¿Cómo vamos a proceder?

 
Si bien cualquier ciudadano puede presentar las denuncias o solicitudes de juicio político de manera personal ante la Comisión de Juicio Político de la Cámara Baja, hemos optado por avalar una presentación ya efectuada el 6 de julio de 2009, por un ciudadano que es además abogado: el Dr. Carlos E. Quirós.

 

El pedido de juicio político que apoyamos se basa en MAL DESEMPEÑO de las FUNCIONES DE LA PRESIDENTE CRISTINA FERNÁNDEZ DE KIRCHNER.
 

El mal desempeño de las funciones puede deberse a falta o pérdida de idoneidad o aptitud para el ejercicio, a negligencia o incluso a inhabilidad física o psíquica o a falta de idoneidad moral.

La presentación del Dr. Quirós encuadra el mal desempeño en virtud del OCULTAMIENTO Y FALSEAMIENTO DE LAS CIFRAS REALES DE CANTIDAD DE CIUDADANOS INFECTADOS CON EL VIRUS H1N1, y por INOBSERVANCIA CRIMINAL DE LAS RECOMENDACIONES DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD SOBRE LA GRIPE A. 
 
- ¿pero... cómo? ¿se la acusaría sólo por mál desempeño en gripe A?

 

En el MAL DESEMPEÑO pueden entrar múltiples causales. Pero basta una sola bien documentada y probada para que el juicio político prospere CON LA ÚNICA FINALIDAD DE CONSEGUIR LA DESTITUCIÓN DE LA PRESIDENTE.  

Ello sin perjuicio que durante la sustanciación del juicio político surjan causales que deriven en la formulación de denuncias penales ante los tribunales correspondientes.

Gripe A es tan sólo la punta del iceberg.

En el supuesto de llegarse a la instancia de DESTITUCIÓN, la Presidente pierde todos sus fueros y consiguientemente CABE LA POSIBILIDAD DE DAR CURSO A TODAS LAS DENUNCIAS PENALES YA FORMULADAS ANTE EL FUERO CORRESPONDIENTE Y A TODAS AQUELLAS QUE SE INICIEN EN UN FUTURO (enriquecimiento ilícito, asociación ilícita, lavado de dinero, origen de los fondos para la campaña 2007, usurpación de títulos y honores, falsificación de instrumento público, uso irregular de fondos de caudales públicos, infracciones al código electoral y ley de financiamiento político, aceptación de propaganda para su campaña hecha por su marido entonces Presidente, uso de bienes del Estado para su campaña, malversación de caudales públicos, violación de los deberes de funcionario público, tráfico de influencias, inconstitucionalidad de El Chapel, uso de avión privado de Repsol-YPF, irregularidades en pauta publicitaria en agencia estatal TELAM, infracción a la ley de Ética Pública, designaciones ilegales, actos de gobierno para captación de votos en los siete días hábiles previos a la elección legislativa, y un largo etcétera que incluye hasta cinco presentaciones más por mal desempeño en gripe A)

Por eso, en el texto de la planilla para firmar, decimos “sin perjuicio de otras presentaciones similares ante la Comisión de Juicio Político de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y de otras presentaciones ante la Justicia Ordinaria, de conocimiento público y en curso actualmente (ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO, ASOCIACIÓN ILÍCITA)”.

 

Porque JUICIO POLÍTICO es diferente a JUSTICIA PENAL. 

En el primero solo se busca la destitución en razón de mal desempeño, en este caso en concreto; mientras que en el segundo se persigue una sanción penal por la comisión de un delito. Reiteramos: es muy posible que la sustanciación del Juicio Político dé lugar a la formulación de denuncias penales, pero no siempre es así.

Por ej: el juicio político a Ibarra en CABA implicó su destitución del cargo y dio por terminada, según los últimos guarismos de las elecciones del 28 de junio, su carrera política; pero no fue juzgado en la justicia criminal por el caso Cromañon.


- ¿PUEDE TRAERME ALGÚN PROBLEMA FIRMAR UN AVAL AL PROGRESO DE LA SOLICITUD DE JUICIO POLÍTICO INTERPUESTA? 

- ¡NO!, no debemos tener miedo de ejercer nuestros derechos ciudadanos; la nuestra será una firma entre miles y sentiremos la paz espiritual de haber contribuido desde nuestro lugar al logro de un país mejor para todos, por nosotros, nuestros hijos y nuestros nietos.