* AUTÉNTICO REGISTRO DE NACIONALIDAD DE GARDEL - Por Carlos Arezzo

Habiendo salido a luz las investigaciones de la argentina Martina Iñiguez sobre la escolaridad de Carlos Gardel  en una escuela de Montevideo, en el mismo momento que Bertha Gardes llegaba a Buenos Aires con su hijo Charles Romuald, con dos años y meses de edad, lo que prueba la existencia de dos niños, es imprescindible volver a insistir sobre la  documentación que usó Carlos Gardel durante su vida.  Las críticas de los francesistas se han reiterado con insistencia mediante interpretaciones erróneas de nuestra legislación,  incluyendo ironías, injurias y diatribas respecto a quienes efectúan los comentarios  sobre el tema.

En principio, nuestra actitud ha sido pasiva, no hemos respondido a las conclusiones que han arribado con mala intención, pero ante tanta verborragia, queremos brindar nuestro aporte, con un análisis jurídico y positivo  sobre las principales documentos del protagonista.

 

1.- MATRÍCULA DE CIUDADANO. ANÁLISIS DE LA NORMATIVA LEGAL
 
Las Leyes Nos. 3028, 3029 y 3030 promulgadas el 21 de mayo de 1906 en el gobierno de José Batlle y Ordóñez, regulan la materia consular, disponiendo sobre organización del cuerpo consular, organización del cuerpo diplomático y el arancel de derechos consulares. El correspondiente decreto reglamentario para la aplicación de dichas normas, recién fue aprobado el 17 de enero de 1917 por el Presidente Baltasar Brum.

Respecto al tema que nos preocupa, destacamos el art. 33 de la ley 3028 por el cual se prescriben las funciones de los Agentes Consulares, donde se le otorga la calidad de Oficiales de Registro de Estado Civil, de notarios y traductores de documentos.

Por su parte, el decreto reglamentario en el capítulo XIII sobre atribuciones relativas a los ciudadanos uruguayos, la sección II refiere  a la matrícula de ciudadanos.

Para que los ciudadanos uruguayos residentes en  país extranjero puedan contar con el auxilio o protección de los Agentes Consulares y disfrutar de los derechos y privilegios que les acuerdan las leyes o los tratados, se requiere que se hallen inscriptos en el Registro de Nacionalidad (art. 82).

A tales efectos, se distinguen dos tipos de inscripciones, la primera que es la general, incluye a aquellos que tienen documentos justificativos de nacionalidad uruguaya y segundo, la que surge de un procedimiento especial para los que carecen de dichos documentos (art. 85).

En el régimen general, o sea la inscripción de los documentados, deben promover el trámite exhibiendo cualquier documento de los relacionados en el art. 84, actas de nacimiento o de matrimonio expedido por el Registro de Estado Civil o de los registros parroquiales, certificados de matrícula en otro consulado, y cualquier otro documento auténtico expedido por las autoridades de la República.

En la segunda opción, la norma  de carácter excepcional, permite a los Agentes Consulares inscribir en el Registro de la Matrícula, a los ciudadanos uruguayos indocumentados, mediante declaración personal en acta firmada por el matriculado, con la justificación de su ciudadanía uruguaya por parte de dos testigos fidedignos, nacionales si fuere posible, los que deberán también firmar el acta respectiva. (art. 86).

 

2.- LA PRUEBA SUPLETORIA DE ESTADO CIVIL
 
La matrícula del ciudadano es la inscripción que en un registro se hace de personas con la eficacia determinada por leyes o reglamentos y con los efectos ulteriores que ellas dispongan (Cfme. Enciclopedia Jurídica OMEBAT. XIX, pág. 130- año 1964).

La matrícula de ciudadanos indocumentados realizada por los Agentes Consulares constituye una prueba supletoria del Estado Civil. En efecto, nuestro Código Civil ya preveía ante la falta de los testimonios de Estado Civil, su sustitución por otros documentos auténticos, por declaraciones de testigos que hayan presenciado los hechos constitutivos del estado civil que se trata y en defecto de estas pruebas por la posesión notoria de ese estado civil (art. 44).

