Información de carácter legal, sobre la LSSI, en relación con las webs y los blogs

 
Tras consulta a través de su web, a la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones, sobre la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI), se informa de lo siguiente:

 

“La Ley 34/2002, www.mityc.es/dgdsi/lssi/Paginas/Index.asp (LSSI), no se aplicará a una página web personal, cuando su titular, no realice ningún tipo de actividad económica, a través de la misma.

 

Si la página web, tiene alojada publicidad en forma de "banners", "pop-ups", etc., su titular estará sujeto a la Ley, si percibe alguna remuneración por los mismos. Si éstos, no generan ningún ingreso a su titular, por ejemplo, por haber sido impuestos a cambio de la prestación de un servicio gratuito de alojamiento, éste no estará obligado, a cumplir las obligaciones previstas en la Ley".