El artículo 6.1 del Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de los recursos de los regímenes de financiación previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, establece que la Intervención General de la Administración del Estado calculará la información relativa al periodo medio de pago a proveedores de la Administración Central prevista en el citado artículo. Para dar cumplimiento a este precepto, la IGAE publicará mensualmente esta información.
El artículo 4 de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales establece que el Interventor General del Estado elaborará trimestralmente un informe sobre el cumplimiento de los plazos previstos para el pago de las obligaciones de la Administración General del Estado, que incluirá necesariamente el número y cuantía global de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo. Para dar cumplimiento a este precepto, la IGAE publicará periódicamente información sobre el pago de obligaciones.