Nuestro país ha sido muy generoso en cuanto a facilitar la inscripción en los registros a los uruguayos indocumentados y también a los inmigrantes que llegaron de los lugares más remotos de la tierra, con la imposibilidad material de obtener sus documentos originales.

En conclusión, el estado civil de una persona, se prueba por los medios normales, testimonios de las actas incorporadas a los registros de Estado Civil o por las pruebas supletorias, reguladas por el  Código Civil o por leyes especiales, como es el caso excepcional que prescribe la ley de organización consular.

 

3.- EL CERTIFICADO DE LA INSCRIPCIÓN DEFINITIVA
 
Los certificados y testimonios que se deducen de los registros de estado civil, son documentos públicos en que se asegura, afirma o da por cierto alguna cosa.

El certificado hace mención de que existe la inscripción en un registro y el testimonio contiene la trascripción literal del acta de inscripción

El decreto reglamentario de 1917 en su art. 86 habilita al Agente Consular expedir al interesado un certificado de la inscripción, con la validez de un año. El art. 69 del decreto reglamentario determina que los actos autorizados en el ejercicio del cargo y dentro del límite de sus atribuciones hacen plena fé.

Es decir, no se puede confundir la inscripción en la matrícula que es permanente, con el certificado o el testimonio, que solo cumplen con la finalidad de probar la existencia de la inscripción.

 

4.- EL CASO GARDEL: La matrícula de ciudadanía uruguaya
 

En 1915 cuando Carlos Gardel todavía no era el famoso cantor, en su debut con José Razzano, en el Royal Theatre de Montevideo, el programa del espectáculo, aportado recientemente por los familiares del boxeador Angelito Rodríguez, también uruguayo, participante de una velada boxística en el mismo día y lugar incluye la mención del debut del “dúo nacional” y “dúo criollo” Gardel-Razzano. Al otro día, en los comentarios de la prensa, se habla de los “jóvenes compatriotas”, información dada por el diario “El tiempo” de Montevideo.

A partir de entonces, se acentúa el nivel de actuaciones exitosas, por lo que implica la necesidad de requerir solución al grave problema de su identificación.

 
Enterado de las recientes normativas uruguayas para regularizar estados de indocumentación para uruguayos en el extranjero, Carlos Gardel se presenta  el día 8 de octubre de 1920 ante el Consulado Uruguayo de Buenos Aires.
 
Al amparo de las leyes consulares de 1906 y del decreto reglamentario de 1917, tramita su solicitud  de matrícula de ciudadanía en el expediente número de orden 10.052, donde declara haber nacido en Tacuarembó, Uruguay, el día 11 de diciembre de 1887, ser soltero, artista, domiciliado en la calle Rodríguez Peña 451 de la capital argentina. En los datos filiatorios, menciona como padre a Carlos, de nacionalidad uruguaya, fallecido, y como madre a María, de la misma nacionalidad, también fallecida.
En el lugar reservado a los “justificativos presentados”, no consta la presentación de ningún documento previo. Incluye, el nombre y la firma de dos testigos fidedignos, Razzano y un policía residente en Buenos Aires, Juan Laguisquet, ambos uruguayos. Es necesario puntualizar, que en toda la documentación que Gardel usó durante su vida, en ninguno de ellos aparece su supuesta madre Bertha Gardes, transformada en heredera por el testamento ológrafo, francesa y viva en 1920, pues recién dejó de existir en 1943.

 

5.- LOS EFECTOS DE LA INSCRIPCIÓN DEFINITIVA
 

La conclusiones que se imponen son las siguientes:

 
A) Esta presentación personal en el  Consulado Uruguayo, integra la categoría de casos de auto inscripción, posibilitada por el artículo 86 del decreto reglamentario de 1917, para ciudadanos uruguayos en el extranjero totalmente indocumentados.
 
