Conceden acceso a todos los Grados las titulaciones enumeradas en el apartado 7.4. con las siguientes particularidades:
Procedentes de Enseñanza Secundaria
Tienen acceso todos aquellos estudiantes que estén matriculados en Diplomaturas o Ingenierías Técnicas con Preuniversitario, COU, Bachillerato Experimental sin Prueba Homologada o Bachillerato LOGSE sin Selectividad hasta la exigencia de este requisito por el Real Decreto 69/2000.
Los estudiantes que están matriculados en las carreras actuales con titulaciones derivadas de la aplicación de la Disposición Transitoria 11 de la Ley General de Educación de 1970, que estuvo en vigor hasta su derogación por la LOGSE en 1991, podrán iniciar estudios en cualquiera de los Grados implantados en la UNED. Se les reconoce el derecho adquirido cuando sus titulaciones concedían acceso a iniciar estudios universitarios.
Títulos Profesionales Conceden acceso a cualquier Grado además de los reseñados, los siguientes:
• Título de obtención del 1.er empleo en la Escala de Suboficiales (homologado al Título de Técnico Superior de la Formación Profesional) conforme a la Ley 17/1999 de las Fuerzas Armadas. • Credencial de homologación al Título de Técnico Superior de la Formación Profesional, expedida por el Ministerio de Educación a los pertenecientes a la Escala Básica, conforme a la Ley 17/1989 de las Fuerzas Armadas. • Título de obtención del 1.er empleo en la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil, homologado al Título de Técnico Superior de la Formación Profesional) conforme a la Ley 42/1999, de Régimen del Personal de la Guardia Civil. • Resolución de la Subdirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación de equivalencia de la categoría de Oficial de Policía del Cuerpo Nacional de Policía y titulo de Bachiller o equivalente con el titulo de Técnico Superior de la Formación Profesional. Títulos Procedentes de la Formación Profesional: (acceso a todos los Grados) • Títulos de Técnico Superior de la Formación Profesional y equivalentes (Técnicos Especialistas de promociones anteriores a la LOGSE. Anexo III del Real Decreto 777/98). • Títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño y sus equivalentes (Graduados en Artes Aplicadas y Oficios Artísticos según el Real Decreto 440/1994 de 21 de marzo). • El Título de Perito Mercantil homologado a Técnico Especialista de la Formación Profesional por el Real Decreto 265/1979 de 26 de enero. • Los Maestros Industriales homologados a Técnico Especialista por Orden Ministerial de 21 de noviembre de 1975. • Los Mandos Intermedios homologados a Técnico Especialista por el Real Decreto 1690/1980 de 18 de julio y Orden de 1 de julio de 1982 que lo desarrolla. Certificado Oficial de Mandos Intermedios de 2.º Nivel; Certificado de los estudios complementarios exigidos para la homologación con FP2, o en su lugar, Resolución de Equivalencia a Título de Formación Profesional de 2.º Grado expedida por el MEC.
Con las siguientes particularidades:
Procedentes de Enseñanza Secundaria
Tienen acceso todos aquellos estudiantes que estén matriculados en Diplomaturas o Ingenierías Técnicas con Preuniversitario, COU, Bachillerato Experimental sin Prueba Homologada o Bachillerato LOGSE sin Selectividad hasta la exigencia de este requisito por el Real Decreto 69/2000.
Los estudiantes que están matriculados en las carreras actuales con titulaciones derivadas de la aplicación de la Disposición Transitoria 11 de la Ley General de Educación de 1970, que estuvo en vigor hasta su derogación por la LOGSE en 1991, podrán iniciar estudios en cualquiera de los Grados implantados en la UNED. Se les reconoce el derecho adquirido cuando sus titulaciones concedían acceso a iniciar estudios universitarios.
Títulos Profesionales Conceden acceso a cualquier Grado además de los reseñados, los siguientes:
• Título de obtención del 1.er empleo en la Escala de Suboficiales (homologado al Título de Técnico Superior de la Formación Profesional) conforme a la Ley 17/1999 de las Fuerzas Armadas. • Credencial de homologación al Título de Técnico Superior de la Formación Profesional, expedida por el Ministerio de Educación a los pertenecientes a la Escala Básica, conforme a la Ley 17/1989 de las Fuerzas Armadas. • Título de obtención del 1.er empleo en la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil, homologado al Título de Técnico Superior de la Formación Profesional) conforme a la Ley 42/1999, de Régimen del Personal de la Guardia Civil. • Resolución de la Subdirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación de equivalencia de la categoría de Oficial de Policía del Cuerpo Nacional de Policía y titulo de Bachiller o equivalente con el titulo de Técnico Superior de la Formación Profesional. Títulos Procedentes de la Formación Profesional: (acceso a todos los Grados) • Títulos de Técnico Superior de la Formación Profesional y equivalentes (Técnicos Especialistas de promociones anteriores a la LOGSE. Anexo III del Real Decreto 777/98). • Títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño y sus equivalentes (Graduados en Artes Aplicadas y Oficios Artísticos según el Real Decreto 440/1994 de 21 de marzo). • El Título de Perito Mercantil homologado a Técnico Especialista de la Formación Profesional por el Real Decreto 265/1979 de 26 de enero. • Los Maestros Industriales homologados a Técnico Especialista por Orden Ministerial de 21 de noviembre de 1975. • Los Mandos Intermedios homologados a Técnico Especialista por el Real Decreto 1690/1980 de 18 de julio y Orden de 1 de julio de 1982 que lo desarrolla. Certificado Oficial de Mandos Intermedios de 2.º Nivel; Certificado de los estudios complementarios exigidos para la homologación con FP2, o en su lugar, Resolución de Equivalencia a Título de Formación Profesional de 2.º Grado expedida por el MEC.
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