El Plazo para el Depósito de la CTS Vence el 15 de Mayo (No habrá prórrogas)

Post date: 05-may-2015 14:24:09

El plazo de los empleadores para depositar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al periodo semestral noviembre 2014 – abril 2015, vence este 15 de mayo.

A TENER EN CUENTA

Para conocer si el empleador está obligado a efectuar el próximo depósito de CTS, se debe tener en cuenta:

  1. Tipo de empresa (micro, pequeña, mediana y gran empresa),
  2. Si los trabajadores son nuevos o antiguos,
  3. Si la empresa está o no inscrita en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) y,
  4. Si el trabajador cuenta o no con un mes de trabajo al 30 de abril 2015.

"En esa línea, en el próximo depósito de la CTS pueden presentarse hasta ocho casos concretos que los empleadores deben tener en cuenta, a efectos de determinar si están obligados a depositar la compensación por tiempo de servicios".


MEDIANA Y GRAN EMPRESA


Si una empresa es mediana o grande las reglas para efectuar el depósito de CTS no han variado. En consecuencia, los empleadores deben tomar en cuenta la remuneración del trabajador al 30 de abril, a la que debe agregarse un sexto de la gratificación que percibió el trabajador en diciembre 2014. La remuneración para el cálculo de la CTS será el sueldo al 30 de abril 2015 más un sexto de la última gratificación:

S/. 3000 + S/. 500 = S/. 3,500 / 12 = S/. 292 x 6 = S/. 1,752. (monto a depositar).


PEQUEÑA EMPRESA


En el caso de la pequeña empresa (Ingresos anuales no superiores a 1,700 UIT, es decir, S/. 6' 545.000) pueden presentarse tres situaciones: si la pequeña empresa no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores antiguos o nuevos, tendrán derecho a CTS conforme a las reglas generales.