B) Cumplió con todas las formalidades requeridas por la normativa especial de regulación de la organización consular y el Agente Consular actuó dentro de los límites  de las atribuciones que tenía  para recibir este tipo excepcional de  inscripción de ciudadanos.
 
C) El contenido del acta, fue expresado libremente por el declarante y corroborado por los testigos “fidedignos” nacionales, personas de conocimiento de aquel.
 
En consecuencia, el documento fue expedido por autoridad competente, dentro de los límites de sus atribuciones, según las formas requeridas por la ley  y como tal es un documento válido, eficaz, de credibilidad obligatoria y con todos los efectos de constituir una prueba supletoria de estado civil, que la valida como tal.
 
Esta acta de inscripción tiene el valor de registro de nacionalidad, supletoria de los registros de Estado Civil. Es el documento de prueba supletoria de la inscripción en el registro del Estado Civil, en el Libro Nacimientos, cuando nace un ser humano.  Constituye el documento de identidad que suple a la partida de nacimiento. Por otra parte nunca fue controvertido ni discutido en vida de su titular, circunstancia que avala su vigencia.

 

6.- LA CIUDADANÍA LEGAL ARGENTINA:
 

Con los certificados de la inscripción expedidos por el Agente Consular Uruguayo, Carlos Gardel, paso posteriormente por el tamiz de innumerables trámites que le permitieron obtener otros documentos en los cuales se ratifica el contenido de la declaración en el acta de  inscripción de la matrícula en el Consulado Uruguayo de Buenos Aires.

A los pocos días, obtiene el 4 de noviembre la cédula de identidad argentina No. 383.017, donde consta también su nacimiento en Tacuarembó.

Posteriormente, solicita el día 7 de marzo de 1923 la Carta de Ciudadanía argentina. A tales efectos acompaña el testimonio de dos testigos y dos constancias, la de su nacimiento, el certificado del Agente Consular uruguayo y un certificado de buena conducta No.218.125 expedido por la Policía de la Capital Federal de fecha 15 de febrero de 1923, otorgado por el Jefe de Investigaciones Eduardo de Santiago.

El haber optado por la ciudadanía legal argentina implicó una decisión voluntaria, expresión de libre elección, acto volitivo y de conciencia. Fue un reconocimiento a su patria artística, el cual nadie puede desconocer.

Por supuesto, tal calidad le impuso un compromiso solemne de cumplir con el régimen legal de su nueva patria.

Esta ciudadanía argentina lograda en base al certificado del Registro de Nacionalidad Uruguaya, sirvió para obtener otros documentos personales, la libreta  de enrolamiento del 21 de junio de 1927, la carta aval de París el 16 de marzo de 1931, el pasaporte de Niza del 13 de diciembre de 1932 y la cédula de identidad expedida en San José de Puerto Rico el 20 de abril de 1935. En forma coherente, declaró en todos ellos su nacimiento en  Tacuarembó, Uruguay.

 

 

                                       Dr. Carlos Arezo Posada

                                    Pte. Fundación Carlos Gardel

                                              C.I. 3.226.620-6
 

Fue 10 años edil en Tacuarembó, en dos períodos Presidente de la Junta. Y en 2000 la Mesa Permanente del Congreso Nacional de Ediles. -

Director General de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud  de su Departamento, desde  el pasado año.- Fue Presidente también de la “Fundación Carlos Gardel”.-

Radioemisor desde 1987, titular de las Radios: AM  “Tacuarembó” e “Ibirapitá”. Y de  FM “Armonía”.

