1- El 15 de abril MTM entrega una carta a Luis Núñez, Director del Museo Dr. Calderón Guardia, ofreciendo contribuir en los gastos necesarios para la reparación de una canoa (que por su mal estado inunda el pasillo del MTM) y la reparación los baños públicos del Museo. También se comprometen a dar mantenimiento a los baños, dotarlos de materiales de aseo y cooperar con el mantenimiento de las zonas verdes. 2- El señor Núñez nunca contesta la carta enviada, sin embargo ese mismo día en el Despacho de la Ministra se escribe un documento que designa al señor Edwin Luna del Departamento Legal del MCJ para que lleve a cabo las diligencias necesarias para efectuar el desalojo del MTM. 3- El 20 de abril se le concede se le concede una audiencia al MTM en la Asesoría Jurídica del MCJ, la cual se realiza por escrito el 23 de abril. 4- El 15 de mayo, representantes del MTM solicitan una audiencia con la señora Ministra que aún no ha sido concedida, hecho que fue denunciado a la Defensoría de los Habitantes a finales de mayo. 5- El 20 de mayo el MTM recibe la orden de desalojo mediante la Resolución #DM-079-2009 de fecha 18 de mayo de 2009. A lo que el 25 de mayo el MTM presenta un recurso de reconsideración. A continuación los puntos del MCJ para el desalojo y la respuesta del MTM en el recurso de reconsideración.
A lo que se argumentó: un perito es lo idóneo para emitir un criterio técnico y objetivo, ya que la instalación eléctrica se reviso e hicieron las mejoras respectivas hace menos de 3 meses. Por lo que se encuentra en perfecto estado.
A lo que se argumentó: el Museo dispone de otros espacios que no utiliza o sub-utiliza, su director quiere que ese Departamento se instale precisamente en el espacio de la Sala Juan Enrique Acuña del MTM y la Ministra, haciendo caso omiso de la misión de la entidad que representa y de los 40 años de labor del MTM, avala este criterio con lo cual deja en claro que, para ella, es más importante un espacio para guardar accesorios de mantenimiento (muchos de ellos inflamables) que un espacio para actividades teatrales y culturales de diversa índole. * “Necesidad urgente de garantizar la integridad del inmueble del Museo, que se encuentra declarado Patrimonio Histórico-Arquitectónico, así como de los funcionarios y visitantes del lugar.” A lo que se argumentó: la integridad del Museo, de los funcionarios y de los visitantes nunca se ha visto amenazada por quienes utilizan el espacio del MTM. Todo lo contrario: esta agrupación se ha preocupado por mantener las instalaciones pintadas y limpias para lo cual, nunca ha solicitado financiamiento al Estado. Además, el hecho de que muchas veces haya personas ensayando allí contribuye a velar por la seguridad de las instalaciones, como bien lo han expresado los guardas del Museo. Lo incomprensible de esta razón es que siendo éste un espacio abierto al público -lo cual quiere decir que cualquier persona puede entrar allí- la garantía de la integridad a la que se refiere Núñez no es un asunto que atañe al MTM en primera instancia sino al propio Museo Calderón Guardia cuyas puertas están abiertas para todas aquellas personas que así lo deseen. * “Necesidad de cumplir los requisitos exigidos por el Instituto Nacional de Seguros para el aseguramiento de las instalaciones.” A lo que se argumentó: que no ha cumplido con este requisito no por negligencia, sino porque ese espacio le fue cedido a Juan Enrique Acuña y al Moderno Teatro de Muñecos de buena fe por el entonces Ministro de Cultura, César Valverde, sin que mediara nada por escrito. Ante la falta de un documento legal que otorgue ese espacio al MTM y la negativa del director a realizar acciones conjuntas que beneficien tanto al Museo como al MTM, no ha sido posible cumplir con ese requisito. 6- El 28 de mayo la ministra rechazó el recurso de reconsideración, dando así por agotada la vía administrativa y MANTENIENDO EN FIRME LA ORDEN DE DESALOJO, pero aumentando el plazo para la ejecución del mismo al 27 de octubre 2009. |