Admisión de alumnos 23-24
ENSEÑANZAS:
INFANTIL - PRIMARIA - SECUNDARIA
Estimadas familias
Ya tenemos fechas para el proceso de admisión para el curso 2023/2024. El proceso se realizará del 10 al 16 de marzo, ambos días incluídos. En el menú disponible en la parte superior derecha de esta página, os facilitamos toda la información, que puede ser de vuestro interés referente al proceso de admisión de este nuevo curso. Si tenéis cualquier inquietud no dudéis en llamarnos. Telf. 976 274900. Para más información puedes ir al portal de Educación del Gobierno de Aragón:https://educa.aragon.es/admision
DOCUMENTACIÓN A APORTAR CON LA SOLICITUD DE ESCOLARIZACIÓN PARA LAS ENSEÑANZAS DE INFANTIL Y PRIMARIA
1. Documentación - Requisito obligatorio: Esta documentación es necesaria para justificar los requisitos mínimos exigidos para participar en el proceso de escolarización.
2. Documentación - Requisito opcional: Esta documentación se refiere a los criterios opcionales que el solicitante desea alegar en su solicitud. Cuando en un curso haya más solicitudes que plazas, los centros baremarán las solicitudes y únicamente se valorarán aquéllos criterios que hayan sido seleccionados.
La Administración Pública de Aragón podrá comprobar de oficio o consultar directamente el cumplimiento de algunos requisitos o criterios. En este caso no será necesario presentar documentación justificativa, salvo que el solicitante se oponga expresamente a esta consulta. En este caso deberá ejercer el derecho de oposición a través de: https://www.aragon.es/en/tramitador/tramite/proteccion-datos-ejercicio-derecho-oposicion.
REQUISITOS OBLIGATORIOS:
Documentación obligatoria que NO se deberá presentar ya que dicha documentación está en poder de la Administración
Requisito de edad: La Administración Pública de Aragón lo consultará salvo oposición, en cuyo caso deberá presentar alguno de estos documentos:
Partida de nacimiento del menor, libro de familia u otro documento equivalente.
Documento de identificación (DNI) del menor en caso de que lo tenga.
Requisito académico
Solo es obligatorio para acceder a los cursos de 2º a 6º de primaria, ambos inclusive.
La Administración comprobará de oficio si el solicitante ha estado matriculado en un centro docente sostenido con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Acceso a plazas reservadas
La Administración comprobará de oficio si el solicitante accede a una plaza reservada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo por disponer de una Resolución de la Dirección del Servicio Provincial correspondiente.
Prematuridad: (Solo Ed. Infantil)
La Administración comprobará si el solicitante posee una Resolución de la Dirección del Servicio Provincial correspondiente autorizando la escolarización conforme a la edad corregida.
REQUISITOS OBLIGATORIOS: Documentación obligatoria que DEBE presentar
Requisito de edad
En el caso de menores en proceso de adopción: documento de organismo competente en materia de Protección a la Infancia y Tutela en la que conste la fecha de nacimiento.
Requisito académico
Solo es obligatorio para acceder a los cursos de 2º a 6º de primaria, ambos inclusive. Si el solicitante no ha estado matriculado en un centro público o concertado de Aragón, y deberá aportar un certificado de matrícula del centro de procedencia que indique el último curso realizado.
REQUISITOS OPCIONALES: Requisitos Opcionales para Baremación
Documentación opcional que NO se deberá presentar ya que dicha documentación está en poder de la Administración
Existencia de hermanos matriculados en el centro
Se comprobará de oficio por la Administración Educativa.
Proximidad domiciliaria si opta por el domicilio familiar La Administración Pública de Aragón lo consultará salvo oposición, en cuyo caso, deberá presentar el certificado o volante de empadronamiento colectivo expedido por el órgano municipal correspondiente.
Existencia de progenitores o representantes legales que trabajen en el centro
Se comprobará de oficio por la Administración Educativa.
Concurrencia de discapacidad, con un grado igual o superior al 33%, en el alumnado o en alguno de sus progenitores, representantes legales, o hermanos La Administración Pública de Aragón lo consultará salvo oposición, en cuyo caso deberá presentar el reconocimiento del grado de discapacidad en vigor expedido por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales u organismo público equivalente.
Pertenencia a familia numerosa
La Administración Pública de Aragón lo consultará salvo oposición, en cuyo caso, deberá presentar el título o carné oficial correspondiente en vigor.
Rentas de la unidad familiar
La Administración Pública de Aragón lo consultará salvo oposición, en cuyo caso, deberá aportarse documento oficial correspondiente donde conste que tiene concedida una renta social o esté participando en un programa de inclusión social del Instituto Aragonés de Servicios Sociales u organismo equivalente en vigor.
Pertenencia a familia monoparental:
La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón realizará las consultas necesarias para comprobar la exactitud de los datos aportados cuando el solicitante cumplimente el espacio habilitado para ello en la solicitud. En caso de ejercer su derecho a oposición, deberá aportarse el título o carné oficial correspondiente en vigor.
Requisitos Opcionales para Baremación: Documentación opcional que DEBE presentar si desea su baremación
Existencia de hermanos matriculados en el centro
En estos casos deberá presentar documentación:
Las personas bajo tutela o guarda de la entidad pública competente en materia de Protección de la Infancia que se encuentren en la misma unidad de convivencia, será necesario presentar un documento emitido por la Subdirección de Protección a la Infancia y Tutela correspondiente, del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS).