Directivo de la Asociación de Radios del Interior, de la que fue Presidente en dos años.-

Periodista radial y televisivo.- Proyectos suyos dieron lugar a la creación de la “Fiesta de la Patria Gaucha”, y la “Semana Gardeliana”.-Desde 1996 tiene en su estudio un interesantísimo museo de la ciudad y el campo, denominado “Memoria del pago”.-

Ha escrito para muchos medios. Y en el año 2008, Editorial “De la Plaza”, editó su libro titulado “De Sepé a Gardel” de 350 páginas, con historias vivas de Tacuarembó.-

Comentarios

Martina Iñiguez - 24/01/2011 04:53

Creo importante especificar que Carlos Gardel, aún si hubiera sido el francés Charles Romuald, no tenía ninguna necesidad de dar por muerta a Berta Gardes. Así como se dijo nacido en 1887, hubiera podido decirse nacido en 1893, cuando Berta Gardes ya estaba en el Plata.
Si no lo hizo,y en cambio aprovechó para quitarse años fue porque no era el francés, ni Berta Gardes su madre.

Se justifica que haya dado el año de 1897 como el de su nacimiento, con la esperanza de ser reconocido alguna vez como hijo NATURAL de María Lelia y Carlos Escayola.
Decirse nacido entre 1882 y 1886, hubiera sido confirmar su condición de hijo adulterino, con el consiguiente escándalo y descrédito para sus padres.
Gardel siempre protegió el buen nombre de su familia.

"La persona que cambia puede equivocarse, pero la que no cambia nunca, vive equivocada"

SEPA MUCHO MÁS SOBRE LA BIOGRAFÍA OCULTA DE CARLOS GARDEL

La verdadera vida de Carlos Gardel presenta enigmas que han dado lugar a innumerables investigaciones no siempre exentas de errores, pese a la elogiable capacidad y voluntad puestas en juego por adictos a una y otra tesis. Son muchas las afirmaciones carentes de veracidad, los indicios falsos, engañosos, los conceptos sin contenido que dificultan llegar a la verdad. La vida de Carlos Gardel representa un desafío por los muchos enigmas asociados, sobre todo, en la época anterior a su exitosa carrera artística. Pienso que, al analizar su vida, no se puede separar al artista de la persona, porque ambos son la consecuencia de sus circunstancias. Como expresara el investigador Luciano Londoño López: “La personalidad de Gardel importa, y para conocer su personalidad no puede soslayarse su biografía” Creo también necesario tener en cuenta todo tipo de testimonios, incluídos los orales de difícil verificación, señalando el carácter de versión de lo que no se ha logrado documentar, porque pueden ofrecer pautas valiosas al curso de la investigación.
Investigadores de una u otra opinión repiten las mismas versiones de algunos hechos, muy a menudo sin sostén documental, acomodándolas a períodos diferentes de la vida de Gardel sin aportar elementos que hagan plausible su elección.
Se han realizado ya extensos análisis sobre la vida artística y privada del cantor, me limitaré entonces a tratar de aclarar algunos hechos puntuales correspondientes al período “oscuro” de su existencia: 1882 – 1911, sobre los que se ha fantaseado mucho, aportando datos que ubican con bastante exactitud el momento de su posible ocurrencia.
Hago mías las palabras del investigador Gerardo Bra: “Denominar uruguayista (u orientalista) y francesista a las dos tesis en pugna sobre el lugar de nacimiento del gran cantor no infiere de modo alguno un enfrentamiento, sino respectivas posiciones avaladas por los argumentos que se esgrimen, en ambos casos con honradez intelectual”. ... “Y si incurro en errores - que suelen darse en trabajos de investigación – los rectificaré a su debido tiempo, si así corresponde.”
 
