OPERADORES PRINCIPALES Y DOMINANTESOperación del sistema eléctrico españolRevisión y modificación de las de 3 de julio de 2009, por las que, respectivamente, se establecen y hacen publicas las relaciones de operadores principales y dominantes de los sectores energéticos (CNE Res 17 mar 2009) - Resolución CNE 16-02-2006, establece las relaciones de operadores principales y dominantes en los sectores energéticos. Por Acuerdo CNE 4-5-2006, el grupo BP España deja de ser operador dominante del sector de gas natural
- Resolución CNE 4-11-2004, establece las relaciones de operadores principales en los sectores energéticos
- Resolución CNE 24-10-2003, establece las relaciones de operadores principales en los sectores energético
- Resolución CNE 24-10-2002, establece las relaciones de operadores principales en los sectores energético
- Informe CNE 11-4-2002, completa la lista de operadores principales en el sector de hidrocarburos líquidos: determinación de las sociedades filiales
- Resoluición CNE 11-9-2001, Criterios empleados por la CNE para la aplicación del artículo 34 del RD-Ley 6/2000 a los sectores energéticos: publicidad de las listas de operadores principales
COMPETENCIASDelegación de competencias Secretaría de Estado de EnergíaDelegación de competencias de la Secretaría de Estado de Energía en la Subsecretaría de Industria, Turismo y Comercio (O ITC/2106/2009) COMISIÓN NACIONAL DE LA ENERGÍA (CNE) Reglamento de la CNE (RD 1339/1999) STS de 16/07/2001 (anula art. 43.5) Ingresos que corresponde percibir a la CNE (O 9 mar 2000) Algunas circularesCircular 1/2006, de 16 de febrero, CNE,
petición de información a remitir por las empresas distribuidoras de
energía eléctrica a la CNE para el establecimiento de una nueva
metodología de retribución a la actividad de distribución Circular 2/2004, de 10 de junio, CNE,
obtención de información de las empresas distribuidoras no incluidas en
el ámbito de aplicación de la Resolución de la DGPEyM, de 13 de
diciembre de 2001, por la que se establece el SINCRO Circular 1/2002, de 21 de noviembre, CNE,
modelo de impreso de declaración de ingresos del Gestor Técnico del
Sistema y por la que se comunica la cuenta bancaria para efectuar los
correspondientes ingreso
MÁS LEGISLACIÓN BÁSICA- Emisiones primarias de energía eléctrica - DAd16ª L 54/97) (RD 324/2008)
- Directiva 2005/89/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de enero de 2006, medidas de salvaguarda de la seguridad del abastecimiento de electricidad y la inversión en infraestructura
Directiva 96/92/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de diciembre de 1996,
normas comunes para el mercado interior de la electricidad. DEROGADA a
partir del 1 de julio de 2004, sin perjuicio de las obligaciones de los
Estados miembros respecto de los plazos de incorporación de dicha
Directiva a su Derecho interno y para la aplicación de la misma. Las
referencias a la Directiva derogada se interpretarán como referencias a
la nueva Directiva 2003/54/EC y deberán ser leídas de acuerdo con la
tabla de correspondencias que figura en el Anexo B Ley 53/2002, de 30 de diciembre: su artículo 92 modifica el 34.1 y la disposición transitoria novena de la Ley 54/1997,
de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el artículo 94 establece la
metodología para la aprobación de la tarifa eléctrica media o de
referencia en el periodo 2003-2010 RDLey 5 /2005, reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública RDLey 6/2000, medidas urgentes intensificación competencia en Mercados de Bienes y Servicios RDLey 6/1999, medidas urgentes de liberalización e incremento de la competencia Real Decreto 1747/2003, de 19 de diciembre, sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares. En relación con ello se dictan: RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2006, procedimientos de carácter técnico e instrumental necesarios para realizar la adecuada gestión técnica; la ORDEN ITC/914/2006,
de 30 de marzo, de conformidad con sus art. 6.4 y a disposición
transitoria 1, estableciendo el método de cálculo de la retribución de
garantía de potencia para instalaciones de generación en régimen
ordinario; la ORDEN ITC/913/2006,
de 30 de marzo, de conformidad con sus arts. 6.5 y 18.5, aprobando el
método de cálculo del coste de cada uno de los combustibles utilizados
y el procedimiento de despacho y liquidación; su corrección de errores
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