisitos mínimos exigidos para participar en el proceso de escolarización. 

2. Documentación - Requisito opcional: Esta documentación se refiere a los criterios opcionales que el solicitante desea alegar en su solicitud. Cuando en un curso haya más solicitudes que plazas, los centros baremarán las solicitudes y únicamente se valorarán aquéllos criterios que hayan sido seleccionados. 


La Administración Pública de Aragón podrá comprobar de oficio o consultar directamente el cumplimiento de algunos requisitos o criterios. En este caso no será necesario presentar documentación justificativa, salvo que el solicitante se oponga expresamente a esta consulta. En este caso deberá ejercer el derecho de oposición a través de: https://www.aragon.es/en/tramitador/tramite/proteccion-datos-ejercicio-derecho-oposicion. 


REQUISITOS OBLIGATORIOS: 



Documentación obligatoria que NO se deberá presentar ya que dicha documentación está en poder de la Administración 


Solo es obligatorio para acceder a los cursos de 2º a 6º de primaria, ambos inclusive. 

La Administración comprobará de oficio si el solicitante ha estado matriculado en un centro docente sostenido con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón. 

La Administración comprobará de oficio si el solicitante accede a una plaza reservada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo por disponer de una Resolución de la Dirección del Servicio Provincial correspondiente. 

La Administración comprobará si el solicitante posee una Resolución de la Dirección del Servicio Provincial correspondiente autorizando la escolarización conforme a la edad corregida. 



REQUISITOS OBLIGATORIOS: Documentación obligatoria que DEBE presentar 

En el caso de menores en proceso de adopción: documento de organismo competente en materia de Protección a la Infancia y Tutela en la que conste la fecha de nacimiento. 

Solo es obligatorio para acceder a los cursos de 2º a 6º de primaria, ambos inclusive. Si el solicitante no ha estado matriculado en un centro público o concertado de Aragón, y deberá aportar un certificado de matrícula del centro de procedencia que indique el último curso realizado. 



REQUISITOS OPCIONALES: Requisitos Opcionales para Baremación 

Documentación opcional que NO se deberá presentar ya que dicha documentación está en poder de la Administración 

Se comprobará de oficio por la Administración Educativa. 

Se comprobará de oficio por la Administración Educativa. 

La Administración Pública de Aragón lo consultará salvo oposición, en cuyo caso, deberá presentar el título o carné oficial correspondiente en vigor. 

La Administración Pública de Aragón lo consultará salvo oposición, en cuyo caso, deberá aportarse documento oficial correspondiente donde conste que tiene concedida una renta social o esté participando en un programa de inclusión social del Instituto Aragonés de Servicios Sociales u organismo equivalente en vigor. 

La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón realizará las consultas necesarias para comprobar la exactitud de los datos aportados cuando el solicitante cumplimente el espacio habilitado para ello en la solicitud. En caso de ejercer su derecho a oposición, deberá aportarse el título o carné oficial correspondiente en vigor.


Requisitos Opcionales para Baremación: Documentación opcional que DEBE presentar si desea su baremación 


Si la actividad laboral se realiza por cuenta ajena, se presentarán estos documentos: 


Si se opta por el domicilio laboral y es por cuenta propia se presentará Declaración responsable según modelo Anexo III b) y uno de estos documentos: 



La resolución o el carné oficial correspondiente, en vigor. 

Documento emitido por las Subdirecciones de Protección a la Infancia y Tutela del Instituto Aragonés de Servicios Sociales. 

Se podrá presentar uno de estos documentos: 


Certificado o resolución administrativa por la que se reconozca la condición de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio de Interior. 

Libro de familia o documento oficial que lo acredite. 



Una vez aplicados los criterios de baremación según el anexo II, las solicitudes se ordenarán de acuerdo con la puntuación obtenida. Es caso de empate se aplicarán los criterios de desempate previstos en el punto 3 del anexo. Para la valoración del apartado 6 de los criterios de desempate, relativo al alumnado cuya escolarización en centros sostenidos con fondos públicos venga motivada y justificada por: 

La documentación justificativa obligatoria a presentar será la siguiente:

a) El cambio de domicilio de la unidad familiar: La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón realizará las consultas necesarias para comprobar la exactitud de los datos aportados salvo que se ejerza el derecho de oposición. En cuyo caso, deberá acreditarse el traslado de domicilio familiar mediante un certificado o volante de empadronamiento colectivo expedido por el órgano municipal correspondiente en el que conste que la fecha de alta es posterior al 1 de septiembre de 2022. En el caso de solicitantes con la condición reconocida de refugiado de acuerdo con la normativa vigente, que no dispongan de domicilio acreditado deberán aportar los documentos oficiales que acrediten esta condición.

b) Además del apartado anterior, deberá justificarse uno de los siguientes motivos para el traslado de la unidad familiar:

b.1) Motivo de movilidad forzosa de cualquiera de los progenitores o representantes legales: se presentará la documentación que lo justifique.

b.2) Motivo de discapacidad sobrevenida de cualquiera de los miembros de la familia: se aportará el reconocimiento del grado de discapacidad en vigor expedido por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales u organismo público equivalente de la persona en la que concurra dicha situación. Dicho reconocimiento del grado de discapacidad deberá haberse expedido con fecha posterior al 1 de septiembre de 2022.

b.3) Motivo derivado de actos de violencia de género: se presentará la documentación que se detalla en el apartado 4.5 del artículo undécimo de la Orden. Dicha situación deberá haberse producido con fecha posterior al 1 de septiembre de 2022.



En caso de que vuestra situación no se vea reflejada entre estas opciones no dudéis en llamarnos y os informaremos detalladamente, no obstante más abajo os enlazamos la normativa de escolarización en la que aparecen todos los supuestos. 



INFORMACIÓN A TENER EN CUENTA: 


NORMATIVA

Pincha en la imagen y descárgate la normativa si quieres tener más información