Martina Iñiguez

Martina Iñiguez

- Currículum -

Nacida en Corrientes, provincia litoraleña de la República Argentina el 24 de Noviembre de 1939. A los cincuenta años de edad comienza a escribir poesía lunfardesca , lírica y letras para canciones. Ha recibido numerosos premios nacionales e internacionales en las diferentes categorías Publicó tres libros de poesía lunfarda y poemas en diversas revistas y antologías del país y del exterior. Como letrista comparte la autoría de canciones con Raúl Garello, Oscar Valles, Mateo Villalba, Carmen Guzmán, María Graña, Silvana Gregori, Juan Morteo y otros. Han grabado sus temas Reynaldo Martín, Silvana Gregori, Viviana Vigil, Oscar Larroca, Los Tucu- Tucu, María Ofelia; Mateo Villalba, Maura Sebastián, Terucha Solá, Cacho Espíndola y otros. Actuaciones en Olavarría, Mar del Plata y Santa Clara del Mar. Presentaciones en Montevideo, Tacuarembó, Punta del Este y Durazno de la República Oriental del Uruguay. Miembro patrocinante de la Academia Porteña del Lunfardo y del Círculo de Poetas Lunfardos Distinguida entre los mejores 20 poetas lunfardos del país Medalla de Plata al Poeta Lunfardo Jurado en diversos certámenes literarios.

Su investigación sobre la escolaridad de Carlos Gardel, en colaboración con el Museo Pedagógico de Montevideo, permitió comprobar de manera indubitable que la foto escolar conocida del cantor fue tomada en una escuela de Montevideo antes de la llegada de Berta Gardes y su hijo a Buenos Aires en 1893, lo que prueba la existencia de dos niños, uno nacido en Toulouse e hijo de Berta Gardes, quien hizo su escolaridad en Buenos Aires, y otro uruguayo, posteriormente llamado Carlos Gardel, quien comenzó su escolaridad en el barrio Sur de Montevideo.

Encontró también la fecha de ingreso al país de Esteban Capot, amigo de la infancia de Gardel, probando que no había sido posible que conociera al cantor en Toulouse, (según declaraciones hechas a Revista Platea) ya que llegó a Buenos Aires un año y medio antes del nacimiento de Charles Romuald Gardes en Francia.

Halló que Anaïs Beaux, la amiga de Berta que supuestamente la acogió junto con su esposo Fortunato Muñiz a su llegada a Buenos Aires en 1893, aparece como soltera y con una hija natural llamada Amanda Beaux en el censo de 1895. En la lista no aparece Fortunato Muñiz.

Anaïs Beaux vivía ya en Corrientes 1557 en 1908, lo que convierte en falaz la versión dada por Berta Gardes a "La Canción Moderna" en el sentido de que Carlos no podía buscarla después de su desaparición de 6 años, por desconocer su domicilio.
 

Participó en el 10º CONGRESO DE HISTORIA DE LA FOTOGRAFÍA EN LA ARGENTINA (1839-1939, realizado en Chascomús en septiembre de 2009.

 

Fue citada por la comisión de Cultura del Parlamento Uruguayo, junto con las autoridades del Museo Pedagógico de esa ciudad, para exponer sus investigaciones en Junio de 2008.

 

Se la distinguió con el Gardel de Oro en la cuarta entrega de premios realizada el 5 de diciembre de 2009 en Tacuatrembó, cuna de Carlos Gardel.

 

De Ricardo Ostuni

"Nada más cambiante que la historia, la que, a la luz de nuevos descubrimientos y  nuevas interpretaciones, varía en los distintos campos bajo su análisis sin que nadie se escandalice.
Nada está tan sujeto a ser modificado como la historia, porque no es una ciencia exacta y sólo se revela a través de documentos, indicios y suposiciones.
Reparemos que aún la llamada “historia patria” tiene controvertidos juicios: no pocos héroes son vistos como villanos por algún sector de la historiografía y no pocos villanos, en algunas obras, son elevados a la categoría de héroes. Y sin embargo, todos los historiadores hurgan en los mismos documentos (archivos, memorias, autobiografías, constancias oficiales, etc.) sólo que los interpretan y los valoran de distinta manera.
La libertad de pensamiento es la base fundamental para tratar de recuperar el pasado y traerlo con alguna certeza al presente. Negarle al investigador esta premisa, es cercenarle el mismo campo de su materia."

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