Los hijos e hijas de familias formadas por matrimonios o parejas estables no casadas que no sean comunes, habrán de presentar el certificado de matrimonio o de inscripción en el Registro oficial de parejas estables no casadas y el certificado de nacimiento o libro de familia.
Proximidad domiciliaria si opta por el domicilio laboral
Si la actividad laboral se realiza por cuenta ajena, se presentarán estos documentos:
Certificado actualizado de vida laboral o documento oficial equivalente de la persona cuyo lugar de trabajo va a ser tenido en consideración.
Certificación expedida al efecto por la persona titular de la empresa o su responsable de personal que contendrá el domicilio del lugar de trabajo según modelo Anexo III a) o documento que contenga información prevista en este modelo.
Si se opta por el domicilio laboral y es por cuenta propia se presentará Declaración responsable según modelo Anexo III b) y uno de estos documentos:
Documento que acredite estar de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el que conste el lugar donde se desarrolla la actividad laboral (Modelos 036 o 037, Declaraciones censales de alta o modificación en el censo de obligados tributarios).
Licencia de apertura expedida por el Ayuntamiento respectivo.
Alta en la Seguridad Social correspondiente, en vigor.
Pertenencia a familia monoparental
La resolución o el carné oficial correspondiente, en vigor.
Situación de acogimiento familiar
Documento emitido por las Subdirecciones de Protección a la Infancia y Tutela del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
Condición de víctima de violencia de genero
Se podrá presentar uno de estos documentos:
Sentencia condenatoria de un delito de violencia de genéro.
Orden de protección.
Resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima.
Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género.
Informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente; o por cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos.
Condición de víctima de terrorismo
Certificado o resolución administrativa por la que se reconozca la condición de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio de Interior.
Condición de alumnado nacido de parto múltiple
Libro de familia o documento oficial que lo acredite.
Una vez aplicados los criterios de baremación según el anexo II, las solicitudes se ordenarán de acuerdo con la puntuación obtenida. Es caso de empate se aplicarán los criterios de desempate previstos en el punto 3 del anexo. Para la valoración del apartado 6 de los criterios de desempate, relativo al alumnado cuya escolarización en centros sostenidos con fondos públicos venga motivada y justificada por:
Traslado de la unidad familiar debido a la movilidad forzosa de cualquiera de los progenitores o tutores legales,
Una discapacidad sobrevenida de cualquiera de los miembros de la familia
Un cambio de residencia derivado de actos de violencia de género, el cambio de domicilio de la unidad familiar deberá haberse producido durante el curso escolar 2022/2023.
La documentación justificativa obligatoria a presentar será la siguiente:
a) El cambio de domicilio de la unidad familiar: La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón realizará las consultas necesarias para comprobar la exactitud de los datos aportados salvo que se ejerza el derecho de oposición. En cuyo caso, deberá acreditarse el traslado de domicilio familiar mediante un certificado o volante de empadronamiento colectivo expedido por el órgano municipal correspondiente en el que conste que la fecha de alta es posterior al 1 de septiembre de 2022. En el caso de solicitantes con la condición reconocida de refugiado de acuerdo con la normativa vigente, que no dispongan de domicilio acreditado deberán aportar los documentos oficiales que acrediten esta condición.
b) Además del apartado anterior, deberá justificarse uno de los siguientes motivos para el traslado de la unidad familiar:
b.1) Motivo de movilidad forzosa de cualquiera de los progenitores o representantes legales: se presentará la documentación que lo justifique.
b.2) Motivo de discapacidad sobrevenida de cualquiera de los miembros de la familia: se aportará el reconocimiento del grado de discapacidad en vigor expedido por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales u organismo público equivalente de la persona en la que concurra dicha situación. Dicho reconocimiento del grado de discapacidad deberá haberse expedido con fecha posterior al 1 de septiembre de 2022.
b.3) Motivo derivado de actos de violencia de género: se presentará la documentación que se detalla en el apartado 4.5 del artículo undécimo de la Orden. Dicha situación deberá haberse producido con fecha posterior al 1 de septiembre de 2022.
En caso de que vuestra situación no se vea reflejada entre estas opciones no dudéis en llamarnos y os informaremos detalladamente, no obstante más abajo os enlazamos la normativa de escolarización en la que aparecen todos los supuestos.
INFORMACIÓN A TENER EN CUENTA:
Las solicitudes se presentarán de manera telemática. Si las familias lo deseáis podéis solicitar cita previa en el mismo centro para cumplimentar la solicitud en el centro elegido como primera opción.
Solo se puede presentar una única solicitud de admisión por niño/a. Hay opción de cambiar la solicitud, retirando primero la realizada anteriormente. Nunca podrá haber más de una solicitud a la vez, ya que quedarán anuladas.
El centro será oficina de información para resolver todas las dudas que las familias tengáis sobre baremación, documentación obligatoria, etc...
Las solicitudes duplicadas, las presentadas fuera de plazo y las que tengan datos erróneos serán anuladas y resueltas posteriormente por Inspección Educativa.
Para conocer la puntuación que cada familia tenéis os dejamos el enlace al simulador de puntos : https://educa.aragon.es/buscador-de-centros#/search